Lima, 14 de noviembre del 2023
VISTOS:
El Informe Técnico Nº 00109-2023-SUNARP/DTR del 13 de noviembre de 2023 de la Dirección Técnica Registral; el Informe N° 00905-2023-SUNARP/OAJ del 02 de octubre de 2023 y el Informe N° 00962-2023-SUNARP/OAJ del 17 de octubre de 2023 de la Oficina de Asesoría Jurídica; el Memorándum N° 01551-2023-SUNARP/OTI del 02 de noviembre de 2023 de la Oficina de Tecnologías de la Información; el Oficio N° 00914-2023-SUNARP/TR/PT del 15 de setiembre de 2023 de la Presidencia del Tribunal Registral; y,
CONSIDERANDO:
Que, la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP es un Organismo Técnico Especializado del Sector Justicia y Derechos Humanos que tiene por objeto dictar las políticas técnico administrativas de los Registros Públicos, estando encargada de planificar, organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la inscripción y publicidad de los actos y contratos en los Registros Públicos que integran el Sistema Nacional, en el marco de un proceso de simplificación, integración y modernización de los Registros;
Que, el artículo II del Título Preliminar de la Ley N° 29158, Ley Orgánica del Poder Ejecutivo, establece que en virtud del principio de servicio al ciudadano, las entidades del Poder Ejecutivo están al servicio de las personas y de la sociedad, y actúan en función de sus necesidades así como del interés general de la Nación, asegurando que su actividad...