Resolución Nº 1563-2020-TCE-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 29 de julio de 2020

Número de resolución1563-2020-TCE-S3
Fecha29 Julio 2020
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 01563-2020-TCE-S3
Sumilla: Corresponde imponer sanción por el
incumplimiento injustificado en perfeccionar la
relación contractual, al haberse verificado que el
Adjudicatario no presentó la documentación
necesaria para la suscripción del contrato derivado
de una subasta inversa electrónica.
Lima, 29 de julio de 2020
VISTO en sesión de fecha 29 de julio de 2020 de la Tercera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente 4048/2019.TCE, el procedimiento
administrativo sancionador instaurado en contra de la empresa Alimentos, Frutas y
Lácteos E.I.R.L., por su supuesta responsabilidad al incumplir con su obligación de
perfeccionar el contrato, en el marco de la Subasta Inversa Electrónica N° 011-2018-
MGP/DIRCOMAT - Primera Convocatoria, Ítem N° 5, convocada por la Marina de Guerra
del Perú; y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según obra en el SEACE, el 28 de diciembre de 2018, la Marina de Guerra del Perú,
en adelante la Entidad, convocó la Subasta Inversa Electrónica N° 011-2018-
MGP/DIRCOMAT - Primera Convocatoria, Ítem N° 5, para la adquisición de Arveja
partida calidad extra”, con un valor referencial de S/ 135,202.45 (ciento treinta y
cinco mil doscientos dos con 45/100 soles), en adelante el procedimiento de
selección.
El 24 de enero de 2019 se llevó a cabo la presentación de ofertas, y el 12 de marzo
del mismo año se otorgó la buena pro a la empresa Alimentos, Frutas y Lácteos
E.I.R.L., en adelante el Postor, por el monto de su oferta económica ascendente a
S/ 135,000.00 (ciento treinta y cinco mil con 00/100 soles).
2. Mediante Formulario de solicitud de aplicación de sanción Entidad/Tercero y
escrito s/n de fecha 15 de octubre de 2019, presentados el 29 del mismo mes y
año en la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en lo sucesivo
el Tribunal, la Entidad puso en conocimiento que el Postor habría incurrido en
infracción establecida en la Ley de Contrataciones del Estado, al haber incumplido
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 29.07.2020 15:31:31 -05:00
Firmado digitalmente por ARTEAGA
ZEGARRA Mario Fabricio FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 29.07.2020 18:07:17 -05:00
Firmado digitalmente por FERREYRA
CORAL Violeta Lucero FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 29.07.2020 19:28:52 -05:00

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