Resolución nº 145-2019-OEFA/TFA-SMEPIM, Tribunal de Fiscalización Ambiental, 18-03-2019

Fecha18 Marzo 2019
Número de resolución145-2019-OEFA/TFA-SMEPIM
EmisorSala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera
Tribunal
de
Fiscalización Ambiental
Sala Especializada
en
Minería, Energía,
Pesquería e Industria Manufacturera
RESOLUCIÓN 145-2019-OEFA/TFA-SMEPIM
1805-2018-OEFA/DFAI/PAS EXPEDIENTE
PROCEDENCIA DIRECCION DE FISCALIZACIÓN, SANCIÓN Y
ADMINISTRADO
SECTOR
APELACION
!'
APLICACIÓN DE INCENTIVOS1
PLUSPETROL NORTE S.A.
HIDROCARBUROS
'
,J
RESOLUCIÓN DIRECTORAL 3308-2018-OEFA/DFAI
SUMILLA:
Se declara la
nulidad
de la Resolución Subdirectora/
1333-2018-
OEFAIDFAI/SFEM
del
30
de abril de 2018 y la Resolución Directora/
3308-2018-
OEFAIDFAI
del
31 de diciembre de 2018; en
el
extremo en
.-
que
se
imputó y declaró
la existencia de
responsabilidad
administrativa de Pluspetrol Norte S.A. por la
conducta infractora detallada en
el
numeral
1 del Cuadro
1 de la presente
resolución;
por
haberse
emitido en vulneración de los principios de legalidad,
verdad
material,
causalidad
y presunción de licitud, contemplados en
el
TUO
de
la LPAG. En consecuencia,
se
debe retrotraer
el
presente procedimiento
sancionador
hasta
el
momento
en que
el
vicio
se
produjo.
Lima,
18
de marzo de 2019
l.
ANTECEDENTES
1.
El
22 de marzo de 1986, Petróleos del Perú -Petroperú S.A. y Occidental
Petroleum Corporation of Peru, Sucursal del Perú celebraron
el
Contrato de
El
21
de diciembre de 2017 se publicó
en
el
diario oficial El Peruano,
el
Decreto Supremo
013-2007-MINAM
mediante
el
cual se aprobó
el
nuevo Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Organismo de
Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) y
se
derogó
el
ROF aprobado mediante Decreto Supremo 022-
2009-MINAM. '
Cabe señalar que
el
procedimiento administrativo sancionador seguido en
el
Expediente 590 -2016-
OEFA/DFSAI/PAS fue iniciado durante
la
vigencia del ROF del OEFA aprobado mediante Decreto Supremo
022-2009-MINAM, en virtud del cual
la
Dirección de Fiscalización, Sanción y Aplicaci
ón
de Incentivos (DFSAI)
es órgano de línea encargado de dirigir, coordinar y controlar
el
proceso de fiscalización, sanción y aplicacióh de
incentivos; sin embargo, a partir de
la
modificación del ROF ,
su
denominación es
la
Dirección de Fiscalización y
Ap · ación de Incentivos (DFAI) .
Servicios Petroleros con Riesgo del Lote 1-AB2
-,
el
cual autorizaba a Occidental
Petroleum Corporation of Peru, Sucursal del Perú a operar
el
referido Lote.
2.
El
8
de
mayo de 2000, mediante
la
Cesión de Posición Contractual
en
el
Contrato
de
Servicios para
la
Explotación de Hidrocarburos
en
el
Lote 1-AB, Pluspetrol Perú
Corporation, Sucursal del Perú, tomó
la
posición contractual
de
Occidental
Peruana, lnc
.,
Sucursal del Perú , que absorbió a Occidental Petroleum
Corporation of Peru, Sucursal del Perú.
,,
3.
'
El
24
de
mayo de 2001, mediante
el
Decreto Supremo 022-2001-EM,
el
Ministerio de Energía y Minas (en adelante,
el
Minem) aprobó
la
Modificación del
Contrato de Servicios para
la
Explotación de Hidrocarburos
en
el
Lote 1-AB entre
Perupetro S.
A.
3 y Pluspetrol Perú Corporation S.A., donde
se
estableció
la
adecuación del Contrato
de
Servicios a
un
contrato de licencia y
se
aprobó
el
Contrato de Licencia para
la
Explotación de Hidrocarburos
en
el
Lote 1-AB.
4.
El
6
de
enero
de
2003
se
celebró
la
Modificación del Contrato de Licencia para
la
Explotación de Hidrocarburos
en
el
Lote 1-AB entre Perupetro S.A. y Pluspetrol
Norte, por medio del cual Pluspetrol Norte S.A. (en adelante, Pluspetrol Norte)
asumió todos los derechos y obligaciones de Pluspetrol Perú Corporation S.
A.
derivados de dicho contrato4
5.
El
Lote 1-AB5 de titularidad de Pluspetrol Norte6
se
encuentra ubicado
en
las
provincias de Datem del Marañón y Loreto, departamento
de
Loreto,
en
la
región
norte
de
la
Amazonia y comprende una extensión total
de
287,050 .906
ha
7.
6.
Los yacimientos petrolíferos que abarca
el
Lote 1-AB son los siguientes:
Capahuari Norte, Capahuari Sur, Huayuri, Dorissa, Jibarito-Jibaro, Shiviyacu,
Forestal, San Jacinto y Bartra.
Actualmente, Lote 1
92
.
En
el año 1993, mediante
la
Ley 26221 , Ley Orgánica de Hidrocarburos, se creó Perupetro S.A. , empresa
estatal que, entre otros, asumió todos los derechos y obligaciones del contratante (Petróleos del Perú -Petroperú
S.A.},
en
los contratos existentes, celebrados
al
amparo de los Decretos Leyes 22774, Nº 22775 y sus
modificatorias, así como
en
los convenios de evaluación técnica.
Los derechos y obligaciones del Contrato de Licencia para la Explotación de Hidrocarburos
en
el
Lote 1-AB
fueron asumidos por Pluspetrol Norte S.A.
en
virtud a la escisión parcial a cargo de Pluspetrol Perú Corporation
S.A., mediante
la
cual dicha empresa segregó
el
bloque patrimonial correspondiente a los activos, pasivos y
cuentas patrimoniales derivados del Contrato de Licencia antes mencionado, para transferírselos a Pluspetrol
Norte S.A.
Actualmente, Lote 192.
Registro Único de Contribuyente 20504311342.
Área de contrato de licencia para
la
explotación de hidrocarburos entre Perupetro S.A. y Pluspetrol Norte S.A.
Disponible
en
: ://www.perupetro.com.pe/wps/wcm/connecUcorporativo/5a34c534-
a31
c-4f11-98ee-
0b0d4c8b3c7/1 -ABM. df?MOD=AJPERES>. Consulta:
15
de marzo de 2018.
2

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