Resolución Nº 145-2022-OS/TASTEM-S del Organismo Superior de la Inversión en Energía y Minería, 06-07-2022

Número de resolución145-2022-OS/TASTEM-S
Fecha06 Julio 2022
TRIBUNAL DE APELACIONES DE SANCIONES
EN TEMAS DE ENERGÍA Y MINERÍA
OSINERGMIN
SALA 1
RESOLUCIÓN N° 145-2022-OS/TASTEM-S1
Lima, 06 de julio del 2022
VISTO:
El Expediente Nº 202100094853 que contiene el recurso de apelación interpuesto el 20 de mayo de
2022 por PluspetrolPerúCorporationS.A.(en adelante,PLUSPETROL), representada por el señor
Sergio Modonese Costa, contra la Resolución de División de Supervisión de Gas Natural Osinergmin
Nº 1041-2022-OS/DSGN de fecha 28 de abril de 2022, mediante la cual se le sancionó por incumplir
el Reglamento de Seguridad para las Actividades de Hidrocarburos, aprobado por Decreto Supremo
N° 043-2007-EM (en adelante, el Reglamento de Seguridad).
CONSIDERANDO:
ANTECEDENTES
1. Mediante la Resolución de División de Supervisión de Gas Natural Osinergmin Nº 1041-2022-
OS/DSGN de fecha 28 de abril de 2022, se sancionó a PLUSPETROL con una multa total de 310.74
(trescientos diez y setenta y cuatro centésimas) UIT, por haber incurrido en las siguientes
infracciones:
Ítem Infracción Sanción
UIT
1
La válvula de sectorización y control (válvula de compuerta) de 24 pulgadas de
marca Mueller, identificada con TAG VS02-044, instalada sobre la línea de la red
contra incendio al suroeste del tanque de almacenamiento de agua contra
incendio TKBJ 13050, no está listada y/o aprobada por UL, FM u otra entidad
equivalente aceptada por la autoridad competente.
Normas incumplidas: Artículo 80° del Reglamento de Seguridad para las
Actividades de Hidrocarburos1.
17.04
2
La válvula de sectorización y control (válvula de compuerta) de 30 pulgadas de
marca Mueller, identificada con TAG VS02-019, instalada sobre la línea de la red
contra incendio al oeste del tanque TKBJ 3010, no está listada y/o aprobada por
UL, FM u otra entidad equivalente aceptada por la autoridad competente.
17.04
1 REGLAMENTO DE SEGURIDAD PARA LAS ACTIVIDADES DE HIDROCARBUROS, APROBADO POR DECRETO SUPREMO N° 043-2007-EM.
Artículo 80.- Sistemas de prevención y extinción de incendios
80.1 Los equipos y agentes contra incendio deberán ser listados y aprobados en su eficiencia y calidad por la UL, FM u otra entidad
equivalente, aceptada por el INDECOPI.
(…)
Disposiciones Complementarias
(…) Tercera. - Para el caso de riesgos y situaciones de Seguridad y/o salud ocupacional no contemplados en el presente Reglamento, serán
de aplicación supletoria los dispositivos referidos a las normas y principios internacionales universalmente aceptados en la industria
petrolera que se detallan en los anexos del presente Reglamento, así como sus normas complementarias o modificatorias.
TRIBUNAL DE APELACIONES DE SANCIONES
EN TEMAS DE ENERGÍA Y MINERÍA - TASTEM
OSINERGMIN
SALA 1
RESOLUCIÓN N° 145-2022-OS/TASTEM-S1
2
Normas incumplidas: Artículo 80° del Reglamento de Seguridad para las
Actividades de Hidrocarburos
3
La válvula de sectorización y control (válvula de compuerta) de 30 pulgadas de
marca Mueller, sin identificación visible y que muestra sobre el cuerpo en alto
relieve la indicación C515 RW 2007, instalada sobre la línea de descarga del tanque
TKBJ-3050 que corresponde a la red contra incendio, no está listada y/o aprobada
por UL, FM u otra entidad equivalente aceptada por la autoridad competente.
Normas incumplidas: Artículo 80° del Reglamento de Seguridad para las
Actividades de Hidrocarburos
37.51
4
La válvula de sectorización y control (válvula de compuerta) de 20 pulgadas de
marca US PIPE, sin identificación visible, instalada sobre la línea de succión de la
bomba contra incendio identificada con TAG PBB-1260B, no está listada y/o
aprobada por UL, FM u otra entidad equivalente aceptada por la autoridad
competente.
Normas incumplidas: Artículo 80° del Reglamento de Seguridad para las
Actividades de Hidrocarburos
13.03
5
La válvula de sectorización y control (válvula de compuerta) de 20 pulgadas de
marca US PIPE, sin identificación visible, instalada sobre la línea de descarga de la
bomba contra incendio identificada con TAG PBB-1260B, no está listada y/o
aprobada por UL, FM u otra entidad equivalente aceptada por la autoridad
competente.
Normas incumplidas: Artículo 80° del Reglamento de Seguridad para las
Actividades de Hidrocarburos
13.03
6
La válvula de sectorización y control (válvula de compuerta) de 20 pulgadas de
marca US PIPE, sin identificación visible instalada sobre la línea de succión de la
bomba contra incendio identificada con TAG PBB-1260A, no está listada y/o
aprobada por UL, FM u otra entidad equivalente aceptada por la autoridad
competente.
Normas incumplidas: Artículo 80° del Reglamento de Seguridad para las
Actividades de Hidrocarburos
13.03
7
La válvula de sectorización y control (válvula de compuerta) de 20 pulgadas de
marca US PIPE, sin identificación visible, instalada sobre la línea de descarga de la
bomba contra incendio identificada con TAG PBB-1260A, no está listada y/o
aprobada por UL, FM u otra entidad equivalente aceptada por la autoridad
competente.
Normas incumplidas: Artículo 80° del Reglamento de Seguridad para las
Actividades de Hidrocarburos
13.03
8
La válvula de sectorización y control (válvula de compuerta) de 20 pulgadas de
marca US PIPE, sin identificación visible, instalada sobre la línea de succión de la
bomba contra incendio identificada con TAG PBB-1270B, no está listada y/o
aprobada por UL, FM u otra entidad equivalente aceptada por la autoridad
competente.
Normas incumplidas: Artículo 80° del Reglamento de Seguridad para las
Actividades de Hidrocarburos
13.03
9
La válvula de sectorización y control (válvula de compuerta) de 20 pulgadas de
marca US PIPE, sin identificación visible, instalada sobre la línea de descarga de la
bomba contra incendio identificada con TAG PBB-1270B, no está listada y/o
aprobada por UL, FM u otra entidad equivalente aceptada por la autoridad
competente.
Normas incumplidas: Artículo 80° del Reglamento de Seguridad para las
Actividades de Hidrocarburos
13.03

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