Resolución Nº 1469-2022-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 27 de mayo de 2022

Número de resolución1469-2022-TCE-S4
Fecha27 Mayo 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1469-2022-TCE
-S4
Página 1 de 48
Sumilla: “(…) la nulidad es una figura jurídica que tiene por objeto
proporcionar a las Entidades, en el ámbito de la contratación
pública, una herramienta líc ita para sanear el procedimiento de
selección de cualquier irregularidad que pudiera viciar la
contratación, de modo que se logre un procedimiento transparente
y con todas las garantías previstas en la normativa de
contrataciones”.
Lima, 27 de mayo de 2022.
VISTO en sesión del 27 de mayo de 2022, de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 2440/2022.TCE, sobre el recurso de apelación
interpuesto por el postor COMERCIALIZADORA DE BIENES Y SERVICIOS WALLA E.I.R.L., en el
marco de la Adjudicación Simplificada Nº 01-2022-IEPM CMEA - Primera Convocatoria; y
atendiendo a los siguientes:
ANTECEDENTES
1. El 24 de marzo de 2022
1
, el GOBIERNO REGIONAL DE LAMBAYEQUE COLEGIO
MILITAR ELIAS AGUIRRE, convocó la Adjudicación Simplificada Nº 01-2022-IEPM
CMEA - Primera Convocatoria, efectuada para la contratación de
bienes: "Contratación de uniformes de gala para vestuario de cadetes de la IEPM
CMEA", con un valor estimado de S/ 336,252.00 (trescientos treinta y seis mil
doscientos cincuenta y dos con 00/100), en lo sucesivo el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo del Texto
Único Ordenado de la Ley de Contrataciones del Estado, aprobado por el Decreto
Supremo N° 082-2019-EF, en adelante la Ley, y; su Reglamento, aprobado por el
Decreto Supremo N° 344-2018-EF y sus modificatorias, en adelante el Reglamento.
El 4 de abril de 2022, se llevó a cabo la presentación de ofertas por vía electrónica y,
el 5 del mismo mes y año se notificó, a través del SEACE, el otorgamiento de la buena
1
Según la ficha del procedimiento de selección registrada en el SEACE.
Firmado digitalmente por PEREZ
GUTIERREZ Annie Elizabeth FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.05.2022 14:27:40 -05:00
Firmado digitalmente por CABRERA
GIL Cristian Joe FAU 20419026809
soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.05.2022 14:44:14 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1469-2022-TCE
-S4
Página 2 de 48
pro al postor CORPORACION UNIFORM S.A.C. (con R.U.C. N° 20557857592), en
adelante el Adjudicatario, por el monto de su oferta económica ascendente a
S/331,774.10 (trescientos treinta y un mil setecientos setenta y cuatro con 10/100
soles) conforme al siguiente detalle:
POSTOR
PRECIO
OFERTADO
(S/)
PUNTAJE
TOTAL
ORDEN DE
PRELACION
CORPORACION
UNIFORM S.A.C.
S/ 331,774.10
98.67
1
COMERCIALIZADORA DE BIENES Y
SERVICIOS WALLA E.I.R.L.
-
-
-
2. Mediante escrito N°1
2
, subsanado con escrito s/n
3
, presentados el 12 y 18 de abril de
2022, respectivamente, ante la Mesa de Partes Digital del Tribunal de Contrataciones
del Estado, en adelante el Tribunal, el postor COMERCIALIZADORA DE BIENES Y
SERVICIOS WALLA E.I.R.L. (con R.U.C. N°20603753641), en lo sucesivo el Impugnante,
interpuso recurso de apelación contra el otorgamiento de la buena pro en favor del
Adjudicatario, en base a los argumentos que se señalan a continuación:
Respecto a las irregularidades en el procedimiento de selección
Con fecha 4 de abril de 2022, su representada se apersonó a las instalaciones
del Colegio Militar Elías Aguirre (Entidad), con la finalidad de internar las
muestras requeridas en el marco del procedimiento de selección; para ello, se
entrevistaron con el Técnico Fredy Paytan Condori, quién les manifestó que,
por orden del directo de la institución educativa, sería el responsable de
recepcionar las muestras.
Ante ello, su representada expuso su disconformidad, toda vez que, conforme
a las bases integradas, las muestras debían ser entregadas e internadas en el
área de almacén de la Entidad.
Atendiendo a su requerimiento, se apersonó el responsable del área de
almacén, esto es, el señor Chapoñan, en compañía del Técnico Tineo (auxiliar
2
Obrante a fs. 3 del expediente administrativo (PDF).
3
Obrante a fs. 37 del expediente administrativo (PDF).
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1469-2022-TCE
-S4
Página 3 de 48
logístico), siendo que, este último, recién efectuó las coordinaciones para
conocer cuál era el procedimiento para la recepción de muestras (llamada
telefónica al personal del área de contrataciones al señor Julio Cesar Valqui
Rituay hora: 2:05pm), ya que eran los primeros postores que presentaban
las muestras requeridas en el procedimiento de selección.
Así, recién a las 2:20pm fueron internadas sus muestras ante el responsable
del área de almacén de la Entidad; y, habiendo permanecido en la entrada de
la Entidad (hasta el plazo máximo para el internamiento de muestras
3:00pm), verificaron que ningún postor, además de ellos, se apersonaron para
la presentación de estas.
No obstante lo señalado, con fecha 5 de abril de 2022, se publicó el acta de
otorgamiento de la buena pro a favor del Adjudicatario; pese a que dicho
postor no cumplió con presentar las muestras del producto que ofertaba
conforme a lo establecido en las bases integradas del procedimiento de
selección.
A través de la Carta N° 005 del 6 de abril de 2022, presentada en la misma
fecha (en horas de la mañana 11:20 am) ante la Entidad, requirieron al
comité de selección se le otorgue acceso al expediente de contratación; sin
embargo, se le indicó que debían esperar la orden del director de la
institución, el Coronel José Beder Felix Díaz, quien recién atendería su
requerimiento conjuntamente con su despacho a horas 5:00 pm.
Con fecha 7 de abril de 2022, en horas de la mañana se apersonaron a las
instalaciones de la Entidad, a fin de poder acceder al expediente de
contratación; sin embargo, se les comunicó que el director de la institución
aún no había concedido el acceso requerido; quien, además, no se encontraba
presente.
Asimismo, solicitó poder entrevistarse con responsables del área de
contrataciones (los señores Julio Cesar Valqui Rituay y/o Doris Magaly Huamní
León de Castillo); sin embargo, se les comunicó que estaban de permiso.
Atendiendo a lo hechos, desconocían cuándo podrían acceder a la revisión del
expediente de contratación; habiéndoseles comunicado únicamente que

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR