Resolución nº 201-2022-MP-FN-EMP de Fiscalía de la Nación, 06-06-2022

JurisdicciónPerú
Fecha06 Junio 2022
Resolución de Gerencia
Lima, 06 de junio de 2022
-2022-MP-FN-EMP
VISTO Y CONSIDERANDO QUE:
Por Oficio 001439-2022-MP-FN-PP, de
fecha 02 de junio de 2022, el señor Alfonso José Carrizales Dávila, Procurador de la
Procuraduría Pública del Ministerio Público, solicita autorización de la actividad
académica denominada: Los lineamientos básicos de la redacción jurídica en
demandas y recursos, a realizarse los días 07 y 09 de junio de 2022, en el horario
de 17:00 a 19:00 horas, bajo la modalidad virtual;
La actividad académica denominada: Los
lineamientos básicos de la redacción jurídica en demandas y recursos, tiene
como objetivo fortalecer las competencias técnicas de redacción jurídica de los
abogados de la Procuraduría Pública, con la finalidad de garantizar una óptima
defensa de los intereses del Ministerio Público;
Teniendo en cuenta la importancia de la
participación del personal de la Procuraduría Pública del Ministerio Público en la
actividad académica antes citada, la cual se efectuará bajo la modalidad virtual y, a
efectos de garantizar un resultado óptimo y conforme a lo dispuesto al artículo 6°,
numeral 8, del Reglamento de Actividades Académicas de la Escuela del Ministerio
Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°4418- 2017-
MP-FN de fecha 5 de diciembre de 2017, que señala: "(…) Capacitación oficializada:
"Es la actividad académica realizada por una institución con la que existe convenio
vigente y es auspiciada o promovida por el Ministerio Público, que cuenta con las
mismas prerrogativas que la capacitación oficial”, en ese sentido que de acuerdo al
Reglamento de Actividades Académicas de la Escuela del Ministerio Público en su
artículo 55º, donde señala Licencia con goce de remuneraciones, “Solo son
otorgadas en los supuestos de actividades de capacitación oficial u oficializada”, y en
colación con el artículo 6º inciso 7 y 8 antes citado, corresponde autorizar la
ejecución de la actividad académica denominada: Los lineamientos básicos de la
redacción jurídica en demandas y recursos;
En consecuencia, conforme a las facultades y
atribuciones conferidas mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°921-2020-
MP-FN de fecha 25 de agosto de 2020, en el artículo primero se delega en la
Gerencia Central de la Escuela del Ministerio Público, las facultades y atribuciones
que le corresponden al Titular de la Entidad conforme a lo establecido por el artículo
64° del Decreto Legislativo N°052, “Ley Orgánica del Ministerio Público”; en materia
de conceder licencias (con goce y sin goce de remuneraciones) y/o permisos por
participación en actividades de capacitación del personal fiscal, forense y
administrativo, dentro de las limitaciones establecidas en la Ley;
Resolución de Gerencia
Lima, 06 de junio de 2022
-2022-MP-FN-EMP
VISTO Y CONSIDERANDO QUE:
Por Oficio 001439-2022-MP-FN-PP, de
fecha 02 de junio de 2022, el señor Alfonso José Carrizales Dávila, Procurador de la
Procuraduría Pública del Ministerio Público, solicita autorización de la actividad
académica denominada: Los lineamientos básicos de la redacción jurídica en
demandas y recursos, a realizarse los días 07 y 09 de junio de 2022, en el horario
de 17:00 a 19:00 horas, bajo la modalidad virtual;
La actividad académica denominada: Los
lineamientos básicos de la redacción jurídica en demandas y recursos, tiene
como objetivo fortalecer las competencias técnicas de redacción jurídica de los
abogados de la Procuraduría Pública, con la finalidad de garantizar una óptima
defensa de los intereses del Ministerio Público;
Teniendo en cuenta la importancia de la
participación del personal de la Procuraduría Pública del Ministerio Público en la
actividad académica antes citada, la cual se efectuará bajo la modalidad virtual y, a
efectos de garantizar un resultado óptimo y conforme a lo dispuesto al artículo 6°,
numeral 8, del Reglamento de Actividades Académicas de la Escuela del Ministerio
Público, aprobado mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°4418- 2017-
MP-FN de fecha 5 de diciembre de 2017, que señala: "(…) Capacitación oficializada:
"Es la actividad académica realizada por una institución con la que existe convenio
vigente y es auspiciada o promovida por el Ministerio Público, que cuenta con las
mismas prerrogativas que la capacitación oficial”, en ese sentido que de acuerdo al
Reglamento de Actividades Académicas de la Escuela del Ministerio Público en su
artículo 55º, donde señala Licencia con goce de remuneraciones, “Solo son
otorgadas en los supuestos de actividades de capacitación oficial u oficializada”, y en
colación con el artículo 6º inciso 7 y 8 antes citado, corresponde autorizar la
ejecución de la actividad académica denominada: Los lineamientos básicos de la
redacción jurídica en demandas y recursos;
En consecuencia, conforme a las facultades y
atribuciones conferidas mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N°921-2020-
MP-FN de fecha 25 de agosto de 2020, en el artículo primero se delega en la
Gerencia Central de la Escuela del Ministerio Público, las facultades y atribuciones
que le corresponden al Titular de la Entidad conforme a lo establecido por el artículo
64° del Decreto Legislativo N°052, “Ley Orgánica del Ministerio Público”; en materia
de conceder licencias (con goce y sin goce de remuneraciones) y/o permisos por
participación en actividades de capacitación del personal fiscal, forense y
administrativo, dentro de las limitaciones establecidas en la Ley;
Firmado electrónicamente por: Lopez
Villanes Noam Dante Valentin
Gerente Central de Escuela del
Ministerio Público(e)
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 06/06/2022 11:47:24
Lima, 06 de Junio de 2022
N° 000201-2022-MP-FN-EMP

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