Resolución nº 143-2019-OEFA/TFA-SMEPIM, Tribunal de Fiscalización Ambiental, 18-03-2019

Fecha18 Marzo 2019
Número de resolución143-2019-OEFA/TFA-SMEPIM
EmisorSala Especializada en Minería, Energía, Pesquería e Industria Manufacturera
Tribunal
de
Fiscalización
Ambiental
Sala Especializada en Minería, Energía,
Pesquería e
Industria
Manufacturera
RESOLUCIÓN 143-2019-OEFA/TFA-SMEPIM
,¡.
EXPEDIENTE
PROCEDENCIA
ADMINISTRADO
SECTOR
APELACIÓN
. 2695-2017-OEFA/DFAI/PAS
DIRECCIÓN
DE
FISCALIZACIÓN Y APLICACIÓN
DE
INCENTIVOS
UNIÓN
DE
CERVECERÍAS PERUANAS BACKUS Y
JHONSTON S.A.A.
INDUSTRIA
"'
,
RESOLUCION DIRECTORAL
3378-2018-OEFA/DFAI
SUMILLA:
Se
confirma
la
Resolución
Directora/
3378-2018-OEFAIDFAI del
31
de
diciembre
de
2018 que
declaró
la existencia de
responsabilidad
administrativa,
de
Unión
de Cervecerías Peruanas
Backus
y
Johnston
S.A.A.
por
la
comisión
de
la
conducta
infractora
descrita
en
el
numeral
1
del
Cuadro 1 de la presente
resolución,
por
los
fundamentos
expuestos
en la
parte
considerativa.
Asimismo,
se
declara la
nulidad
de la
Resolución
Subdirectora/
420-2018-
OEFAIDFAI/SFAP
del
11
de
mayo
de 2018 y de la
Resolución
Directora/
3378-
2018-OEFAIDFAI
del
31
de
diciembre
de 2018, en
el
extremo
que
se
imputó y
declaró
la
existencia
de
responsabilidad
administrativa
de
Backus
por
la
comisión
de
las
conductas
infractoras
detalladas en
los
numerales
2,
3 y 4
del
Cuadro 1
y
determinó
el
dictado
de
las
medidas
correctivas
detalladas en
los
numerales
1,
2 y 3
del
Cuadro
2 de la
presente
resolución;
en consecuencia,
corresponde
archivar
el
presente
procedimiento
administrativo
sancionador
en
dichos
extremos,
por
los
fundamentos
expuestos
en la
parte
considerativa
de la presente
resolución.
Lima, 18 de marzo de 2019
l.
ANTECEDENTES
1. Unión de Cervecerías Peruanas Backus y Johnston S.A.A. 1 (en adelante , Backus)
es titular de
la
Planta Cusca ubicada
en
el
distrito, provincia y departamento de
Cusca (en adelante, Planta Cusco).
2.
La
Planta Cusca cuenta con los siguientes instrumentos de gestión ambiental:·
Registro Ún ico de Contribuyente 2010011361 O.
(i)
Estudio de Impacto Ambiental del «Proyecto Ampliación de
la
Infraestructura
y Aumento de Producción» de
la
Planta Cusco, aprobado mediante
la
Resolución Directora! 097-2013-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM del
26
de
diciembre de 2013
(en
adelante, EIA Planta Cusco).
(ii) Declaración de Impacto Ambiental del Proyecto «Ampliación de
la
Infraestructura y Mantenimiento para
el
Aumento de Producción» de
la
Planta Cusco, aprobada mediante
la
Resolución Directora! 356-2015-
PRODUCE/DVMYPE-I/DIGAAM del
31
de
agosto de 2015
(en
adelante, DIA
Planta Cusco).
(iii) Diagnóstico Ambiental Preliminar
de
la
Planta Cusco, aprobado mediante
la
Resolución Directora! 631-2015-PRODUCE/DVMYPE-I/DIGGAM del
31
de diciembre
de
2015
(en
adelante, DAP Planta Cusco).
3. Del 15
al
16
de agosto
de
2017,
la
Dirección de Supervisión (DS) del Organismo
de Evaluación y Fiscalización Ambiental (OEFA) realizó una supervisión regular
en
la
Planta Cusco (Supervisión Regular 2017) durante
la
cual
se
detectó
presuntos incumplimientos a las obligaciones ambientales fiscalizables a cargo de
Backus, tal como
se
desprende del Informe de Supervisión 646-2017-
OEFA/DS-IND del 1 O
de
octubre de 2017 (Informe de Supervisión)2.
4.
Sobre esa base,
la
Subdirección
de
Fiscalización
en
Actividades Productivas del
OEFA (SFAP) emitió
la
Resolución Subdirectora! 420-2018-OEFA/DFAI/SFAP
del
11
de
mayo
de
20183, a través
de
la
cual
se
inició
un
procedimiento
administrativo sancionador contra Backus.
5.
Luego
de
la
evaluación
de
los descargos formulados por
el
administrado4,
se
emitió
el
Informe Final
de
Instrucción 0483-2018-OEFA/DFAI/SFAP del 29 de
agosto
de
20185 (Informe Final de Instrucción).
6.
De
forma posterior, analizados los descargos
al
Informe Final
de
lnstrucción6,
la
Dirección
de
Fiscalización y Aplicación
de
Incentivos del OEFA (DFAI) emitió
la
Resolución Directora!
3378-2018-OEFA/DFAI del
31
de
diciembre de 20187,
mediante
la
cual declaró
la
existencia de responsabilidad administrativa de
Backus8, por las conductas infractoras detalladas
en
el
siguiente cuadro:
Folios 2 al 24.
Folios
44
al
49. Notificada el
31
de mayo de 2018 (Folio 50).
Folios
51
al
78. Escrito presentado
el
28 de junio de 2018.
Folios 79
al
97. Notificada
el
17 de setiembre de 2018 (Folio 98).
Folios 100
al
118. Escrito presentado el 5 de cotubre de 2018.
Folios 142
al
163. Notificada
el
10 de enero de 2019 (Folio 164).
En virtud de lo dispuesto en
el
artículo 19º de
la
Ley
30230, Ley que establece medidas tributarias,
simplificación de procedimientos y permisos para
la
promoción y dinamización de
la
inversión
en
el país:
2

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