RESOLUCION Nº 196-2015-SUNARP/SN - Aprueban modificación del TUO del Reglamento General de los Registros Públicos

EmisorSUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Fecha de la disposición15 de Agosto de 2015
559303
NORMAS LEGALES
Sábado 15 de agosto de 2015
El Peruano
/
establece las reglas procedimentales y plazos aplicables
para la tramitación de las solicitudes de liquidación de
costas y costos, al haberse advertido una omisión en la
última parte de dicho numeral.
II. BASE LEGAL
- Ley de Organización y Funciones del Indecopi –
Decreto Legislativo N° 1033.
- Reglamento de Organización y Funciones del
Indecopi – Decreto Supremo N° 009-2009/PCM y sus
modi catorias.
N° 27444 y sus modi catorias.
- Ley Nº 29571, Código de Protección y Defensa del
Consumidor y sus modi catorias.
- Texto Único de Procedimientos Administrativos del
Indecopi (TUPA)
III. CONTENIDO
En el texto publicado de la Directiva Nº 001-2015/
TRI-INDECOPI, se advierte que el numeral 3.5 señala lo
siguiente:
“La presentación de la solicitud de liquidación de
costas y costos no requerirá el pago de tasa administrativa
alguna.”
No obstante lo anterior, corresponde precisar, en
concordancia con lo establecido sobre la materia en
el TUPA del Indecopi y en ejercicio de las atribuciones
conferidas por el artículo 17.6 literal c) de la Ley de
Organización y Funciones del Indecopi y el artículo 21
literal f) del Reglamento de Organización y Funciones del
Indecopi, que el contenido del numeral antes citado es el
siguiente:
“La presentación de la solicitud de liquidación de
costas y costos no requerirá el pago de tasa administrativa
alguna, salvo para aquellos procedimientos cuya tasa
esté jada en el TUPA del Indecopi.”
Con la participación de los señores vocales Daniel
Schmerler Vainstein, Ana Asunción Ampuero Miranda,
José Luis Bonifaz Fernández, Ramiro Del Carpio Bonilla,
Néstor Manuel Escobedo Ferradas, María Soledad
Ferreyros Castañeda, Gonzalo Ferrero Diez Canseco,
Carmen Jacqueline Gavelan Díaz, Silvia Lorena Hooker
Ortega, Sergio Alejandro León Martínez, Julio César
Molleda Solís, Jose Enrique Palma Navea, Jessica Gladys
Valdivia Amayo y Javier Francisco Zúñiga Quevedo.
DANIEL SCHMERLER VAINSTEIN
Presidente
1274164-1
SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE ADUANAS Y DE
ADMINISTRACION TRIBUTARIA
Deja sin efecto designación y designan
Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional
Ayacucho
IR AYACUCHO
RESOLUCIÓN DE INTENDENCIA
N° 240-024-0000018/SUNAT
Ayacucho, 12 de agosto de 2015.
CONSIDERANDO:
Que es necesario dejar sin efecto la designación de
Auxiliar Coactivo y designar nuevo Auxiliar Coactivo de la
Intendencia Regional Ayacucho para garantizar el normal
funcionamiento de su cobranza coactiva;
Que el artículo 114° del Texto Único Ordenado del
Código Tributario, aprobado mediante Decreto Supremo
N° 133-2013-EF y modi catoria, establece los requisitos
que deberán reunir los trabajadores para acceder al cargo
de auxiliar coactivo;
Que el colaborador propuesto ha presentado
declaración jurada manifestando reunir los requisitos
antes indicados;
Que la Décimo Cuarta Disposición Final del Texto
Único Ordenado del Código Tributario, establece que
lo dispuesto en el numeral 7.1 del artículo 7° de la
Ley N° 26979, no es de aplicación a los órganos de la
Administración Tributaria cuyo personal ingresó mediante
Concurso Público;
Que el Artículo Único de la Resolución de
Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N°
005-2014-SUNAT/600000 desconcentra en el Intendente
de Principales Contribuyentes Nacionales, en el
Intendente Lima y en los Intendentes Regionales, la
competencia para designar auxiliares coactivos en el
ámbito de competencia de cada intendencia;
En uso de las facultades conferidas en la Resolución
de Superintendencia Nacional Adjunta Operativa N°
005-2014-SUNAT/600000;
SE RESUELVE:
Artículo 1°.- Dejar sin efecto la designación como
Auxiliar Coactivo de la Intendencia Regional Ayacucho,
del trabajador que se indica a continuación:
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
8796 APAZA HUIDOBRO, LUIS UBALDO
Artículo 2°.- Designar como Auxiliar Coactivo de
la Intendencia Regional Ayacucho, al trabajador que se
indica a continuación:
REG. APELLIDOS Y NOMBRES
8833 BELTRAN SULOAGA, WILMER SANTIAGO
Regístrese, comuníquese y publíquese.
JUAN REYSER BENITES MORALES
Intendente (e)
Intendencia Regional Ayacucho
1274086-1
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Aprueban modiicación del TUO del
Reglamento General de los Registros
Públicos
RESOLUCIÓN DEL SUPERINTENDENTE NACIONAL
DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
Nº 196-2015-SUNARP/SN
Lima, 12 de agosto de 2015
VISTOS, el Informe Técnico Nº 07-2015-SUNARP/
DTR del 07 de Agosto de 2015, elaborado por la
Dirección Técnica Registral de la SUNARP y el Informe
Nº 834-2015-sunarp/OGAJ emitido por la O cina General
de Asesoría Jurídica de la SUNARP; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de los Registros
Públicos es un organismo público técnico especializado,
creado por la Ley Nº 26366 como ente rector encargado de
plani car, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar
la inscripción y publicidad de los actos y derechos en los
Registros Públicos que integran el Sistema Nacional;
Que, mediante Resolución del Superintendente
Nacional de los Registros Públicos Nº 226-2014-SUNARP/
SN del 08 de setiembre de 2014 se modi có el TUO
NL20150815.pdf 33 8/17/2015 8:23:38 AM

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