Resolucion N° 2049-2023-MP-FN. Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro

Fecha de publicación19 Agosto 2023
SecciónSección Única
35
NORMAS LEGALES
Sábado 19 de agosto de 2023
El Peruano
/
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada por
la abogada Yuzeli Farfán Samanez, como Fiscal Adjunta
Provincial Provisional del Distrito Fiscal del Cusco y su
designación en el Despacho de la Segunda Fiscalía
Provincial Penal de Anta, materia de la Resolución de
la Fiscalía de la Nación Nº 1201-2022-MP-FN, de fecha
22 de junio de 2022; con efectividad al 28 de agosto de
2023; sin perjuicio de las acciones legales que estuviesen
pendientes, por las quejas o denuncias que pudiesen
encontrarse en trámite.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia,
Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del Distrito
Fiscal del Cusco, Gerencia General, Ocina de Registro
y Evaluación de Fiscales, Ocina General de Potencial
Humano, Ocina de Control de la Productividad Fiscal y a
la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación (e)
2206870-1
Aceptan renuncia de Fiscal Adjunta
Provincial Provisional del Distrito Fiscal de
Lima Centro
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 2049-2023-MP-FN
Lima, 17 de agosto de 2023
VISTO Y CONSIDERANDO:
El ocio Nº 8118-2023-MP-FN-PJFSLIMA, remitido
por la abogada Lourdes Bernardita Tellez Pérez de
Vargas, Presidenta de la Junta de Fiscales Superiores del
Distrito Fiscal de Lima Centro, mediante el cual eleva la
carta de renuncia, así como la conformidad de la misma,
de la abogada Ana Luisa Calderón Olaya, al cargo de
Fiscal Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de
Lima Centro y a su designación en el Equipo de Apoyo
Fiscal del Distrito Fiscal de Lima Centro, por motivos
estrictamente personales, presentada el 03 de agosto del
presente año, en la mesa de partes de la Presidencia de
la Junta de Fiscales Superiores antes citada, informando
que es con efectividad al 01 de septiembre de 2023.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido en el artículo 64° del Decreto Legislativo Nº
052, Ley Orgánica del Ministerio Público.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Aceptar la renuncia formulada
por la abogada Ana Luisa Calderón Olaya, como Fiscal
Adjunta Provincial Provisional del Distrito Fiscal de Lima
Centro y su designación en el Equipo de Apoyo Fiscal del
Distrito Fiscal de Lima Centro, así como la adecuación,
materia de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación
Nros. 716-2020-MP-FN y 846-2021-MP-FN, de fechas 23
de junio de 2020 y 09 de junio de 2021, respectivamente;
con efectividad al 01 de septiembre de 2023.
Artículo Segundo.- Hacer de conocimiento la
presente Resolución, a la Junta Nacional de Justicia,
Presidencia de la Junta de Fiscales Superiores del
Distrito Fiscal de Lima Centro, Gerencia General, Ocina
de Registro y Evaluación de Fiscales, Ocina General de
Potencial Humano, Ocina de Control de la Productividad
Fiscal y a la abogada mencionada.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
PABLO SÁNCHEZ VELARDE
Fiscal de la Nación (e)
2206871-1
Nombran Fiscal Provincial Provisional
del Distrito Fiscal de Lima Centro y Fiscal
Adjunta Provincial Provisional del Distrito
Fiscal de Lima Centro
RESOLUCIÓN DE LA FISCALÍA DE LA NACIÓN
Nº 2060-2023-MP-FN
Lima, 18 de agosto de 2023
VISTO Y CONSIDERANDO:
Que, con ocio Nº 5097-2023-MP-FN-FSCN-FECCO,
cursado por el abogado Jorge Wayner Chávez Cotrina,
Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas
Contra la Criminalidad Organizada, se eleva la propuesta
para cubrir la plaza de Fiscal Provincial, para el Despacho
de la Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa
Especializada Contra la Criminalidad Organizada, la
misma que, a la fecha, se encuentra vacante.
Que, el numeral 3 del artículo 65° del Decreto
Legislativo Nº 052, Ley Orgánica del Ministerio Público,
modicado por Ley Nº 31718, señala que corresponde
a la Fiscal de la Nación el nombramiento de los scales
provisionales de todos los niveles, siguiendo los criterios
establecidos en la Ley Nº 30483, Ley de la Carrera
Fiscal, como son el orden de antigüedad, especialidad y
experiencia en las funciones a desempeñar. Asimismo,
según el numeral 4 del citado artículo la Fiscalía de la
Nación tiene entre sus atribuciones la designación, según
corresponda, de los scales titulares y provisionales en el
órgano scal respectivo o plaza especíca sobre la base
del desempeño, experiencia y otros.
Que, según el numeral 64.2 de la ley Nº 30483, también
modicada mediante Ley Nº 31718, establece que los
scales provisionales son aquellos scales titulares que
ocupan en caso de vacancia, licencia o impedimento el
nivel superior inmediato vacante y aquellos abogados que
cumplen con los requisitos para el nivel que se les designa.
Así, el Tribunal Constitucional en reiterada jurisprudencia
ha manifestado que, la “suplencia o provisionalidad como
tal, constituye una situación que no genera más derechos
que los inherentes al cargo que provisionalmente ejerce
quien no tiene titularidad alguna”; ello se complementa
con el fundamento de que la incorporación a la carrera
scal de los scales provisionales no titulares, no se ha
efectuado conforme a lo establecido en los artículos 150°
y 154° de la Constitución Política del Perú; por lo cual la
provisionalidad de los scales tiene naturaleza temporal.
Que, la Fiscal de la Nación como titular de la institución
es la responsable de dirigir, orientar y reformular la política
del Ministerio Público; por lo que, con la nalidad de
coadyuvar con la labor scal, se hace oportuno en mérito
al marco normativo señalado y previa vericación de los
requisitos de ley, nombrar y designar al scal que ocupe
provisionalmente el cargo mencionado en el primer párrafo,
así como al Fiscal Adjunto Provincial, cuya plaza se va a
generar en virtud al nombramiento antes mencionado,
nombramientos y designaciones que tendrán vigencia
a partir de la fecha de su juramentación y hasta el 30 de
septiembre de 2023, salvo que un magistrado titular deba
ser designado en alguna de dichas plazas scales o se
presente algún supuesto que amerite sus conclusiones de
acuerdo con la normatividad vigente.
Estando a lo expuesto y de conformidad con lo
establecido por el artículo 65° del Decreto Legislativo Nº
052, Ley Orgánica del Ministerio Público, modicado por
la Ley Nº 31718.
SE RESUELVE:
Artículo Primero.- Dar por concluida la designación
de la abogada Sugey Edith Huamán Skrlec, Fiscal Adjunta
Provincial Titular Penal de Lima, Distrito Fiscal de Lima,
actualmente Distrito Fiscal de Lima Centro, en el Despacho de
la Tercera Fiscalía Supraprovincial Corporativa Especializada
Contra la Criminalidad Organizada, y su adecuación, materia
de las Resoluciones de la Fiscalía de la Nación Nros.
1407-2017-MP-FN y 304-2022-MP-FN, de fechas 03 de
mayo de 2017 y 10 de marzo de 2022, respectivamente.
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 19/08/2023 00:20

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