Resolución Nº 180-2016-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 26-04-2016

Número de resolución180-2016-ANA
Fecha26 Abril 2016
Número de expediente29505-2014
MateriaProcedimiento administrativo sancionador
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
£
Ministerio
Autoridad
Nacional
PERÚ
de
Agricultura
y
Riego
del
Agua
'Decenio de las personas con DiscspxkJaó en e! Perú'
'Año
de
la
consoMxión
del
Mar
de
Grau'
RESOLUCIÓN
N°/SO
-2016-ANA/TNRCH
Lima,
26
ABR,
?(|'5
unarNacionarae
EXP.
TNRCH
CÜTM*
IMPUGNANTE
ÓRGANO
MATERIA
UBICACIÓN
POLÍTICA
625-2015
29505-2014
Mtnera Hulnac S.A.C.
AAA
HuarTT«y-Chicama
ProcedimieniD administrativo
sancionador
Dlsbito La Merced
Provincia Alja
D^ílamento
Ancash
SmUA:
So
ásclam
fundada
elrscursoUeap^lón
Interpuesto
porla
eitv(esaUim/9HvinKS.A.C.
contra
la
Flesokjeión[XreaorBlN°
0851•2014-ANA-AM
r^Hí^.porquesealeító eldetMiprocedmet>k).Yeneonseajentíasedispone le
condusibn
yelartfnodel
procedm^ntoadiTviistrBtim
sancionador.
1. RECURSO ADMINISTRATIVO Y ACTO IMPUGNADO
El
recurso de reconsideración encauzado como un recurso de apelación inteipuesto por la empresa
Minera
Huinx
S.A.C.
contra la Resolución
Directoral
N"
0851-2014-ANA-AAA
IV
HCH,
emitida
por la
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Huarmey-Chicama,
mediante
la cual se la
sancionó
con una
multa
equivalente
a 3
UIT
porusar las aguas sinel
correspondiente
derecho de usode
agua.
DELIMITACIÓN
DE
LA
PRETENSIÓN
IMPUGNATORIA
La
empresa
Minera
Huinac
S.A.C.
solicita
quese
revoque
la
Resolución
Directoral
0851-2014-ANA-
AAAIV HCH.
3. FUNDAMENTOS DEL
RECURSO
La
impugnante
sustenta
su
recurso
de
apelación
señalando
que
el
procedimiento
administra^vo
sancionador
iniciado
en su
contra
debió
suspenderse
debido
a que
solicitó
su
licencia
de uso de agua ^
amparo
de la
Segunda
Disposición
Complementaria
Transitoria
del Regimentó de
Procedimientos
Administrativos
para
el
Otorgamiento
de
Derechos
de
Uso
de
Agua,
aprobado
por
la
Resolución
Jefatural
579-2010-ANA.
4.
ANTECEDENTES
Procedimiento
administrativo
sancionadorseguido a la empresa
Minera
Huinac
SAC
4.1. En el Informe Técnico 038-2014-ANA-AAAHCH-ALACH/OEH de fecha 06.03,2014, la
Administración
Local
del
Agua
Casma-Huanney
recogió
los
resultados
de la
inspección
ocular
inopinada
del06.03.2014, señalando losiguiente:
a)
La
empresa
Minera
Huinac
SA.C.
viene
haciendo
usodelagua
proveniente
de la
captación
de
concreto ubicada en las coordenadas WGS84 18
L:
205009 E y 8927409 N a una altura de
4,391
m.s.n.m,
sin
contarconel
derecho
de usode agua
otorgado
porla
Autoridad
Nacional
del
Agua,
b)
No
se
cuantificó
elcaudal
utilizado,
poraicontrarse el reservorio rebosandoylasalida sumergida
pordebajo del
tirante
de dichaestructura.
c)
El
Superintendente
de la
empresa
Minere
Huinac
S,A.C„
estuvo
presente
en la
inspección
ocular,
manifest^jJj^í^^V^i^n
haciendo
uso
del
agua
del
reservorio
de
conaeto,
sin
contar
1
UERTiS

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