Resolucion N° 147-2023-OS/CD. Modifican el Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin aprobado por Resolución de Consejo Directivo N° 044-2018-OS/CD y establecen otras disposiciones

Fecha de publicación20 Agosto 2023
SecciónSección Única
14 NORMAS LEGALES Domingo 20 de agosto de 2023
El Peruano
/
del perl del profesional propuesto por la Dirección Ejecutiva,
por lo que resulta viable designar a la abogada Alessandra
Patricia Cubas Saenz en el cargo de conanza de Asesor de
Dirección Ejecutiva de PROVÍAS NACIONAL;
Estando a lo expuesto, es pertinente emitir el acto de
administración respectivo;
Con la conformidad y visto de la Ocina de Recursos
Humanos y de la Ocina de Asesoría Jurídica, en lo que
corresponde a sus respectivas competencias;
En mérito al Decreto Supremo 033-2002-MTC,
modicado por los Decretos Supremos Nº 021-2018-MTC
y 014-2019-MTC, Resolución Ministerial Nº 0828-2020-
MTC/01.02, modicado por Resolución Ministerial Nº 0731-
2023-MTC/01; y la Resolución Ministerial Nº 1016-2023-
MTC/01;
SE RESUELVE:
Artículo 1.- DESIGNAR, a la abogada ALESSANDRA
PATRICIA CUBAS SAENZ en el cargo de conanza de
ASESOR DE DIRECCIÓN EJECUTIVA del Proyecto
Especial de Infraestructura de Transporte Nacional
PROVÍAS NACIONAL del Ministerio de Transportes y
Comunicaciones.
Artículo 2.- NOTIFICAR la presente Resolución a
la abogada ALESSANDRA PATRICIA CUBAS SAENZ
y transcribirla a todas las Unidades Funcionales de
Administración Interna y de Línea y a las Unidades
Funcionales Desconcentradas (Unidades Zonales) del
Proyecto Especial de Infraestructura de Transporte
Nacional PROVÍAS NACIONAL, para su conocimiento y
nes pertinentes.
Regístrese, comuníquese y publíquese.
GLORIA MARIA DELGADO VERA
Directora Ejecutiva
Provias Nacional
2207051-1
ORGANISMOS REGULADORES
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA
INVERSIÓN EN ENERGÍA Y MINERÍA
Modiican el Reglamento de los Órganos
Resolutivos de Osinergmin aprobado por
Resolución de Consejo Directivo N° 044-
2018OS/CD y establecen otras disposiciones
RESOLUCIÓN DE CONSEJO DIRECTIVO
ORGANISMO SUPERVISOR DE LA INVERSIÓN
EN ENERGÍA Y MINERÍA OSINERGMIN
Nº 147-2023-OS/CD
Lima, 17 de agosto de 2023
VISTO:
El Memorándum Nº STOR-408-2023, elaborado por
la Secretaría Técnica de Órganos Resolutivos, mediante
el cual se somete a consideración del Consejo Directivo,
el proyecto normativo “Resolución de Consejo Directivo
que modica el Reglamento de Órganos Resolutivos de
Osinergmin, aprobado por Resolución Nº 044-2018-OS/
CD, a n de adecuarlo a lo dispuesto por el Decreto
Legislativo Nº 1555 y establece otras disposiciones”.
CONSIDERANDO:
Que, de acuerdo con el literal c) del numeral 3.1
del artículo 3 de la Ley Nº 27332, Ley Marco de los
Organismos Reguladores de la Inversión Privada en los
Servicios Públicos, la función normativa de los Organismos
Reguladores, entre ellos Osinergmin, comprende la
facultad exclusiva de dictar, en el ámbito y en materia de
su respectiva competencia, las normas que regulen los
procedimientos a su cargo, referidas a las obligaciones o
derechos de las entidades supervisadas o de sus usuarios;
Que, de la misma manera, el literal e) del mismo
numeral 3.1 prevé que al amparo de la función de
solución de controversias, los organismos reguladores
están facultados a conciliar intereses contrapuestos
entre entidades o empresas bajo su ámbito de
competencia, entre éstas y sus usuarios o de resolver los
conictos suscitados entre los mismos, reconociendo o
desestimando los derechos invocados;
Que, en ejercicio de la función normativa, mediante
Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2018-OS/CD,
publicada con fecha 14 de marzo de 2018, se aprobó el
Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin
que rige el funcionamiento, conformación y designación de
los órganos resolutivos, entre ellos, el Tribunal de Solución
de Controversias - TSC, la Junta de Apelaciones de
Reclamos de Usuarios - JARU y el Tribunal de Apelaciones
de Sanciones en Temas de Energía y Minería - TASTEM;
Que, el texto original del artículo 9 de la Ley Nº 27332,
establecía que los organismos reguladores contaban
con un Tribunal de Solución de Controversias, cuyos
vocales eran designados por Resolución Suprema de la
Presidencia del Consejo de Ministros;
Que, mediante Decreto Legislativo Nº 1555, publicado
en el diario ocial El Peruano el 11 de mayo de 2023,
se modicó el mencionado artículo 9, precisando que
corresponde al Consejo Directivo de cada organismo
regulador establecer las normas que rigen la conformación,
como las normas de rigen el funcionamiento de los
tribunales administrativos;
Que, en tal sentido, es necesario adecuar el
Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin,
aprobado por Resolución de Consejo Directivo Nº 044-
2018-OS/CD, a las disposiciones contenidas en el
Decreto Legislativo Nº 1555 para garantizar el ejercicio de
las funciones que le competen a los órganos resolutivos
y la continuidad en la tramitación de los procedimientos;
Que, asimismo por razones de predictibilidad, se ha
considerado conveniente establecer el procedimiento de
selección de los vocales de los órganos resolutivos de
Osinergmin, que uniformice las condiciones y parámetros
para la selección y designación de los miembros que
componen los tribunales administrativos de Osinergmin;
De conformidad con lo dispuesto en el inciso b) del
artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones
de Osinergmin, aprobado por Decreto Supremo
010-2016-PCM; con la conformidad de la Gerencia de
Asesoría Jurídica y la Gerencia General; y estando a lo
acordado por el Consejo Directivo de Osinergmin en su
Sesión Nº 25-2023.
SE RESUELVE:
Artículo 1.- Modicación del Reglamento de los
Órganos Resolutivos de Osinergmin aprobado por
Resolución de Consejo Directivo Nº 044-2018-OS/CD
Modicar los artículos 5, 7, 10, 11, 19, 20 y 28 del
Reglamento de los Órganos Resolutivos de Osinergmin,
aprobado por Resolución Nº 044-2018-OS/CD, en los
siguientes términos:
“Artículo 5.- Competencia de los Cuerpos
Colegiados de Solución de Controversias
Los Cuerpos Colegiados de Solución de Controversias
tienen competencia nacional para conocer y resolver en
primera instancia administrativa, las controversias que
surjan entre los agentes sujetos al ámbito de regulación
y supervisión de Osinergmin, entre dichos agentes y
los usuarios libres o consumidores independientes, así
como entre éstos, respecto de materias relacionadas con
aspectos técnicos o legales contenidos en la normativa,
en la regulación o en los contratos de concesión.
“Artículo 7.- Conformación de los Cuerpos
Colegiados de Solución de Controversias
7.1 El Secretario Técnico de los Órganos Resolutivos
presenta al Presidente del Consejo Directivo la propuesta
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 20/08/2023 00:19

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