Cañete, 14 de septiembre de 2023
EL PRESIDENTE DE LA COMISIÓN ORGANIZADORA DE LA UNIVERSIDAD NACIONAL DE CAÑETE
VISTOS:
El MEMORÁNDUM Nº 425-2023-UNDC/CO/AOM-P de fecha 13 de septiembre de 2023 emitido por la Presidencia de la Comisión Organizadora; INFORME LEGAL Nº 414-2023-UNDC/OAJ-ERS de fecha 12 de septiembre de 2023 emitido por la Oficina de Asesoría Jurídica; OFICIO Nº 951-2023/UNDC/CO/P/VPIN de fecha 01 de septiembre de 2023 emitido por la Vicepresidencia de Investigación; INFORME Nº 570-2023/OPP/UNDC de fecha 29 de agosto de 2023 emitido por la Oficina de Planeamiento y Presupuesto; OFICIO Nº 753-2023/UNDC/CO/P/VPIN de fecha 17 de julio de 2023 emitido por la Vicepresidencia de Investigación; INFORME Nº 026-2023-BLT-EPA-FCA-UNDC de fecha 11 de julio de 2023 presentado por la Docente Ordinaria Betsabe Leon Ttacca y demás documentos que escoltan el expediente administrativo, y;
CONSIDERANDO:
Que, la Constitución Política del Perú en su artículo 18º prevé que cada Universidad es autónoma en su régimen normativo, de gobierno, académico, administrativo y económico, y el artículo 8º de la Ley Nº 30220, Ley Universitaria, establece que la referida autonomía inherente a las Universidades, se ejerce de conformidad con la Constitución y las Leyes de la República e implica las organizaciones de su sistema académico, económico y administrativo, así como la administración de sus bienes y rentas, elaborar su presupuesto y aplicar sus fondos con la responsabilidad que impone la Ley;
Que, de conformidad con la Ley N° 29488 de fecha 22/12/2009, se creó la Universidad Nacional de Cañete, la misma que fue modificado por la Ley Nº 30515, cuyo artículo 1º dispone: “créase la Universidad Nacional de Cañete con domicilio en la...