Resolución Nº 133-2015-SMV/10.2 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Resolución IGSE N° 133-2015-SMV/10.2)

Número de resolución133-2015-SMV/10.2
Fecha24 Diciembre 2015
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
de Economía y Finanzas
SMV
Superintendencia del Mercado
de Valores
DECENIO DE LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD EN EL PERÚ - AÑO DE LA DIVERSIFICACIÓN PRODUCTIVA Y DEL FORTALECIMIENTO DE LA EDUCACIÓN
Resolución de Intendencia General de Suoervisión
de Entidades Nº 133-2015-SMV/10.2
Lima, 24 de diciembre de 2015
El Intendente General de Supervisión de Entidades
VISTOS:
El Expediente Nº 2015038765 iniciado por Scotia Fondos
Sociedad Administradora de Fondos S.A. y el Informe N° 1035-2015-SMV/10.2 del 16
de diciembre de 2015 de la Intendencia General de Supervisión de Entidades;
CONSIDERANDO:
Que, el artículo 50 del Reglamento de Fondos Mutuos de
Inversión en Valores y sus Sociedades Administradoras, aprobado por Resolución
CONASEV N° 068-2010-EF/94.01.1 y sus modificatorias, ha previsto los requisitos que
deberá presentar una sociedad administradora de fondos a efectos de obtener
autorización para proceder a la fusión de fondos mutuos;
Que, mediante Resolución CONASEV 159-98-
EF/94.10 del 24 de noviembre de 1998 se autorizó el funcionamiento de Sudameris
Perú S.A. Sociedad Administradora de Fondos, hoy denominada Scotia Fondos
Sociedad Administradora de Fondos S.A., para administrar fondos mutuos de inversión
en valores;
Que, mediante Resolución Directoral de Patrimonios
Autónomos N° 17-2011-EF/94.06.2 del 09 de junio de 2011 se dispuso la inscripción
del fondo mutuo de inversión en valores denominado “Scotia Fondo Mixto Balanceado
S/. FMIV” y a través de Resolución Gerencia General N° 51-2007-EF/94.06.2 del 29 de
marzo de 2007 se dispuso la inscripción del fondo mutuo de inversión en valores
denominado “Scotia Fondo Mixto Balanceado FMIV”, en el Registro Público del
Mercado de Valores;
Que, Scotia Fondos Sociedad Administradora de Fondos
S.A. solicitó autorización para llevar a cabo una fusión por absorción en la que el fondo
mutuo de inversión en valores denominado “Scotia Fondo Mixto Balanceado S/. FMIV”
será absorbido por el fondo mutuo de inversión en valores denominado “Scotia Fondo
Mixto Balanceado FMIV”;
Que, de la evaluación de la información y documentación
presentada hasta el 10 de diciembre de 2015 se ha determinado que Scotia Fondos
Sociedad Administradora de Fondos S.A. ha cumplido con los requisitos necesarios
para llevar a cabo la fusión de los fondos mutuos de inversión en valores denominados
“Scotia Fondo Mixto Balanceado S/. FMIV” y “Scotia Fondo Mixto Balanceado FMIV”,
para lo cual presentó la información y documentación exigida por el artículo 50° del
Reglamento de Fondos Mutuos de Inversión en Valores y sus Sociedades
Administradoras, así como lo señalado en el Texto Único de Procedimientos
Administrativos de la Superintendencia del Mercado de Valores, aprobado por
Resolución de Superintendente N° 023-2015-SMV/02; tal como se desarrolla en el
Informe N° 1035-2015-SMV/10.2;
Que, el fondo mutuo de inversión en valores denominado
“Scotia Fondo Mixto Balanceado S/. FMIV” será absorbido y se extinguirá tras la
entrada en vigencia de la fusión, en consecuencia, su patrimonio
así como sus

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