Resolucion N° 214-2023-SUNARP/SN. Autorizan al Organismo de Formalización de la Propiedad Informal - Cofopri, la presentación electrónica, mediante el Sistema de Intermediación Digital SID-Sunarp, de los actos de adjudicación, carga, hipoteca, cambio de datos del titular, transferencias y uso, para su inscripción en el Registro de Predios

Fecha de publicación20 Diciembre 2023
SecciónSección Única
Decreto Supremo que prorroga el Estado de Emergencia en varios distritos de algunas provincias de los departamentos de Amazonas, Áncash, Apurímac, Ayacucho, Cajamarca, Huancavelica, Ica, La Libertad, Lima, Pasco y de la Provincia Constitucional del Callao, por peligro inminente ante intensas precipitaciones pluviales (2023-2024) y posible Fenómeno El Niño

Lima, 18 de diciembre de 2023


VISTOS:


El Informe Técnico N° 126-2023-SUNARP/DTR del 13 de diciembre de 2023 de la Dirección Técnica Registral; el Memorándum N° 01741-2023-SUNARP/OTI del 12 de diciembre de 2023 de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Informe N° 01160-2023-SUNARP/OAJ del 06 de diciembre de 2023 de la Oficina de Asesoría Jurídica; y;


CONSIDERANDO:


Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – Sunarp es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;


Que, mediante Ley N° 27658, Ley Marco de Modernización de la Gestión del Estado, se declara al Estado peruano en proceso de modernización en sus diferentes instancias, dependencias, entidades, organizaciones y procedimientos, con la finalidad de mejorar la gestión pública y construir un Estado democrático, descentralizado y al servicio del ciudadano;


Que, en el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, se establece que, en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo se encuentran al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad se realice, entre otros, con arreglo a la eficiencia; por lo que, la gestión de las entidades del Estado debe realizarse optimizando la utilización de los recursos disponibles...

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