Resolución Nº 1914-2021-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 30 de julio de 2021

Número de resolución1914-2021-TCE-S2
Fecha30 Julio 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 01914-2021-TCE-S2
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Sumilla: En tal sentido, se concluye que al 15
de noviembre de 2019, fecha en que
la Entidad y el Contratista
perfeccionaron la relación
contractual a través de la notificación
de la Orden de Servicio, aquél se
encontraba impedido para contratar
con el Estado, de conformidad con los
literales h) y j) de manera
concordante con el literal b) del
numeral 11.1 del artículo 11 de la Ley,
toda vez que, el señor Acevedo
Villalba, quien a dicha fecha formaba
parte del Consejo Directivo del
Contratista (órgano de
administración) es padre de la señora
Ángela María Acevedo Huertas,
Viceministra de Interculturalidad del
Ministerio de Cultura desde el 23 de
julio de 2019.
Lima, 30 de julio de 2021.
VISTO en sesión del 30 de julio de 2021 de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente 1804/2020.TCE, sobre procedimiento
administrativo sancionador generado contra la CÁMARA DE COMERCIO DE LIMA (R.U.C.
20101266819), por su presunta responsabilidad al haber contratado con el Estado
estando impedido para ello, en el marco de la emisión de la Orden de Servicio Nº
00000378; infracción tipificada en el literal c) del numeral 50.1 del artículo 50 del Texto
Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, aprobada por
Decreto Supremo N° 082-2019-EF; y atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. El 14 de noviembre de 2019, la Central de Compras Públicas Perú Compras, en
adelante la Entidad, emitió la Orden de Servicio N° 0000378
1
a favor de la Cámara
1
Obrante a folio 49 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por QUIROGA
PERICHE Carlos Enrique FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.07.2021 23:35:47 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.07.2021 23:37:47 -05:00
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.07.2021 23:40:26 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 01914-2021-TCE-S2
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de Comercio de Lima, en adelante el Contratista, para la "Participación en feria
Promo industria 2019 organizada por la Cámara de Comercio de Lima y Produce,
por el importe de S/ 1,500.00 (mil quinientos con 00/100 soles), en adelante la
Orden de Servicio.
Dicha contratación, si bien se encontró fuera del ámbito de aplicación de la
normativa de contrataciones del Estado por cuanto su valor era inferior a ocho (8)
unidades impositivas tributarias (UIT), en la oportunidad en la que se realizó se
encontraba vigente el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de
Contrataciones del Estado, en adelante la Ley, y su Reglamento, Decreto Supremo
N° 344-2018-EF, en adelante el Reglamento.
2. Mediante Memorando Nº D000295-2020-OSCE-DGR del 4 de agosto de 2020,
presentado el 2 de setiembre de 2020 ante la Mesa de Partes del Tribunal de
Contrataciones del Estado, en adelante el Tribunal, la Dirección de Gestión de
Riesgos del OSCE puso en conocimiento los resultados de la acción de supervisión
de oficio, efectuada en mérito a un reporte periodístico respecto a los
impedimentos aplicables a los parientes hasta el segundo grado de
consanguinidad o afinidad de los altos funcionarios del Estado.
Para ello, adjunta el Dictamen Nº 13-2020/DGR-SIRE
2
del 3 de agosto de 2020, en
el cual señala lo siguiente:
Refiere que, el señor Ángel Néstor Acevedo Villalba es padre de la señora
Angela María Acevedo Huertas, quien es viceministra de interculturalidad del
Ministerio de Cultura desde el 23 de julio de 2019.
El señor Acevedo Villalba y la señora Acevedo Huertas son parientes en primer
grado de consanguineidad, por lo que estarían impedidos de contratar en
procedimientos de selección a nivel nacional.
De la revisión del portal electrónico CONOSCE se advierte que el señor Ángel
Néstor Acevedo Villalba es miembro del órgano de administración del
Contratista; de igual manera, en el portal web de dicha entidad, el señor
Acevedo Villalba figura como miembro directivo del Consejo Directivo periodo
2019-2020.
En tal sentido, dado que el señor Acevedo Villalba es miembro del Consejo
Directivo del Contratista, éste se encontraría impedido de contratar con el
Estado desde el 23 de julio de 2019 y hasta doce (12) meses después que la
2
Obrante a folios 3 al 7 del expediente administrativo.

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