Resolución Nº 1507-2021-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 8 de julio de 2021

Número de resolución1507-2021-TCE-S2
Fecha08 Julio 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1507-2021-TCE-S2
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Sumilla: “(…) es pertinente aclarar que el presente
procedimiento administrativo sancionador se encuentra
enmarcado en la normativa de contratación pública, en
donde la conducta tipificada como infracción
administrativa se encuentra estructurada en función del
verbo rector "presentar". Por ello, es relevante destacar
que la determinación de la responsabilidad administrativa
por el hecho de la presentación de un documento falso, no
implica un juicio de valor sobre las circunstancias en las que
se originaron los documentos cuestionados, el origen de la
falsificación, adulteración o inexactitud del mismo, debido
a que la norma administrativa sólo sanciona la
presentación en sí del documento, sin indagar sobre la
autoría de la falsificación, posesión, importancia,
relevancia, y/o pertenencia del documento falso y/o
información inexacta, obligando a los proveedores,
postores y contratistas a ser diligentes en cuanto a la
veracidad de los documentos presentados”.
Lima, 8 de julio de 2021
VISTO en sesión del 8 de julio de 2021, de la Segunda Sala del Tribunal de Contrataciones
del Estado, el Expediente N° 3361/2020.TCE, sobre procedimiento administrativo
sancionador seguido en contra de la Proveedora, por haber presentado documentos
supuestamente falsos o adulterados y/o con información inexacta, como parte de su
oferta; hecho que se habría producido el 27 de mayo de 2020, cuando se encuentra
vigente el Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado,
aprobado por Decreto Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y su Reglamento,
aprobado por Decreto Supremo N° 344-2018-EF, en adelante el Reglamento; marco
normativo que será aplicado para determinar la configuración del tipo infractor, la
sanción aplicable y el plazo de prescripción de la infracción; y, atendiendo a los
siguientes hechos:
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 08.07.2021 09:12:06 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 08.07.2021 09:35:45 -05:00
Firmado digitalmente por QUIROGA
PERICHE Carlos Enrique FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 08.07.2021 14:48:32 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1507-2021-TCE-S2
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I. ANTECEDENTES:
1. El 4 de junio de 2020, el PROYECTO ESPECIAL DE INFRAESTRUCTURA DE
TRANSPORTE NACIONAL - PROVIAS NACIONAL, en lo sucesivo la Entidad, emitió la
Orden de Servicio N° 0000709
1
, a favor de la señora GAVINO ARAUJO DEYSI
SYNTIA, en lo sucesivo, la Proveedora, para la contratación del “Servicio de
evaluación técnica de las solicitudes para la autorización del uso de derecho de vía
de la red vial nacional- Zona Sur”, por un valor referencial de S/ 28 000.00
(veintiocho mil con 00/100 soles), en adelante la Orden de servicio.
2. Mediante Oficio N°-445 - 2020-MTC/20.2
2
y Formulario “Aplicación de Sanción –
Entidad”
3
presentado el 10 de noviembre de 2020 ante la Mesa de Partes del
Tribunal de Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, la Entidad
denunció que la proveedora, presentó documentación presuntamente falsa o
adulterada, como parte de su cotización en el marco de la orden de servicio.
A fin de sustentar su denuncia, la Entidad adjuntó el Informe Técnico Legal N° 127-
2020-MTC/20.2.4.2
4
en el cual expuso lo siguiente:
i) Mediante Memorándum N° 1349-2020-MTC720.23.2
5
del 22 de mayo de
2020 la Sub Directora de Operaciones de la Entidad, comunicó a la Jefa de la
Oficina de Administración de la Entidad la necesidad de contratar el “Servicio
de evaluación técnica de las solicitudes para la autorización del uso de
derecho de vía de la red vial nacional- Zona Sur”.
ii) Mediante correo electrónico
6
remitido el 27 de mayo de 2020 a la Entidad,
la señora DEYSI SYNTIA GAVINO ARAUJO, presentó la Carta de Propuesta
Técnica y económica
7
para la emisión de la orden de servicio.
iii) Con fecha 14 de junio de 2020, la Coordinación del Equipo de Ejecución
Contractual de la Entidad solicitó remitir de los archivos digitales de los
expedientes de contrataciones menores o iguales a 8 UIT, a la coordinación
del equipo de adquisiciones.
1
Obrante a folios 100 al 101 del PDF del expediente administrativo
2
Obrante a folios 2 del PDF del expediente administrativo
3
Obrante a folios 4 y 5 del PDF del expediente administrativo
4
Obrante a folios 14 al 18 del PDF del expediente administrativo
5
Obrante a folios 179 del PDF del expediente administrativo
6
Obrante a folios 167 del PDF del expediente administrativo
7
Obrante a folios 115 del PDF del expediente administrativo

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