Resolución Nº 1845-2008-TC-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 30 de junio de 2008

Número de resolución1845-2008-TC-S3
Fecha30 Junio 2008
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones y Adquisiciones del Estado
Resolución Nº 1845-2008-TC-S3
Sumilla: Es pasible de sanción el contratista que
incumple injustificadamente el
contrato, pese a haber sido requerido
previamente para que ejecute las
prestaciones a su cargo.
Lima, 30 de Junio de 2008
Visto en sesión de fecha 27 de junio de 2008 de la Tercera Sala del Tribunal de Contrataciones
y Adquisiciones del Estado el Expediente № 1069/2006.TC referido al procedimiento de
aplicación de sanción contra el señor Fernando Zeballos Cabello, por su supuesta
responsabilidad en la resolución del Contrato № 018-2005-SEDAPAL, por causa atribuible a su
parte, materia de la Adjudicación Directa Selectiva 0144-2005-SEDAPAL, convocada por el
Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima (SEDAPAL), con el objeto de contratar el
suministro de agregados y materiales de construcción; y atendiendo a los siguientes:
ANTECEDENTES:
ANTECEDENTES:
1.
1.
El 29 de noviembre de 2005, el Servicio de Agua Potable y Alcantarillado de Lima
(SEDAPAL), en lo sucesivo la Entidad, convocó la Adjudicación Directa Selectiva № 0144-
2005-SEDAPAL para la contratación del suministro de agregados y materiales de
construcción, con un valor referencial de S/. 149 007,86 (Ciento cuarenta y nueve mil
siete con 86/100 nuevos soles), incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV).
2.
2.
El 27 de diciembre de 2005, obtuvo la buena pro el postor FERNANDO ZEBALLOS
CABELLO, en lo sucesivo el Contratista, obligándose a entregar los siguientes bienes:
DESCRIPCIÓN DE LA PARTIDA № 8 CANTIDAD
1 Ladrillo King Kong 4 092
2 Ladrillo King Kong 18 huecos 22 405
3.
3.
El 16 de enero de 2006, la Entidad suscribió con el Contratista el Contrato 018-2005-
SEDAPAL por la suma de S/. 7 762,69 (Siete mil setecientos sesenta y dos con 69/100
nuevos soles), a fin de suministrar materiales de construcción correspondientes a la
Partida № 8, detallada en el numeral precedente, dentro de los tres (3) días calendario
contados a partir del siguiente día de recibido el pedido de bienes respectivo, siendo el
plazo de duración del suministro por un periodo de doce (12) meses o hasta agotar el
monto adjudicado.
Página 1 de 8

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR