Resolución Nº 195-2023 de Superintendencia Nacional de los Registros Públicos. Superintendencia Nacional

Número de resolución195-2023
Fecha22 Noviembre 2023
EmisorSuperintendencia Nacional (Superintendencia Nacional de los Registros Públicos de Perú)
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE LOS
REGISTROS PÚBLICOS N° 195-2023-SUNARP/SN
Lima, 22 de noviembre de 2023
VISTOS:
El Informe N° 470-2023-SUNARP/DTR del 20 de noviembre de 2023, de la
Dirección Técnica Registral; el Informe Técnico N° 231-2023-SUNARP/OGRH del 21 de
noviembre de 2023, de la Oficina de Gestión de Recursos Humanos; el Memorándum
N° 1727-2023-SUNARP/OPPM del 21 de noviembre de 2023, de la Oficina de
Planeamiento, Presupuesto y Modernización; y, el Informe N° 1099-2023-SUNARP/OAJ
del 21 de noviembre de 2023, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, Mediante Resolución N° 064-2015-SUNARP/SN del 23 de marzo de 2015,
se aprobó el nuevo Reglamento de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema
Nacional de los Registros Públicos Sunarp; y, con Resolución N° 140-2022-
SUNARP/SN del 29 de septiembre de 2022, se aprobó la actualización del Reglamento
de Acceso a la Función Registral dentro del Sistema Nacional de los Registros Públicos
(V.02);
Que, a través de la Resolución N° 210-2022-SUNARP/GG del 4 de julio de 2022,
se aprueba la Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM denominada “Directiva que regula la
emisión de los documentos normativos de la Sunarp” (en adelante, la Directiva),
documento normativo que tiene como objetivo establecer las disposiciones para la
formulación, aprobación, emisión, revisión, actualización y derogación de los
documentos normativos de la Sunarp;
Que, en el numeral 4.1 del Capítulo IV de la Directiva se define el término
actualización, indicando que es el resultado de una nueva versión
1
de un documento
normativo, en mérito a una modificación parcial o total de la misma;
Que, de conformidad con el subnumeral 7.9.2 del Capítulo VII de la Directiva, los
Órganos y Unidades Orgánicas proponentes son los responsables de conducir la
revisión, proponer la actualización por inconsistencias, posibilidad de mejora o
derogación de los Documentos Normativos, remitiendo la propuesta a la Oficina de
Planeamiento, Presupuesto y Modernización o Unidad de Planeamiento, Presupuesto y
1
Directiva DI-002-2022-UOM-OPPM, denominada “Directiva que R egula la Emisión de los Documentos
Normativos de la Sunarp”, aprobada mediante Resolución N° 210-2022-SUNARP/GG.
IV.- Definición de Términos y Abreviaturas
(...)
4.22 Versión: Se refiere al documento actualizado, se representa con un número que denota el número de
veces que el DN se ha actualizado.”
Esta es una copia autentica imprimible de un documento electronico archivado por la SUNARP, aplicando lo dispuesto por el Art. 25 del Decreto
Supremo No 070-2013-PCM y la Tercera Disposicion Complementaria Final del Decreto Supremo No 026-2016-PCM. Su autenticidad e integridad
pueden ser contrastadas a traves de la siguiente direccion web: https://verificador.sunarp.gob.pe
CVD: 1071549660

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