Resolución nº 1324-2021-MP-FN de Fiscalía de la Nación, 01-10-2021

JurisdicciónPerú
Fecha01 Octubre 2021
W
I3Zf
-2021-MP-FN
Lima, O 1
OCl.
2021
VISTO:
El
informe
n.o
001-2021-MP-FN-OFAEC, de fecha
29 de setiembre
de
2021, emitido por
el
señor Noam Dante Valentín López Villanes,
Administrador (e) de
la
Oficina de Análisis Estratégico Contra
la
Criminalidad,
en
su
calidad
de secretario técnico de
la
"Comisión encargada de evaluar técnicamente
la
respuesta del
Ministerio Público frente a los delitos del patrimonio cultural y patrimonio paleontológico del
Perú a nivel nacional",
y;
CONSIDERANDO:
Mediante Resolución de
la
Fiscalía de
la
Nación
n.o
1174-2021-MP-FN,
de
fecha
18
de agosto de 2021, se conforma
la
"Comisión encargada
de
evaluar técnicamente
la
respuesta del Ministerio Público frente a los delitos del
patrimonio cultural y patrimonio paleontológico del Perú a nivel nacional". Sobre
el
particular,
el
artículo tercero
de
dicha resolución dispone que
la
referida comisión deberá elevar
al
Despacho de
la
Fiscalía de
la
Nación,
un
informe técnico, a más tardar hasta
el
01
de
octubre de 2021.
A través del informe
n.o
001-2021-MP-FN-OFAEC,
de fecha 29
de
setiembre de 2021,
el
señor Noam Dante Valentín López Villanes,
en
su
calidad
de
secretario técnico, informa acerca
de
las actividades que los integrantes
de
la
referida comisión vienen adoptando para
el
cumplimiento de
su
finalidad. Asimismo,
en
cumplimiento de los acuerdos arribados por los integrantes de dicha comisión, solicita
la
ampliación del plazo señalado
en
el
artículo tercero de
la
Resolución de
la
Fiscalía
de
la
Nación
n.o
1174-2021-MP-FN,
de
fecha
18
de agosto de 2021, hasta
el
quince (15)
de
octubre
de
2021, a
fin
de
que se continue
con
el
trabajo de consolidación y sistematización
del informe técnico final que vienen elaborando.
En
ese sentido, se
ha
visto por conveniente
aceptar
el
requerimiento de ampliación de plazo solicitado por
la
"Comisión encargada de
evaluar técnicamente
la
respuesta del Ministerio Público frente a los delitos del patrimonio
cultural y patrimonio paleontológico del Perú a nivel nacional"; razón por
la
cual,
corresponde emitir
el
acto resolutivo correspondiente.
En
uso de
las
atribuciones conferidas por
el
artículo 64° de
la
Ley Orgánica del Ministerio Público, aprobada por Decreto Legislativo
n.
0
052
y sus modificatorias,
y;

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