Resolución Nº 1342-2019-ANA de Autoridad Nacional del Agua, 20-11-2019

Número de resolución1342-2019-ANA
Fecha20 Noviembre 2019
Número de expediente168111 -2019
MateriaProcedimiento Administrativo Sancionador
EmisorAutoridad Nacional del Agua (Perú)
PERU
Ministerio
de
Agricultura
y
Riego
Autoridad
Nacional
del
Agua
Tribunal
Nacional
Resolución
de
Controversias
Hídríca
'Decenio
de
la
Igualdad
de
oportunidad
para
mujeres
y
hombres'
'Año
de
la
Lucha
contra
la
Corrupción
y
la
Impunidad'
RESOLUCIÓN
N°/J
.2019.ANA/TNRCH
Lima.
20N0V.
2019
K
Conlto^
EXP.
TNRCH
CUT
IMPUGNANTE
MATERIA
ÓRGANO
UBICACIÓN
POLÍTICA
964-2019
168111
-2019
Silver
Hills
S.R.L,
Procedimiento
administrativo
sancionador
AAA
Marañón
Distrito
Provincia
Departamento
Cajamarca
Cajamarca
Cajamarca
SUMILLA:
Se
declara
de
oficio
la
caducidad
administrativa
del
procedimiento
administrativo
sancionador
instaurado
contra
Silver
Hills
S.R.L
a
través
de
la
Notificación
N"
103-2018-ANA-AAA-VI
M-ALA-POMABAMBA.
disponiéndose
el
archivo
de
dicho
procedimiento
y
dejéndose
sin
efecto
legal
la
Resolución
Directoral
N"
716-2019-ANA-AAA.M.
1.
RECURSO
ADMINISTRATIVO
Y
ACTO
IMPUGNADO
El
recurso
de
apelación
interpuesto
por
la
empresa
Silver
Hills
S.R.L.
contra
la
Resolución
Directoral
N°718-2019-ANA-AAA.M
de
fecha
26,07.2019,
mediante
la
cual
Autoridad
Administrativa
del
Agua
Marañón
le
impuso
una
multa
equivalente
a
489.63
UIT,
por
haber
incurrido
en
infracción
en
materia
de
recursos
hidricos
consistente
en
usar
el
agua
sin
el
correspondiente
derecho
o
autorización
de
la
Autoridad
Nacional
del
Agua.
DELIMITACIÓN
DE
LA
PRETENSIÓN
IMPUGNATORIA
Silver
Hills
S.R.L.
solicita
que
se
declare
fundado
su
recurso
de
apelación
interpuesto
contra
la
Resolución
Directoral
718-2019-ANA-AAA.M.
FUNDAMENTO
DEL
RECURSO
^a
impugnante
sustenta
su
recurso
de
apelación
alegando
que
efectivamente
vienen
utilizando
el
jurso
hidrico
de
la
quebrada
Garhuanga
en
virtud
de
la
Resolución
Administrativa
104-2018-
IiA-AAA.VIM-ALAP.
la
cual
autorizó
la
realización
de
estudios
hidricos
para
el
proyecto
denominado
„i.W'anta
de
Beneficio
Lodtmann";
siendo
que
dicho
estudio
contempló
la
captación
de
agua.
Asimismo,
señaló
que
la
multa
impuesta
ascendente
a
489.63
UIT
resulta
ser
desproporciona!
y
vulnera
los
principios
de
verdad
material
y
razonabilidad.
4.
ANTECEDENTES
Actuaciones
previas
al
inicio
del
procedimiento
administrativo
sancionador
4.1.
Mediante
el
Oficio
N"
640-2018-MP/FPEMA-HUARAZ-DF.ANCASH
(C.F.
2018-146)
ingresado
en
fecha
23.08.2018,
la
Fiscalía
Provincial
Especializada
en
Materia
Ambiental
Sede
Huaraz
convocó
a
la
Administración
Local
de
Agua
Pomabamba
a
participar
en
la
diligencia
de
constatación
Fiscal
que
se
realizaría
el
día
05.09.2018
en
el
lugar
denominado
Planta
Concentradora
de
minerales
Empresa
Silvers
Hills
S.R.L.
4.2.
La
Fiscal
Adjunta
provincial
de
la
Fiscalía
Provincial
Especializada
en
Materia
Ambiental
Sede
Huaraz
y
la
Administración
Local
de
Agua
Pomabamba,
llevaron
a
cabo
la
verificación
técnica
programada
el
día
05.09.2018
en
la
quebrada
Garhuanga,
ubicada
en
el
sector
Garajilca,
bf.rRANCl
AUSiCiei'S'villA
LCUUZA

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