Resolución Nº 1316-2021-TCE-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 9 de junio de 2021

Número de resolución1316-2021-TCE-S3
Fecha09 Junio 2021
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 01316-2021-TCE-S3
Sumilla: Corresponde imponer sanción al Contratista , por
presentar documentos falsos a la Entidad, toda
vez que el presunto suscrip tor del certificado de
sanidad y de inspección sanitaria ha negado que el
sello y firma le correspondan; razón por lo cu al, se
ha acreditado el quebrantamiento del principio de
presunción de veracidad.
Lima, 9 de junio de 2021
VISTO en sesión de fecha 9 de junio de 2021 de la Tercera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, al Expediente 2435/2018.TCE, el procedimiento
administrativo sancionador instaurado en contra del señor Arturo Pascual Gutiérrez
Porras, por su supuesta responsabilidad al haber presentado documentos falsos o
adulterados e información inexacta, en el marco de la Adjudicación Simplificada N° 02-
2018-AS-SBH Primera convocatoria, convocada por la Sociedad de Beneficencia
Pública de Huancayo; y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. El 26 de febrero de 2018, la Sociedad de Beneficencia Pública de Huancayo, en
adelante la Entidad, convocó la Adjudicación Simplificada N° 02-2018-AS-SBH
Primera convocatoria
1
, para la “Contratación de carnes en general para
alimentación de residentes de los hogares y beneficiarios de comedores de la
Sociedad de Beneficencia de Huancayo, con un valor estimado de S/ 92,527.30
(noventa y dos mil quinientos veintisiete con 30/100 soles), en adelante el
procedimiento de selección.
El procedimiento de selección fue convocado bajo el marco normativo de la Ley
N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, modificada mediante Decreto
Legislativo N° 1341, en lo sucesivo la Ley y su Reglamento, aprobado por Decreto
Supremo Nº 350-2015-EF y modificado por el Decreto Supremo N° 056-2017-EF,
en lo sucesivo el Reglamento.
1
Según obra en el SEACE, se aprecia que la nomenclatura correcta es Adjudicación Simplificada N°
03-2018-AS-SBH Primera convocatoria; sin embargo, de acuerdos a términos de la bases
integradas y los anexos adjuntos del citado procedimiento de selección se consignó con la
nomenclatura de Adjudicación Simplificada N° 02-2018-AS-SBH Primera convocatoria.
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 09.06.2021 14:18:23 -05:00
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 09.06.2021 15:49:34 -05:00
Firmado digitalmente por QUIROGA
PERICHE Carlos Enrique FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 09.06.2021 17:53:16 -05:00

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