Resolución Nº 203-2017-SUNARP-TR-L de Tribunal Registral de Lima, del 27-01-2017

Número de resolución203-2017-SUNARP-TR-L
Fecha27 Enero 2017
EmisorTribunal Registral de Lima (Perú)
MateriaPropiedad inmueble,Copropiedad como consecuencia del fenecimiento del regimen de sociedad de gananciales es inscribible en el rubro títulos de dominio la copropiedadque surge entre los ex cónyuges como consecuencia del fenecimiento del régimen de sociedad de gananciales. La inscripción de la copropiedad en los registros de bienes se realizará en mérito a la inscripción efectuada en el registro de personas naturales, salvo que conforme al título archivado el bien haya sido adjudicado de modo distinto, en cuyo caso se efectuará conforme al título archivado.
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