Resolución Nº 177-2022-OS/TASTEM-S1 del Organismo Superior de la Inversión en Energía y Minería, 07-09-2022

Número de resolución177-2022-OS/TASTEM-S1
Fecha07 Septiembre 2022
TRIBUNAL DE APELACIONES DE SANCIONES
EN TEMAS DE ENER GÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN
SALA 1
RESOLUCIÓN N° 177-2022-OS/T ASTEM-S1
Lima, 07 de septiembre del 2022
VISTO:
El Expediente N° 202000108261 que contiene el recurso de apelación interpuesto el 20 de julio de
2022 por la Empresa Luz del Sur S.A.A. (en adelante, Luz del Sur)1, representada por la señora Carla
Deniss Barrón Taboada, contra la Resolución de Oficinas Regionales Osinergmin N° 1646 -2022-
OS/OR LIMA SUR de fecha 27 de junio de 2022, mediante la cual se le sancionó por incumplir el
“Procedimiento para la Supervisión de los Reintegros y Recuperos de Energía Eléctrica en el Servicio
Público de Electricidad”, aprobado por Resolución N° 722-2007-OS/CD (en adelante, el
Procedimiento), en la supervisión muestral correspondiente al segundo semestre del año 2020.
CONSIDERANDO:
ANTECEDENTES:
1. Mediante la Resolución de Oficinas Regionales Osinergmin N° 1646-2022-OS/OR LIMA SUR del
27 de junio de 2022, se sancionó a Luz del Sur con una multa total de 7.79 (siete y setenta y
nueve centésimas) UIT, por haber incumplido el estándar de los indicadores DID (Desviación
inferior del importe de los reintegros) y DIR (Desviación en exceso del importe de los recuperos),
previstos en los numerales 3.2 y 4.2 del Procedimiento, respectivamente, en el segundo
semestre del 2020:
1 Luz del Sur es una empresa de distribución de tipo 4 que tiene en su zona de concesión algunos distritos del sur-este de Lima.
2 Suministros 1626768, 1368760, 1533317, 1384979 y 414151.
3 ANEXO N° 18 DE LA ESCALA DE MULTAS Y SANCIONES DE LA GERENCIA DE FISCALIZACIÓN ELÉCTRICA, APROBADO POR RESOLUCIÓN
N° 102-2012-OS/CD
Ítem
Infracciones
Sanción
UIT
1
Incumplir el estándar del indicador DID: De sviación inferior del importe de los reintegros
Luz del Sur obtuvo el valor de
-4,5714%
siendo la tolerancia igual al valor de cero (0 ), conforme
a lo previsto en el numeral 5 del Anexo Nº 18 de la Escala de Multas y Sancio nes de la Gerencia
de Fiscalización Eléctrica, aprobado por Resolución Nº 102
-2012-OS/CD.
Se verificó que la concesionaria no calculó correctamente el importe de cinco (5) reintegros
2
de
energía eléctrica.
Normas incumplidas: Numeral 3.2 del Procedimiento y numeral 5
3
del Anexo N° 18 de la Escala
0.25
1626768,
1368760,
1533317,
1384979
414151.
TRIBUNAL DE APELACIONES DE SANCIO NES
EN TEMAS DE ENERGÍA Y MINERÍA - TASTEM
OSINERGMIN
SALA 1
RESOLUCIÓN N° 177-2022-OS/TASTEM-S1
2
“5. Multa cuando los indicadores calculados excedan las tole rancias
La multa de los siguientes indicadores se aplicará por semestre.
Para todos los indicadores, excepto los in dicadores DCD y DCR, la tolerancia de los indicadores para la aplicación de las multas tiene
valor cero (0).
Para el cálculo de las multas se deberá conside rar los resultados de los indicadores con cuatro decimales .
(…)
5.2. DID: Desviación inferior del importe de los reintegros
Donde:
M2 = 0.0323 UIT
M3 = 0.0622 UIT
M4 = 0.1331 UIT
DID: Es el indicador de la desviación inferior del importe de los reintegros, se refiere al porcentaje (en negativo) del incumplimiento, con
respecto al valor monetario de los reintegros.
NDO: Número total de casos de reintegros correspondiente al semestre supervisado”.
4 Suministros 1159949, 656078, 414151, 396629, 23022, 417450 y 695466.
5 ANEXO N° 18 DE LA ESCALA DE MULTAS Y SANCIONES DE LA GERENCIA DE FISCALIZACIÓN ELÉCTRICA, APROBADO POR RESOLUCIÓN
N° 102-2012-OS/CD
“5. Multa cuando los indicadores calculados excedan las toler ancias
La multa de los siguientes indicadores se aplicará por semestre.
Para todos los indicadores, excepto los in dicadores DCD y DCR, la tolerancia de los indicadores para la aplicación de las multas tiene
valor cero (0).
Para el cálculo de las multas se deberá conside rar los resultados de los indicadores con cuatro decimales .
(…)
5.4 DIR: Desviación en exceso del importe de los recuperos
Cuadro N° 9
Descripción
Tipo de Empresa
Empresa 1 y 2
Empresa 3
Empresa 4
Multa DIR
M6*DIR*NPR
M7*DIR*NPR
M8*DIR*NPR
Donde:
M6 = 0.0625 UIT
M7 = 0.1099 UIT
M8 = 0.1536 UIT
de Multas y Sanciones de la Gerencia de Fiscalización Eléctrica.
2
Incumplir el estándar del indicador DIR: De sviación en exceso del importe de los recuperos
Luz del Sur obtuvo un valor de 13.4457%, siendo la tolerancia igual al valor de cero (0), conforme
a lo previsto en el numeral 5 del Anexo
Nº 18 de la Escala de Multas y Sanciones de la Gerencia
de Fiscalización Eléctrica, aprobado por Resolución Nº 102
-2012- OS/CD.
Se verificó que la concesionaria no calculó correc tamente el importe de
siete (7) recuperos4
de
energía eléctrica, pues consideró un importe mayor al que corres pondía.
Normas incumplidas: Numeral 4.2 del Procedimiento y numeral 5.4
5
del Anexo N° 18 de la Escala
7.54
1159949,
656078,
414
151,
396629,
23022,
417450
695466.

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