Resolución Nº 1514-GG-ESSALUD-2015 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 31-12-2015

Número de resolución1514-GG-ESSALUD-2015
Fecha31 Diciembre 2015
EstatusVigente
Tipo de documentoDirectiva
EmisorGerencia General
~EsSalud
RESOLUCIÓN
DE
GERENCIA
GENERAL
1514
-GG-ESSALUD-2015
Lima,
31
de
diciembre
del
2015
VISTOS:
La Carta
7349-GCPS-ESSALUD-2015
y el Informe
054-GPNAIS-GCPS-ESSALUD-
2015
de
la Gerencia Central
de
Prestaciones
de
Salud;
fa
Carta
Nº247l:GCAJ-ESSALUD-
2015 y
el
Informe
2?0
-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2015 de
la
Gerencia Central de
Asesoría Jurídica;
y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante
el
artículo l del Título Preliminar de la Ley
se
establece que
la
salud
es
condición indispensable del desarrollo humano y medio
fundamental para alcanzar el bienestar individual y colectivo;
Que,
de
conformidad a lo establecido
en
el numeral 1.2 del artículo 1 º
de
la Ley
Ley
de
Creación del
Seguro
Social
de
Salud,
ES
SALUD
tiene
por
finalidad
dar
cobertura a
los asegurados y
sus
derechohabientes, a través del otorgamiento
de
prestaciones
de
prevenc1on, promoción, recuperación, rehabilitación, prestaciones económicas, y
prestaciones sociales
que
correspondan al Régimen Contributivo
de
la Seguridad Social
en
Salud; así como otros
seguros
de
riesgos
humanos;
Que, asimismo, en el literal e).del artículo
de
la Ley
se
establece
como
una
de
las funciones
de
ESSALUD, formular y
aprobar
sus
reglamentos
internos, asf
como
otras
nonnas
que
le
permitan
ofrecer
sus
servicios
de
manera
ética, eficiente y competitiva;
Que, en el artículo
del
Texto
Único Ordenado
de
la
Ley
29344,
Ley
Marco
de
Aseguramiento Universal
en
Salud, aprobado
por
se
señala
que
dicha
Ley
tiene
el objeto de establecer el
marco
normativo del
aseguramiento
universal en salud, a fin
de
garantizar el derecho pleno y progresivo
de
toda
persona
a la
seguridad social en salud, así
como
normar
el
acceso
y
las
funciones
de
regulación,
financiamiento, prestación y supervisión del aseguramiento;
Que, mediante Acuerdo
de
Consejo
Directivo
23-10-ESSALUD-2012,
de
fecha
31
de
mayo de 2012,
se
aprobó
el Plan Estratégico Institucional
2012-2016
de
ESSALUD,
que
establece como
segundo
objetivo estratégico "Brindar atención integral a /os asegurados,
con los más altos estándares
de
calidad, en el marco de
un
fuerte compromiso del Estado
con el bienestar
de
los asegurados; mejorar
el
trato a /os asegurados, cambiar el modelo
de
atención
por
uno basado
en
la
atención primaria y actuar sobre /os determinantes
sociales
de
la
salud, con énfasis en /os aspectos preventivo-promociona/es, contando
para ello con el apoyo técnico
de
la
OPSIOMS";
Que, mediante Resolución
de
Presidencia Ejecutiva
656-PE-ESSALU0-2014
se
aprobó
el Reglamento
de
Organización y Funciones del Seguro Social
de
Salud -ESSALUD,
estableciéndose en su artículo
149º
que
la Gerencia Central
de
Prestaciones
de
Salud
es
el órgano
de
línea encargado
de
elaborar, proponer,
monitorear
y evaluar el cumplimiento
de
las políticas,
normas
y estrategias relacionadas con
la
atención integral
de
salud
que
se
brindan a los usuarios a través
de
las IPRESS propias,
de
terceros
y otras modalidades,
así como en salud ambiental,
seguridad.y
salud
en
el.
trabajo y medicina complementaria,
en
el marco
de
tas
normas
sectoriales;
Que, con Carta
de
Vistos
la
Gerencia Central
de
Prestaciones
de
Salud remite un proyecto
de Resolución
de
Gerencia General
que
aprueba
la Directiva denominada "Sistema
w111w.essalud.gob.pe
Av.
Domingo
Cueto
120
Jesús María
Urna 11 -Perú
T.: 265·6000 / 265-7000
~EsSalud
RESOLUCIÓN DE GERENCIA GENERAL
1514
-GG-ESSALUD-2015
/\Jacional de Cuidado Cardiovascular en
el
Seguro Social de Salud -ESSALUD",
con
el
objetivo de establecer los lineamientos y criterios para organizar
el
Sistema Nacional de
Cuidado Cardiovascular
en
el
Seguro Social de Salud -ESSALUD;
Que,
como sustento técnico de
la
Directiva
en
mención se remite
el
Informe 054-
GPNAIS-GCPS-ESSALUD-2015 elaborado por
la
Gerencia de Pollticas y Normas de
Atención Integral de Salud de la citada Gerencia Central, en el que
se
concluye que existe
la necesidad de establecer un sistema nacional de cuidado cardiovascular en ESSALUD,
con
la
finalidad de proveer prestaciones asistenciales
en
salud
con
calidad, eficiencia,
acceso y equidad
en
la
atención del paciente
en
riesgo y con enfermedad cardiovascular, y
que
la
Directiva se encuentra conforme a
la
normativa vigente;
Que,
asimismo se concluye que
la
implementación de
la
Directiva propuesta está a cargo
del Instituto Nacional Cardiovascular- INCOR y se realizará de acuerdo a la disponibilidad
presupuesta! de cada órgano comprendido bajo sus alcances y de manera progresiva;
Que,
finalmente se señala que debe dejarse sin efecto
la
Directiva 009-GCPS-
ESSALUD-201
O,
"Nonnas para
el
Diseño y Funcionamiento de la Red Nacional de Salud
Cardíovascu/ar", aprobada por Resolución de Gerencia Central de Prestaciones de Salud
59-GCPS-ESSALUD-2010;
Que, con Carta
N~4
7-1lCAJ-ESSALUD-2015 e Informe
270.GNAA-GCAJ-ESSALUD-
2015
la
Gerencia Central de Asesoría Jurídica emitió opinión señalando que el proyecto de
Directiva denominado "Sistema Nacional de Cuidado Cardiovascu/ar en
el
Seguro Social
, de Salud -ESSALUD" constituye
un
instrumento de índole técnico cuya elaboración estuvo
11
a cargo de la Gerencia Central de Prestaciones de Salud y del Instituto Nacional
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Cardiovascular, conforme a sus competencias, cuyo objetivo guarda concordancia con las
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eyes 26842, Ley General de Salud; y 29344,
Ley
Marco de Aseguramiento
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niversal
en
Salud y sus normas reglamentarias; y acorde
con
los fines de
la
Entidad
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ceniro\t·
stablecidos
en
el
numeral 1.2 del artículo de
la
Ley
de Creación del
D.E:.
Al.~
Seguro Social de Salud -ESSALUD,
en
lo
referido
al
otorgamiento de cobertura a los
asegurados y sus derechohabientes, así como
con
el
Plan Estratégico Institucional 2012-
2016 de ESSALUD, aprobado mediante Acuerdo de Consejo Directivo 23-10-
ESSALUD-2012;
Que,
en
tal sentido, resulta necesario contar con
un
documento técnico normativo
actualizado que establezca
un
sistema nacional de cuidado cardiovascular
en
el Seguro
Social de Salud, conforme
ha
sido propuesto por la Gerencia Central de Prestaciones de
Salud;
Que,
de acuerdo a
lo
establecido
en
el
literal
b)
del artículo de
la
Gerente General
es
competente para dirigir
el
funcionamiento de
la
Institución, emitir las
directivas y los procedimientos internos necesarios,
en
concordancia con las políticas,
lineamientos y demás disposiciones del Consejo Directivo y del Presidente Ejecutivo;
Con las visaciones de
la
Gerencia Central de Prestaciones de Salud,
la
Gerencia Central
de Planeamiénto y Desarrollo,
la
Gerencia Central de Gestión Financiera y
la
Gerencia
Central de Asesoría Jurídica,
y;
~;~stando
a lo expuesto y
en
uso de las facultades conferidas;
~
\í•:
.....
,,,~
www.essalud.gob.pe
Av.
Domingo
Cueto
120
Jesús
María
urna
11-
Perú
T.: 265·6000 / 265-7000

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