Resolucion N° 1626-2023-MP-FN. Designan Fiscal Superior Provisional del Distrito Fiscal de Lima Centro, designado en el Despacho de la Fiscalía Superior de la Fiscalía Corporativa Especializada en Ciberdelincuencia de Lima Centro, y Jefe de la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia del Ministerio Público con competencia nacional, como Coordinador Nacional de las Fiscalías Especializadas en Delitos de Ciberdelincuencia

Fecha de publicación01 Julio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 1 de julio de 2023

VISTO:

El informe N.º 108-2023-MP-FN-STI-NCPP de fecha 20 de junio de 2023, suscrito por el señor Miguel Alan Puente Harada, Secretario Técnico de la Oficina Técnica de Implementación del Código Procesal Penal.

CONSIDERANDO:

La Ley N.º 30096, denominada “Ley de Delitos Informáticos”, publicada el 22 de octubre de 2013, tiene como objetivo prevenir y sancionar las conductas delictivas que afectan los sistemas y datos informáticos y otros bienes jurídicos de relevancia penal cometidos mediante la utilización de tecnologías de la información o comunicación.

Con relación a este fenómeno delictivo, el Estado peruano ha suscrito el Convenio de Budapest o Convenio sobre la Ciberdelincuencia, mediante Resolución Legislativa N.º 30913, del 12 de febrero de 2019; ratificado a través del Decreto Supremo N.º 010-2019-RE, del 9 de marzo de 2019; y, vigente desde el 1 de diciembre de 2019. Uno de los objetivos principales de este convenio es el de “prevenir actos que pongan en peligro la confidencialidad, la integridad y la disponibilidad de los sistemas, redes y datos informáticos, así como el abuso de dichos sistemas, redes y datos, (…) y la asunción de poderes suficientes para luchar eficazmente contra dichos delitos, facilitando su detención, investigación y sanción, tanto a nivel nacional como internacional, y estableciendo disposiciones materiales que permitan una cooperación internacional rápida y fiable”. Al suscribir este Convenio el Perú asumió el compromiso de la lucha frontal y efectiva contra la ciberdelincuencia y la necesidad de cooperación internacional rápida y eficaz en materia penal, la misma que debe ser materializada por el órgano persecutor del delito.

A través de las Resoluciones de Fiscalía de la Nación N.os 1025 y 1194-2020-MP-FN, de fechas 18 de setiembre y 30 de octubre de 2020, respectivamente, se dispuso conformar una Comisión encargada de evaluar técnicamente la creación de un Piloto de Fiscalía Especializada o Unidad Especializada en Ciberdelincuencia, la cual estuvo integrada por diversos fiscales y funcionarios de la institución.

Es así que mediante Resolución de la Fiscalía de la Nación N.º 1503-2020-MP-FN, de fecha 30 de diciembre de 2020, se creó la Unidad Fiscal Especializada en Ciberdelincuencia, considerando entre sus fundamentos el informe de octubre de 2020 denominado “Apoyo a la creación de una Fiscalía Especializada en Ciberdelito en Perú” elaborado por el Programa de Asistencia contra el Crimen Transnacional...

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