Resolucion N° 135-2023-SUNARP/SN. Autorizan la apertura y funcionamiento de la Oficina Desconcentrada del Registro de Predios de la Oficina Registral de Juliaca bajo la jurisdicción de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna

Fecha de publicación16 Agosto 2023
SecciónSección Única
55
NORMAS LEGALES
Miércoles 16 de agosto de 2023
El Peruano
/
SUPERINTENDENCIA NACIONAL
DE LOS REGISTROS PUBLICOS
Autorizan la apertura y funcionamiento de
la Oicina Desconcentrada del Registro de
Predios de la Oicina Registral de Juliaca
bajo la jurisdicción de la Zona Registral N°
XIII - Sede Tacna
RESOLUCIÓN DE LA SUPERINTENDENCIA
NACIONAL DE LOS REGISTROS PÚBLICOS
N° 135-2023-SUNARP/SN
Lima,14 de agosto de 2023
VISTOS:
Los Ocios 317-2022-SUNARP/ZRXIII/JZ de
fecha 02 de setiembre de 2022, N° 442-2022-SUNARP/
ZRXIII/JZ de fecha 21 de octubre de 2022 y
316-2023-SUNARP/ZRXIII/JZ de fecha 07 de julio de
2023, todos de la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna; los
Memorandos Múltiples N° 012-2022-SUNARP-OPPM de
fecha 08 de setiembre de 2022 y N° 018-2022-SUNARP-
OPPM de fecha 24 de octubre de 2022 y los Memorandos
N° 1232-2022-SUNARP/OPPM de fecha 03 de noviembre
de 2022 y N° 973-2023-SUNARP/OPPM de fecha 14
de julio de 2023, todos de la Ocina de Planeamiento,
Presupuesto y Modernización; los Memorandos
939-2022-SUNARP/DTR de fecha 30 de setiembre de
2022 y N° 1045-2022-SUNARP/DTR de fecha 01 de
noviembre de 2022, ambos de la Dirección Técnica
Registral; el Memorándum 1600-2022-SUNARP/
OA de fecha 25 de octubre de 2022, de la Ocina de
Administración; el Memorándum N° 1288-2022-SUNARP/
OTI de fecha 26 de octubre de 2022, de la Ocina de
Tecnologías de la Información; y, el Memorándum N°
574-2022-SUNARP/OAJ de fecha 28 de noviembre de
2022 y el Informe N° 668-2023-SUNARP/OAJ de fecha
20 de julio de 2023, ambos de la Ocina de Asesoría
Jurídica; y,
CONSIDERANDO:
Que, mediante la Ley 26366 se crea la
Superintendencia Nacional de los Registros Públicos -
Sunarp, Organismo Técnico Especializado adscrito al
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, que tiene
por objeto dictar las políticas técnico administrativas de
los Registros Públicos, estando encargada de planicar,
organizar, normar, dirigir, coordinar y supervisar la
inscripción y publicidad de los actos y contratos en los
Registros Públicos que integran el Sistema Nacional;
Que, mediante la Resolución N° 012-2015-SUNARP/
SN de fecha 23 de enero de 2015, se aprueba la
Directiva 002-2015-SUNARP/SN, denominada “Directiva
que establece lineamientos para la conversión de
Ocina Receptora a Ocina Registral y/o apertura y
funcionamiento desconcentrado de Registro o Sección
Registral”, cuyo cumplimiento es obligatorio en la Sede
Central y en las Zonas Registrales integrantes del Sistema
Nacional de los Registros Públicos;
Que, con Resolución N° 048-2022-SUNARP/SN de
fecha 11 de abril de 2022, se aprueba la actualización
de la Política del Sistema Integrado de Gestión - SIG de
la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos;
en ese sentido, la Sunarp se encuentra comprometida,
entre otros, a brindar servicios registrales de inscripción y
publicidad de actos, contratos, derechos y titularidades de
las personas, de manera oportuna, inclusiva, transparente,
predictible y eciente, a n de otorgar seguridad jurídica
al ciudadano, fortalecer sus derechos y satisfacer sus
requerimientos y expectativas;
Que, con Ocio 317-2022-SUNARP/ZRXIII/
JZ, la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, habiendo
determinado la necesidad de mejorar el servicio de
atención al ciudadano en la ciudad de Juliaca, realizó
la propuesta de apertura y funcionamiento de la Ocina
Desconcentrada del Registro de Predios de la Ocina
Registral de Juliaca. Para tal caso se adjuntó el respectivo
estudio técnico, el cual ha sido reformulado y remitido
a través del Ocio N° 316-2023-SUNARP/ZRXIII/JZ,
conforme a los lineamientos establecidos en la Directiva
002-2015-SUNARP/SN. Asimismo, en el estudio técnico
se precisa que la mencionada actividad operativa se
encuentra aprobada en el Plan Operativo Institucional -
POI 2023;
Que, al respecto, la Ocina de Planeamiento,
Presupuesto y Modernización, con Memorandos Múltiples
N° 012-2022-SUNARP-OPPM y N° 018-2022-SUNARP-
OPPM, hace suyo los Informes N° 228-2022-SUNARP/
OPPM/UPL y 290-2022-SUNARP/OPPM/UPL,
emitidos por la Unidad de Planeamiento, que contienen
la opinión favorable al estudio técnico remitido por
la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, que sustenta
satisfactoriamente la apertura y funcionamiento de la
Ocina Desconcentrada del Registro de Predios de la
Ocina Registral de Juliaca; derivando dicho estudio
técnico a las Ocinas de Administración, Tecnologías
de la Información y Dirección Técnica Registral para la
correspondiente evaluación y conformidad, en el marco
de lo dispuesto en el sub numeral 5.2.2 del numeral 5.2
del capítulo V de la Directiva 002-2015-SUNARP/SN;
Que, en atención a lo señalado en el
considerando precedente, mediante Memorándum
1600-2022-SUNARP/OA, la Ocina de Administración
emite opinión favorable y conformidad al estudio técnico
remitido por la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna, que
sustenta la propuesta;
Que, asimismo, a través del Memorándum
1288-2022-SUNARP/OTI, la Ocina de Tecnologías de
la Información remite y hace suyo el Informe Técnico
594-2022-SUNARP/OTI, que contiene la opinión
favorable respecto de la evaluación tecnológica incluida
en el estudio presentado por la Zona Registral N° XIII -
Sede Tacna, para la apertura y funcionamiento de la
Ocina Desconcentrada del Registro de Predios de la
Ocina Registral de Juliaca;
Que, por su parte, mediante el Memorándum
1045-2022-SUNARP/DTR, la Dirección Técnica Registral
brinda opinión favorable a la propuesta de apertura
y funcionamiento de la Ocina Desconcentrada del
Registro de Predios de la Ocina Registral de Juliaca
correspondiente a la Zona Registral N° XIII - Sede Tacna;
Que, a través de los Memorandos N° 1232-2022-SUNARP-
OPPM y 973-2023-SUNARP/OPPM, la Ocina de
Planeamiento, Presupuesto y Modernización remite a la
Ocina de Asesoría Jurídica el estudio técnico en mención,
con la documentación sustentatoria; a n que se proceda
a la revisión del citado estudio técnico que permita la
presentación de la Gerencia General a la Superintendencia
Nacional, a efecto de la consideración y eventual aprobación
del Consejo Directivo de la Sunarp;
Que, la Ocina de Asesoría Jurídica con el Informe N°
668-2023-SUNARP/OAJ, concluye que, resulta legalmente
viable la emisión del acto resolutivo que autorice la
apertura y funcionamiento de la Ocina Desconcentrada
del Registro de Predios de la Ocina Registral de
Juliaca correspondiente a la Zona Registral N° XIII -
Sede Tacna, al haberse cumplido con los presupuestos
contemplados en la Directiva 002-2015-SUNARP/SN,
denominada “Directiva que establece lineamientos para
la conversión de Ocina Receptora a Ocina Registral y/o
apertura y funcionamiento desconcentrado de Registro
o Sección Registral”, aprobada con Resolución
012-2015-SUNARP/SN;
Que, adicionalmente, el órgano de asesoramiento
señala que el acto resolutivo se deberá materializar
mediante una Resolución de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos, de conformidad con lo dispuesto
en el literal x) del artículo 11 del Texto Integrado del
Reglamento de Organización y Funciones de la Sunarp,
aprobado mediante la Resolución N° 035-2022-SUNARP/
SN, la cual tiene mérito para ser publicada en el Diario
Ocial El Peruano, según lo señalado en el Decreto
Supremo N° 001-2009-JUS;
Que, estando a lo dispuesto en el sub numeral 5.2.2
de la Directiva 002-2015-SUNARP/SN y lo señalado en
Firmado por: Editora
Peru
Fecha: 16/08/2023 00:38

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