Resolución Nº 146-2017 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Resolución IGSE N° 146-2017-SMV/10.2)
Fecha | 16 Octubre 2017 |
Número de resolución | 146-2017 |
Emisor | Superintendencia del Mercado de Valores (Perú) |
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
AÑO DEL BUEN SERVICIO AL CIUDADANO
Resolución de Intendencia General de Supervisión
de Entidades Nº 146-2017-SMV/10.2
Lima, 16 de octubre de 2017
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente N° 2017027730 iniciado por Plan Rentable
Perú S.A.C. EAFC, así como el Informe N° 1067-2017-SMV/10.2 del 12 de octubre de
2017;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Superintendente N° 057-2015-
SMV/02 del 03 de junio de 2015 se autorizó el funcionamiento de Plan Rentable Perú
S.A.C. EAFC como empresa administradora de fondos colectivos;
Que, mediante escritos presentados hasta el 10 de
octubre de 2017, Plan Rentable Perú S.A.C. EAFC solicitó a la Superintendencia del
Mercado de Valores la autorización del programa a denominarse “Programa Especial
Plan 60” y su respectivo modelo de contrato;
Que, de la evaluación de la documentación presentada
se ha determinado que Plan Rentable Perú S.A.C. EAFC ha cumplido con lo dispuesto
por los artículos 20, 21, 22, 28 y 95 del Reglamento del Sistema de Fondos Colectivos
y de sus Empresas Administradoras, y ha cumplido con lo establecido por el Texto
Único de Procedimientos Administrativos de la Superintendencia del Mercado de
Valores, aprobado por Resolución de Superintendente N° 023-2015-SMV/02, para la
autorización del programa a denominarse “Programa Especial Plan 60” y su respectivo
modelo de contrato, así como para su inscripción en el Registro Especial de Otras
Entidades bajo competencia de la SMV; tal como se desarrolla en el Informe N° 1067-
2017-SMV/10.2 del 12 de octubre de 2017; y,
Estando a lo dispuesto por el artículo 38, numeral 5),
incisos ix) y x), del Reglamento de Organización y Funciones de la Superintendencia
del Mercado de Valores, aprobado por Decreto Supremo N° 216-2011-EF y su
modificatoria.
RESUELVE:
Artículo 1º.- Autorizar a Plan Rentable Perú S.A.C. EAFC
la administración del programa especial denominado
“
Programa Especial Plan 60
”
así
como el respectivo modelo de contrato y disponer su inscripción en el Registro
Especial de Otras Entidades bajo competencia de la SMV.
Artículo 2º.- Disponer la difusión de la presente
resolución en el Portal del Mercado de Valores de la Superintendencia del Mercado de
Valores (www.smv.gob.pe).
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