Resolución Nº 1537-2023-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 22 de marzo de 2023

Número de resolución1537-2023-TCE-S4
Fecha22 Marzo 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 1537-2023-TCE-S4
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Sumilla: “(…) una vez consentida la buena pro de un
procedimiento de selección, por disposición
de la Ley y el Reglamento, todo
adjudicatario tiene la obligación de cumplir
con presentar la documentación exigida
para la suscripción del contrato. (...)”
Lima, 22 de marzo de 2023
VISTO en sesión del 22 de marzo 2023 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente N° 6853/2021.TCE, sobre procedimiento
administrativo sancionador generado contra la empresa OBRAS & PROYECTOS
CORPORACIÓN INGENIEROS S.A.C. y el señor JOHN SAMUEL CAZORLA ORIHUELA, por
su presunta responsabilidad al incumplir injustificadamente con su obligación de
suscribir el contrato con el Programa Subsectorial de Irrigaciones - PSI, en el marco del
Procedimiento de Contratación Pública Especial Nueva Convocatoria por Desierto N° 11-
2020-MIDAGRI-PSI-1 (Primera Convocatoria) Ítem N° 2; y, atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. Según la información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado SEACE
1
, el 30 de diciembre de 2020, el Programa Subsectorial De
Irrigaciones - PSI, en adelante la Entidad, convocó el Procedimiento de
Contratación Pública Especial Nueva Convocatoria por Desierto N° 11-2020-
MIDAGRI-PSI-1 (Primera Convocatoria), para la “Elaboración del expediente
técnico para la rehabilitación del canal Jauranga, en el sector Jauranga (Progresiva
0+000 - 0 + 450), distrito y provincia de Palpa, departamento de Ica, cuyo valor
estimado ascendió a S/ 481,513.00 (cuatrocientos ochenta y un mil quinientos
trece con 00/100 soles), en adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento comprendía, entre otros, al ítem N° 2 - Elaboración del
expediente técnico para la rehabilitación del canal Jauranga, en el sector Jauranga
progresiva 0+000 - 0 + 450 distrito y provincia de Palpa, departamento de Ica,
cuyo valor estimado ascendió a S/ 43,743.00 (cuarenta y tres mil setecientos
cuarenta y tres con 00/100 soles).
Dicho procedimiento de selección fue convocado al amparo de lo dispuesto en el
Texto Único Ordenado de la Ley N° 30556 Ley que aprueba disposiciones de
carácter extraordinario para las intervenciones del Gobierno Nacional frente a
1
Véase folio 243 del expediente administrativo en formato pdf.
Firmado digitalmente por PEREZ
GUTIERREZ Annie Elizabeth FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 22.03.2023 17:21:32 -05:00
Firmado digitalmente por CABRERA
GIL Cristian Joe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 22.03.2023 17:26:39 -05:00
Firmado digitalmente por FERREYRA
CORAL Violeta Lucero FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 22.03.2023 17:55:30 -05:00
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución 1537-2023-TCE-S4
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desastres y que dispone la creación de la Autoridad para la Reconstrucción con
Cambios, en adelante el TUO de la Ley 30556 y el Reglamento del
Procedimiento de Contratación Pública Especial para la Reconstrucción con
Cambios, aprobado por Decreto Supremo N° 071-2018-PCM, modificado por los
Decretos Supremos N° 003-2019-PCM, N° 148-2019-PCM y N° 108-2020-PCM, en
adelante el Reglamento para la Reconstrucción, así como de manera supletoria,
el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante el TUO de la Ley N°
30225, y su Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 344-2018-EF, y
modificatorias, en adelante el Reglamento.
Según el respectivo cronograma, el 13 de enero de 2021 se llevó a cabo la
presentación de ofertas [electrónica], y el 26 de julio del mismo año, se otorgó la
buena pro del ítem N° 2 al CONSORCIO INGENIEROS LV&CQ, integrado por la
empresa OBRAS & PROYECTOS CORPORACIÓN INGENIEROS S.A.C. y el señor JOHN
SAMUEL CAZORLA ORIHUELA, en adelante el Consorcio, cuya oferta ascendió a
S/ 39,368.71 (treinta nueve mil trescientos sesenta y ocho con 71/100 soles).
Con Carta N° 0541-2021-MINAGRI-DVDAFIR/PSI-UADM del 12 de agosto de 2021,
registrada en el SEACE el 16 del mismo mes y año, se comunicó al Consorcio la
pérdida de la buena pro, debido a que no cumplió con subsanar las observaciones
efectuadas a la documentación presentada para la suscripción del contrato.
2. Con Oficio 317-2021-MIDAGRI-DVDAFIR/PSI-UADM presentado el 23 de
setiembre de 2021 en la Mesa de Partes Digital del Tribunal, la Entidad puso en
conocimiento que el Consorcio habría incurrido en infracción administrativa, al
haber incumplido con su obligación de perfeccionar el contrato.
A efectos de sustentar su denuncia adjuntó, entre otros documentos, el Informe
269-2021-MIDAGRI-DVDAFIR-PSI-UAJ
2
del 23 de agosto de 2021, mediante el
cual señaló lo siguiente:
El 26 de julio de 2021, se otorgó la buena pro del ítem N° 2 del procedimiento
de selección al Consorcio, y el 5 de agosto del mismo año, se registró en el
SEACE el consentimiento de la buena pro.
Mediante Carta N°001-2021-CI-LV-CQRC, recibida el 10 de agosto de 2021, el
Consorcio presentó la documentación correspondiente para la suscripción del
2
Véase folios 220 al 229 del expediente administrativo en formato pdf.

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