Resolución N° 190-2013-PRODUCE/OGA, del Consejo de Apelaciones y Sanciones del Ministerio de Producción, 2013-05-09

Número de resolución190-2013-PRODUCE/OGA
Número de resolución190-2013-PRODUCE/OGA
Fecha09 Mayo 2013
EmisorConsejo de Apelación de Sanciones (Perú)
MateriaNO CORRESPONDE
MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN
NO
190-2013-PRODUCEjOGA
Lima, 09 de Mayo de 2013
VISTOS:
v.
EVALLOS
El Oficio 018-DCETPROC-2013, de fecha 12 de marzo de 2013 del Centro de
Educación Técnico Productivo "Carabayllo", Informe Técnico 200-2013-PRODUCE/OGA-OL
de fecha 18 de marzo del 2013 e Informe 350-2013-PRODUCE/OGA-OL de fecha 26 de
abril de 2013 de la Oficina de Logística; Memorando 902-2013-PRODUCE/OGA, de fecha
10 de abril de 2013 y Resolución Directoral 186-2013-PRODUCE/OGA de fecha 08 de mayo
de 2013 de la Oficina General de Administración y el Informe 83-2013-PRODUCE/OGA-
mestrella, de fecha 09 de mayo de 2013 de la Asesoría Legal de la Oficina General de
Administración y;
CONSIDERANDO
Que, a través de la Ley 29151 "Ley General del Sistema Nacional de Bienes
Estatales" y su Reglamento aprobado por Decreto Supremo 00l-2008-VIVIENDA, se han
normado los mecanismos y procedimientos que permitan una eficiente gestión de los bienes
estatales, maximizando su rendimiento económico y social;
Que, el articulo 124° del Reglamento establece que la unidad orgánica responsable de
control patrimonial emitirá su informe técnico que sustente el acto de disposición o
administración a realizar, el mismo que se elevará a la Oficina General de Administración o la
que haga sus veces, la que de encontrarlo conforme emitirá la Resolución aprobatoria
respectiva;
Que, la Segunda Disposición Complementaria Derogatoria del Reglamento establece
que se mantenga la vigencia de las Directivas emitidas por la Superintendencia de Bienes
Nacionales en materia de bienes muebles e inmuebles entanto no se opongan a lo dispuesto
en referido Reglamento;
Que, la Directiva 009-2002/SBN"Procedimiento para la donación de bienes muebles
dados de baja por las entidades publicas y para la aceptación de la donación de bienes
muebles a favor del Estado", aprobada mediante Resolución 031-2002/SBN, estipula que es
la Dirección General de Administración o la que haga sus veces, el órgano responsable de
llevar a cabo dichas acciones, rigiéndose por lamisma Directiva y el Código Civil;
Según el procedimiento establecido en la citada Directiva, la Unidad Orgánica
responsable del Control Patrimonial, es la encargada de elaborar el informe técnico motivado y
elabora el proyecto de resolución de transferencia. Dicho informe técnico se elevara a la
Oficina General de Administración, conjuntamente con el proyecto de Resolución. De encontrar
conforme el citado informe, la Oficina General de Administración, suscribirá la Resolución que
apruebe la transferencia;
Que, mediante Oficio 018-DCETPROC-2013, el Centro de Educación Técnico
Productiva Carabayllo solicita la donación de bienes dados de baja relacionados a las
especialidades de confección textil, peluquería, computación e informática, venta al detalle de
tienda, cuero y calzado y hostelería y turismo a fin de brindar capacitación gratuita y eficiente a
adolescentes, jóvenes, adultos desocupados y sub empleados de su comunidad;
Que la Educación Técnico Productiva es una forma de educación orientada a la
adquisición de competencias laborales y empresariales en una perspectiva competitiva,
sostenible y humana, atendiendo a personas a partir de los 14 años de edad y a aquellas con
necesidades educativas especiales que buscan lograr su inserción o reinserción en el mercado
laboral, desarrollar inclinaciones laborales, competencias laborales y capacidades
emprendedoras y reconvertir sus competencias ocupacionales;
Que la Educación Técnico-Productiva tiene por objetivo el desarrollo de competencias
laborales y capacidades emprendedoras para el trabajo dependiente o independiente; motivar y
preparar a los estudiantes para aplicar lo aprendido en algún campo específico de la
producción o los servicios, con visión empresarial; actualizar las competencias de trabajadores
en actividad o desocupados, según las exigencias del mercado laboral; y, complementar el
desarrollo de la educación para el trabajo que ofrece la Educación Básica;
Que, la Oficina de Logística como unidad orgánica responsable del Control Patrimonial
de los bienes del Ministerio de la Producción, emite el Informe Técnico 200-2013-
PRODUCE/OGA-OL, mediante el cual señala que dada la condición inoperativa en la que se
encuentran los bienes dados de baja estos no serian de utilidad para Instituciones Educativas
al carecer de presupuesto o financiamiento propio para llevar a cabo un el mantenimiento o
reparación de estos bienes muebles; por lo que recomienda la transferencia en calidad de
donación de quinientos cincuenta (550) bienes muebles de propiedad del Ministerio de la
Producción detallados en el Anexo 01 del referido informe, a favor del Centro de Educación
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