Resolucion N° 1759-2022-JNE. Confirman la Resolución N° 00412-2022-JEE-PUNO/JNE

Fecha de publicación20 Noviembre 2022
SecciónSeparatas de Normas Legales
Expediente Nº ERM.2022022868

CHUCUITO - PUNO - PUNO

JEE PUNO (ERM.2022017053)

ELECCIONES REGIONALES Y MUNICIPALES 2022

APELACIÓN

Lima, veintisiete de julio de dos mil veintidós

VISTO: en audiencia pública virtual del 22 de julio de 2022, debatido y votado en sesión privada de la fecha, el recurso de apelación presentado por don Marco Antonio Ordóñez Maita, personero legal titular de la organización política Por las Comunidades Fuente de Integración Andina de Puno - Confía - Puno (en adelante, señor recurrente), en contra de la Resolución Nº 00412-2022-JEE-PUNO/JNE, del 30 de junio de 2022, emitida por el Jurado Electoral Especial de Puno (en adelante, JEE), que declaró improcedente la solicitud de inscripción de Gregorio Percy Mamani Cruz, candidato a alcalde; y de Dorotea Huarachi Choque, Lucrecia Duran Condori y Carmen Rosa Mamani Quispe, candidatos a regidores Nº 1, Nº 3 y Nº 5, de la lista de candidatos para el Concejo Distrital de Chucuito, provincia y departamento de Puno, en el marco de las Elecciones Regionales y Municipales 2022 (ERM 2022).

Oído: el informe oral.

PRIMERO. ANTECEDENTES

1.1. Con la resolución del visto, el JEE declaró improcedente la solicitud de inscripción del candidato a alcalde, y de los candidatos a regidores Nº 1, Nº 3 y Nº 5, puesto que sus Declaraciones Juradas de Consentimiento de Participación en las Elecciones Municipales, y de la Veracidad del Contenido del Formato Único de Declaración Jurada de Hoja de Vida (en adelante, Anexo 1), presentadas con el escrito de subsanación, no consignan fecha de suscripción.

SEGUNDO. SÍNTESIS DE AGRAVIOS

2.1. El 14 de julio de 2022, el señor recurrente interpuso recurso de apelación en contra de la mencionada resolución, argumentando, esencialmente, lo siguiente:

a) La resolución impugnada desarrolla puntos contradictorios y difíciles de entender, debido a que declara que el candidato a alcalde y los candidatos a regidores Nº 2, Nº 3 y Nº 4 han cumplido con subsanar las observaciones efectuadas, sin embargo, posteriormente, señala que los Anexos 1, correspondientes al candidato a alcalde y a los candidatos a regidores Nº 1, Nº 3 y Nº 5, no consignan fecha de suscripción.

b) Lo que se debe valorar en el Anexo 1 es la manifestación de voluntad de los candidatos, así como la veracidad de las declaraciones realizadas en dicho documento.

c) La ausencia de la consignación de fecha en el Anexo 1 no es óbice para declarar improcedente su inscripción, por cuanto la fecha se convalida con la que consigna el mismo sistema que administra el JNE.

CONSIDERANDOS

PRIMERO. SUSTENTO NORMATIVO (en adelante, SN)

En el Texto Único Ordenado del Código Procesal Civil (en adelante, TUO del CPC)

1.1. El artículo 374 señala que:

Artículo 374.- Las partes o terceros legitimados pueden ofrecer medios probatorios en el escrito de formulación de la apelación o en el de absolución de agravios, únicamente en los siguientes casos:

1. Cuando los medios probatorios estén referidos a la ocurrencia de hechos relevantes para el derecho o interés discutido, pero acaecidos después de concluida la etapa de postulación del proceso; y

2. Cuando se trate de documentos expedidos con fecha posterior al inicio del proceso o que comprobadamente no se hayan podido conocer y obtener con anterioridad [resaltado agregado].

[...]

En el Reglamento de Inscripción de Listas para Elecciones Municipales 20221 (en adelante, Reglamento de Inscripción de Listas)

1.2. Los artículos 28, 29 y 31 prescriben:

Artículo 28.- Documentos requeridos para solicitar la inscripción de la lista de candidatos

Para solicitar la inscripción de la lista de candidatos ante el JEE competente, se requieren los siguientes documentos:

[...]

28.6 La declaración jurada contenida en el Anexo 1 del presente reglamento, la cual obligatoriamente debe ser llenada por completo en lo pertinente, contar con la huella dactilar del índice derecho y ser suscrita por cada candidato, en fecha igual o posterior al término del llenado de su DJHV.

[...]

Artículo 29.- Etapas del trámite de la solicitud de inscripción

El...

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