Resolución Nº 1372-2021-TCE-S2, Tribunal de Contrataciones del Estado, 21 de junio de 2021

Número de resolución1372-2021-TCE-S2
Fecha21 Junio 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1372-2021-TCE-S2
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Sumilla: () la actuación del comité de selección ha restringido
indebidamente la participación de postores y la
competencia efectiva en el procedimiento de
selección, situación que redunda en perjuicio del
interés de la Entidad de contar con la oferta más
ventajosa que le permita el cumplimiento de sus fines
públicos.
Lima, 21 de junio de 2021.
VISTO en sesión de fecha 21 de junio de 2021 de la Segunda Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente Nº 3200/2021.TCE, sobre el recurso de
apelación interpuesto por la empresa DEFENSA PRIVADA S.A.C. - DEPRIVA S.A.C, en el
marco del Concurso Público N° 1-2021-SERPOST, convocado por el SERVICIOS POSTALES
DEL PERU S.A., para la contratación de servicios de "Vigilancia para las administraciones
postales de Arequipa, Chiclayo, Chimbote, Cusco y Trujillo", ítem N° 3; y, atendiendo a
los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. El 19 de marzo de 2021, la empresa SERVICIOS POSTALES DEL PERU S.A., en lo
sucesivo la Entidad, convocó el Concurso Público N° 1-2021-SERPOST, por relación
de ítems, para la contratación de servicios de "Vigilancia para las administraciones
postales de Arequipa, Chiclayo, Chimbote, Cusco y Trujillo", con un valor estimado
de S/ 989,393.76 (novecientos ochenta y nueve mil trescientos noventa y tres con
76/100 soles), en lo sucesivo el procedimiento de selección.
El ítem N° 3 tiene como objeto la contratación del Servicio de vigilancia en la
administración postal de Arequipa”, por un valor estimado de S/ 172,800.00
(ciento setenta y dos mil ochocientos con 00/100 soles).
El 23 de abril de 2021, se llevó a cabo la presentación electrónica de ofertas,
mientras que el 5 de mayo de 2021 se publicó en el SEACE la declaratoria de
desierto del ítem N° 3 del procedimiento de selección.
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 21.06.2021 22:29:42 -05:00
Firmado digitalmente por QUIROGA
PERICHE Carlos Enrique FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 21.06.2021 22:30:10 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 21.06.2021 23:12:30 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1372-2021-TCE-S2
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Cabe precisar que, en el documento denominado “Servicio de vigilancia en las
administraciones potables de Moquegua, Juliaca, Huancayo, Ica, Huánuco,
Tarapoto, Iquitos, Huacho, Piura, Tumbes, Tacna y Huaraz” publicado en el SEACE
el 5 de mayo de 2021, a través del cual se declaró desierto el ítem N° 3 del
procedimiento de selección, se precisó lo siguiente:
ÍTEM N°3. SERVICIO DE VIGILANCIA DE LA ADMINISTRACION POSTAL AREQUIPA
(…)
1) VIPER SECURITY SAC
2) EMPRESA DE SEGURIDAD Y VIGILANCIA PRIVADA SOCIEDAD ANONIMA
CERRADA ESGA S.A.C.
3) PACIFIC SECURITY INTERNACIONAL S.A.C.
4) DEFENSA PRIVADA S.A.C. DEPRIVA S.A.C.
5) EMPRESA DE VIGILANCIA ARMADA Y SERVICIOS VIGSER SOCIEDAD ANONIMA
CERRADA
6) INGENIERIA PREVENTIVA SOLUCION S.A.C. INGPREVENSO S.A.C.
7) CORPORACION WATCHMAN S.R.L.
8) SUDAMERICANA VIGILANCIA Y SERVICIOS ESPECIALIZADOS S.A.C.
9) CORPORACIÓN EMPRESARIAL C&Z S.A.C.
10) CENTRAL DE INTELIGENCIA PRIVADA DEL PERU SOCIEDAD
Los postores no presentan copia del Certificado de Salud Ocupacional del Personal
propuesto, siendo un requisito obligatorio del presente procedimiento, por lo que el
colegiado decide: Descalificar a todas las propuestas.
En consecuencia el Item 3 Servicio de Vigilancia para la Administración Postal Arequipa
se declara Desierto, conforme al artículo 65 del Reglamento de la Ley de Contrataciones
del Estado”. (sic)
2. Mediante escrito s/n, debidamente subsanado con escrito s/n, presentados el 17
y 19 de mayo de 2021, respectivamente, a la Mesa de Partes Virtual del Tribunal
de Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, la empresa DEFENSA
PRIVADA S.A.C. - DEPRIVA S.A.C, en adelante el Impugnante, interpuso recurso
de apelación contra la declaratoria de desierto del procedimiento de selección,
solicitando que se declare la nulidad de dicho acto y del Acta de evaluación y

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