Resolución Nº 137-2022-SUNEDU/CD de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 14-12-2022

Fecha14 Diciembre 2022
Número de resolución137-2022-SUNEDU/CD
Emisor Consejo Directivo (Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria de Perú)
“Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y Hombres”
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
“Año del bicentenario del Congreso de la República del Perú”
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RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 137-2022-SUNEDU/CD
EXPEDIENTE : N.° 067-2021-SUNEDU/02-14
IMPUTADA : UNIVERSIDAD CESAR VALLEJO S.A.C
MATERIA : INFRACCIÓN TIPIFICADA EN EL NUMERAL 3.1 DEL ANEXO DEL RIS,
APROBADO POR EL DECRETO SUPREMO N.° 018-2015-MINEDU
Lima, 14 de diciembre del 2022
SUMILLA: sancionar a la Universidad Cesar Vallejo S.A.C., con una multa total de S/ 88 170,74, por
incurrir en la conducta infractora tipificada en el numeral 3.1 del Anexo del Reglamento de
Infracciones y Sanciones de la Sunedu, aprobado por Decreto Supremo N° 018-2015-MINEDU, al
haber destinado los vehículos alquilados de placas de rodaje C8W967 y D7V780, para fines distintos
a los universitarios, durante el ejercicio 2018.
VISTOS:
Los actuados del procedimiento administrativo sancionador (en adelante, PAS) instruido por la
Dirección de Fiscalización y Sanción (en adelante, la Difisa) tramitado mediante Expediente N.° 067-
2021-SUNEDU/02-14 contra la Universidad Cesar Vallejo S.A.C. Anexo del Reglamento de
Infracciones y Sanciones de la Sunedu, aprobado por Decreto Supremo N.° 018-2015-MINEDU (en
adelante, el antiguo RIS); y,
CONSIDERANDO:
I. ANTECEDENTES
1.1. Informe de Resultados N.° 0408-2021-SUNEDU/02-13
1. El 10 de noviembre de 2021, la Dirección de Supervisión (en adelante, Disup) remitió el
Informe de Resultados N.° 0408-2021-SUNEDU/02-13, mediante el cual recomendó evaluar
el inicio de un PAS a la Universidad Cesar Vallejo S.A.C. (en adelante, UCV) pues, entre otros
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,
habría utilizado dos (02) vehículos alquilados para actividades que no contribuirían al
cumplimiento de una finalidad universitaria durante el 2018
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.
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En mérito al Informe de Resultados señalado, a la fecha, la Difisa cuenta con los siguientes expedientes en trámite:
084-2021-SUNEDU/02-14, 019-2022-SUNEDU/02-14, 020-2022-SUNEDU/02-14, 029-2022-SUNEDU/02-14 y 030-
2022-SUNEDU/02-14, en los que se analizan otros presuntos incumplimientos detectados a nivel de supervisión
relacionados al uso de predios, gastos y pagos varios, préstamos, inversiones, actividades comerciales, centros de
producción y falta de atención de requerimientos de información.
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Mediante Formato IM-03.1-VEHÍCULOS ALQUILADOS modificado, la UCV declaró ante la Disup contar con 78
vehículos alquilados. Al respecto, mediante Resolución N.° 006 se resolvió no iniciar un PAS respecto a: (i) 51 vehículos
operativos; y, (ii) 25 vehículos declarados solo en el 2017, respecto de los cuales no hay indicios suficientes de un uso
no universitario.
Firmado Digitalmente por:
MUNARRIZ INFANTE Fressia
Mercedes FAU 20600044975
soft
Motivo: Doy V°B°
Fecha: 14/12/2022 15:06:52
Firmado Digitalmente por:
ZEGARRA ROJAS Oswaldo
Delfin FAU 20600044975 soft
Motivo: Soy el autor del
documento
Fecha: 14/12/2022 15:50:34
“Decenio de la igualdad de Oportunidades para mujeres y Hombres”
Año del Fortalecimiento de la Soberanía Nacional
“Año del bicentenario del Congreso de la República del Perú”
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2. La Disup sustentó su recomendación en los hallazgos encontrados durante la supervisión
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a
la UCV sobre el uso dado a sus activos y excedentes para actividades que no contribuirían al
cumplimiento de una finalidad universitaria, durante los ejercicios 2017 y 2018.
1.2. Acciones preliminares de la Difisa
3. El 22 de marzo de 2022, la universidad atendió la solicitud formulada mediante Resolución
N.° 003
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y alcanzó información respecto al uso y gastos de los vehículos propios y alquilados
que mantenía.
1.3. Imputación de cargos
4. Mediante Resolución N.° 006 del 10 de junio de 2022, notificada el 14 de junio de 2022, se
inició un PAS contra la UCV, imputándole a título de cargo la presunta infracción tipificada en
el numeral 3.1 del Anexo del antiguo RIS
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. Ello, en tanto:
Cuadro N.° 01: Imputación de cargos
Hecho Imputado
Norma que tipifica la posible
infracción
Nivel de gravedad/posible
Sanción
Habría dado uso no
universitario a dos vehículos
alquilados, de placas de rodaje
C8W967 y D7V780, en tanto
fueron destinados a actividades
proselitistas del partido político
APP durante el periodo 2018.
Numeral 3.1 del Anexo del
Reglamento de Infracciones y
Sanciones de la Sunedu, aprobado
por Decreto Supremo N.° 018-
2015-MINEDU: “Utilizar directa o
indirectamente los activos de las
universidades privadas para fines
distintos a los universitarios”.
Infracción tipificada como muy
grave:
- Multa mayor de cien (100) UIT y
hasta trescientas (300) UIT; y/o
Cancelación de la licencia de
funcionamiento.
1.4. Descargos a la imputación
5. El 30 de junio de 2022, la UCV reconoció su responsabilidad por el hecho imputado en su
contra y solicitó que en caso se le imponga una multa, se cumpla con la reducción que
corresponda. Además, presentó un documento denominado “Instructivo de asignación de
uso, control y mantenimiento de vehículos de la Universidad Cesar Vallejo” (en adelante, el
instructivo), al cual se anexa un formato de requerimiento de servicio para uso de vehículo.
1.5. Informe Final de Instrucción
6. Mediante Informe Final de Instrucción N.° 015-2022-SUNEDU-02-14 del 22 de julio de 2022
(en adelante, el IFI), la Difisa recomendó:
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Para tal efecto, recabó info rmación mediante requerimientos diligenciados con oficios, así como supervisiones de
campo desarrolladas los días 10 al 16 de abril de 2019 en las ciudades de Trujillo y Lima, evaluando el Formato IM-
03.2-Vehículos Alquilados; y, Formato DJ Impuestos municipales y uso de bienes del año 2017 y 2018.
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Notificada el 15 de marzo de 2022.
5
El 20 de diciembre de 2015 entró en vigencia el Reglamento de Infracciones y Sanciones de la Sunedu, aprobado por

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