Resolución Nº 1585-2020-TCE-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 31 de julio de 2020
Número de resolución | 1585-2020-TCE-S3 |
Fecha | 31 Julio 2020 |
Emisor | Tribunal de Contrataciones del Estado |
Emisor | Organismo Supervisor de las Contrataciones del Estado |
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 01585-2020-TCE-S3
Sumilla: Corresponde declarar prescritas las infracciones
imputadas en contra del Contratista: contratar con
el Estado estando impedido y presentar
información inexacta, al haberse verificado que ha
transcurrido el plazo legal establecido, antes de
que el Tribunal tomara conocimiento de su
comisión.
Lima, 31 de julio de 2020
VISTO en sesión del 31 de julio de 2020 de la Tercera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 1435/2018.TCE, el procedimiento
administrativo sancionador instaurado en contra de la empresa Cear Traders SCRL, por
su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado, estando en el supuesto
de impedimento previsto en el literal i), en concordancia con los literales d) y f) del
artículo 10 de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobada mediante Decreto
Legislativo N° 1017, modificada por la Ley N° 29873, y por haber presentado, como
parte de su propuesta, supuesto documento falso o información inexacta, en el marco
de la Licitación Pública N° 0001-2011-UNP – Primera convocatoria, convocada por la
Universidad Nacional de Piura; y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. El 14 de marzo de 2011, la Universidad Nacional de Piura, en adelante la
Entidad, convocó la Licitación Pública N° 0001-2011-UNP – Primera convocatoria,
para la “Adquisición de Alimentos para el comedor universitario de la UNP”, por
relación de ítems Nos 1, 2, 3 y 4, con un valor referencial total ascendente a S/
774, 447.68 (setecientos setenta y cuatro mil cuatrocientos cuarenta y siete con
68/100 soles), en lo sucesivo el procedimiento de selección.
El 27 de abril de 2011 se llevó a cabo el acto de presentación de propuestas, y el
29 del mismo mes y año se otorgó la buena pro de los ítem Nos 1 y 2 a la empresa
Cear Traders SCRL, por el monto de su propuesta económica (por ambos ítems)
ascendente a S/ 419,695.18 (cuatrocientos diecinueve mil seiscientos noventa y
cinco con 18/100 soles).
El 10 de junio de 2011, la Entidad y la empresa Cear Traders SCRL, en adelante el
Contratista, suscribieron el “Contrato del proceso LP N° 001-2011-UNP:
Firmado digitalmente por FERREYRA
CORAL Violeta Lucero FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 31.07.2020 18:22:46 -05:00
Firmado digitalmente por ARTEAGA
ZEGARRA Mario Fabricio FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 31.07.2020 19:06:18 -05:00
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 31.07.2020 19:28:36 -05:00
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