Resolución Nº 1759-2022-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 20 de junio de 2022

Número de resolución1759-2022-TCE-S4
Fecha20 Junio 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Z
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 1759-2022-TCE-S4
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Sumilla: “(…) al no haberse acredita do el primer presupuesto para
la configuración del tipo infractor materia de análisis,
referido a la suscripción del contrato con una Entidad del
Estado, debiendo, por tanto, archivarse de manera
definitiva el presente expediente.”
Lima, 20 de junio de 2022
VISTO en sesión del 20 de junio de 2022 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente N° 2094/2018.TCE, sobre procedimiento
administrativo sancionador generado contra la empresa GRUPO REGO ELMAS
SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - REGO ELMAS, por su supuesta responsabilidad al
haber contratado con el MINISTERIO DE DEFENSA - EJERCITO DEL PERÚ - HOSPITAL
MILITAR CENTRAL, pese a encontrarse en el supuesto de impedimento previsto en el
literal d), en concordancia con los literales e), g) e i) del artículo 10 del Decreto Legislativo
1017, modificada a través de la Ley N° 29873, en el marco de la Adjudicación de
Menor Cuantía N° 0061-2015-EP/HMC - Primera Convocatoria; y, atendiendo a lo
siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. Según la información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado SEACE
1
, el 8 de abril de 2015, el Ministerio de Defensa Ejercito del Perú
- Hospital Militar Central, en adelante la Entidad, convocó la Adjudicación de
Menor Cuantía 0061-2015-EP/HMC - Primera Convocatoria, para la
contratación de bienes “Adquisición de prótesis modular BK rodilla policéntrica
para personal discapacitado”, con un valor referencial ascendente a S/ 39,900.00
(treinta y nueve mil novecientos con 00/100 soles), en adelante el proceso de
selección.
Dicho proceso de selección fue convocado al amparo de la Ley de Contrataciones
del Estado, aprobada mediante Decreto Legislativo N° 1017, modificada a través
de la Ley N° 29873, en adelante la Ley, y su Reglamento, aprobado por el Decreto
Supremo N° 184-2008-EF, modificado por los Decretos Supremos N° 138-2012-EF,
N° 116-2013-EF, N° 080-2014-EF y N° 261-2014-EF, en adelante el Reglamento.
1
Obrante a folio 134 a 135 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por PEREZ
GUTIERREZ Annie Elizabeth FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 20.06.2022 18:37:40 -05:00
Firmado digitalmente por CABRERA
GIL Cristian Joe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 20.06.2022 18:38:39 -05:00
Firmado digitalmente por FERREYRA
CORAL Violeta Lucero FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 20.06.2022 19:02:48 -05:00
Z
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 1759-2022-TCE-S4
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Según el respectivo cronograma, el 13 de abril de 2015, se llevó a cabo la
presentación de propuestas y, en la misma fecha, se otorgó la buena pro a la
empresa GRUPO REGO ELMAS SOCIEDAD ANONIMA CERRADA - REGO ELMAS, en
adelante el Adjudicatario, por el monto de su propuesta ascendente a
S/ 39,900.00 (treinta y nueve mil novecientos con 00/100 soles).
Según los términos de la denuncia, el 18 de abril de 2015, la Entidad y el
Adjudicatario habrían suscrito el Contrato N° 202-2015 EP/HMC
2
, en adelante el
Contrato, derivado del proceso de selección.
También se aprecia que, el 5 de junio de 2015, la Entidad habría emitió a favor del
Adjudicatario la Orden de Compra N° 005693
3
, en adelante la Orden de Compra,
derivado del proceso de selección.
2. Mediante Oficio N° 059/OEC/HMC/02.00
4
, presentado el 11 de junio de 2018 en
la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el
Tribunal, la Entidad puso en conocimiento que el Adjudicatario habría incurrido
en causal de infracción.
A efectos de sustentar su denuncia, remitió el Informe de Auditoría N° 002-2017-
2-0284-AC del 31 de enero de 2017
5
, de su Órgano de Control Institucional, en el
cual se señala lo siguiente:
6
Se ha evidenciado que la Servidora de la Sección de Presupuesto del HMC
7
,
Lizbeth Luzmila Sandoval laboró en el HMC bajo la modalidad de CAS de mayo
a agosto 2015 y fue la encargaba de comprometer los gastos del HMC en el
Sistema de Administración Financiera-SIAF, en la Sección de Presupuesto, y
también era socia del Grupo Rego Elmas S.A.C. según la Partida Registral
N° 12452734 de Registros Públicos correspondiente a la inscripción del Grupo
Rego Elmas S.A.C; y además, la Junta General de Accionistas de la empresa,
le otorgó poder el 20 de abril de 2015 y fue inscrito el 15 de junio de 2015.
(…)
2
Se menciona en el Informe de Auditoría N° 002-2017-2-0284-AC del 31 de enero de 2017. folio 49 a 50 del expediente
administrativo.
3
Se menciona en el Informe de Auditoría N° 002-2017-2-0284-AC del 31 de enero de 2017 folio 49 del expediente administrativo
4
Obrante a folio 1 del expediente administrativo.
5
Obrante a folio 7 a 100 del expediente administrativo.
6
Se menciona en el Informe de Auditoría N° 002-2017-2-0284-AC del 31 de enero de 2017. Obrante a folio 48 del expediente
administrativo.
7
Hospital Militar Central

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