Resolución Nº 1924-2023-TCE-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 21 de abril de 2023

Número de resolución1924-2023-TCE-S3
Fecha21 Abril 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1924-2023-TCE-S3
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Sumilla: En el presente caso se cuenta con la comunicación de la presunta
certificadora del documento cuestionado, quien ha señalado de
manera clara y expresa que no la firma no fue legalizada en su
despacho notarial; por lo que es posible colegir que estamos
frente a un documento falso, y corresponde sancionar por la
configuración de la infracción tipificada en el literal j) del numeral
50.1 del artículo 50 de la Ley.
Lima, 21 de abril de 2023.
VISTO en sesión del 21 de abril de 2023 de la Tercera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 8182/2021.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador contra la señora HEIDE LOURDES RUTTY CHAVEZ, por su
supuesta responsabilidad al haber presentado documentación falsa o adulterada ante
el Gobierno Regional de Junín Sede Central, en el marco de la Adjudicación simplificada
006-2021-GRJ-OEC Segunda convocatoria; infracción tipificada en el literal j) del
numeral 50.1 del artículo 50 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de
Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto Supremo N° 082-2019-EF y,
atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según la información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado SEACE, el 12 de abril de 2021, el Gobierno Regional de Junín Sede Central,
en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación Simplificada N° 006-2021-GRJ-
OEC Segunda Convocatoria, para la contratación del servicio de pintado de la
infraestructura para la ejecución del saldo de obra 02 del proyecto: “Instalación,
construcción y equipamiento del Instituto Regional del Café en el ámbito de las
provincias de Chanchamayo y Satipo de la región Junín”, por un valor referencial
de S/ 349,000.00 (trescientos cuarenta y nueve mil con 00/100 soles), en adelante
el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo la vigencia del Texto Único
Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el
Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su Reglamento, aprobado
por el Decreto Supremo Nº 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
Firmado digitalmente por INGA
HUAMAN Hector Marin FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 21.04.2023 15:23:01 -05:00
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 21.04.2023 15:43:28 -05:00
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 21.04.2023 15:47:23 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1924-2023-TCE-S3
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El 20 de abril de 2021, se llevó a cabo el acto de presentación de ofertas y el 30
del mismo mes y año se otorgó la buena pro, a favor de la señora Heide Lourdes
Rutty Chávez, en adelante la Contratista, por el monto ofertado de S/ 340,000.00
(trescientos cuarenta mil con 00/100 soles). El 10 de mayo de 2021 se publicó el
consentimiento de la buena pro y el 20 de mayo del mismo año se suscribió el
Contrato N° 050-2021/GRJ/ORAF
1
, el adelante el Contrato.
2. Mediante Formulario de solicitud de aplicación de sanción Entidad/Tercero
2
,
presentado el 7 de diciembre de 2021, ante la Mesa de Partes del Tribunal de
Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, la Entidad puso de
conocimiento que la Contratista habría presentado supuesto documento falso o
adulterado como parte de su oferta.
A efectos de sustentar su denuncia, presentó, entre otros documentos el Informe
legal 484-2021/GRJ/ORAJ
3
del 3 de diciembre de 2021, en el cual expuso lo
siguiente:
i) El 20 de mayo de 2021, la Entidad y la Contratista suscribieron el Contrato.
ii) A través del Informe técnico N° 386-2021-GRJ/ORAF/OASA
4
del 1 de
diciembre de 2021, la Entidad señaló lo siguiente:
La Contratista habría presentado documentos falsos y/o información
inexacta, conforme a lo señalado en el Informe 033-2021-
GRJ/ORAF/OASA/ADQ
5
, por lo que solicitó se denuncie el hecho ante
el Tribunal.
Señaló que, mediante Carta N° 496-2021-GRJ/ORAF-OASA
6
del 5 de
agosto de 2021, se solicitó a la notaria pública Edith Gina Egoavil
Torres, que acredite la veracidad de la copia simple de la carta de
compromiso de personal clave del 19 de abril de 2021, donde se
advierte que su despacho notarial realizó la certificación de
autenticidad de firma del señor Jimmy Joel Huachhuacho Rosales.
1
Obrante a folios 29 al 36 del expediente administrativo en archivo pdf.
2
Obrante a folios 3 al 4 del expediente administrativo en archivo pdf.
3
Obrante a folios 7 al 10 del expediente administrativo en archivo pdf.
4
Obrante a folios 11 al 14 del expediente administrativo en archivo pdf.
5
Obrante a folios 23 al 26 del expediente administrativo en archivo pdf.
6
Obrante a folio 42 del expediente administrativo en archivo pdf.

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