Resolución Nº 1296-2010-TC-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 30 de junio de 2010

Número de resolución1296-2010-TC-S4
Fecha30 Junio 2010
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1296-2010-TC-S4
Sumilla: “(…) este Colegiado considera que la Entidad al no
haber cumplido con citar al Postor en plazo
establecido por el Reglamento y, al ser ello un
presupuesto para atribuir responsabilidad al
Postor, debe considerarse entonces que no
corresponde sancionar al Postor por su supuesta
responsabilidad consistente en no haber suscrito el
contrato derivado de la obtención de la buena pro
del Proceso de Adquisición Nº 001-2008-CA-MPP”
Lima, 30 de Junio de 2010
VISTO en sesión de fecha 30 de junio de 2010 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado el Expediente № 1814/2009.TC, sobre el procedimiento
administrativo sancionador iniciado en contra de la Asociación Agrícola “Valle del Quiroz”
por su supuesta responsabilidad en la falta de suscripción del contrato derivado de la
Adquisición 480 TM de Arroz Pilado № 001-2008-CA-MPP, infracción tipificada en el literal
a) del artículo 30 del Reglamento del Programa Nacional Complementario de Asistencia
Alimentaria, aprobado por Decreto Supremo 002-2004-MIMDES., y atendiendo a los
siguientes:
ANTECEDENTES:
1.
1.
Con fecha 13 de mayo de 2008, la Municipalidad Provincial de Piura, en lo sucesivo
la Entidad, convocó el Proceso de Adquisición 001-2008-CA-MPP, para la
“Adquisición de Arroz Pilado Corriente Mejorado
”, proceso de selección convocado
bajo el ámbito de la Ley 277671 y su Reglamento, aprobado mediante Decreto
Supremo 002-2004-MINDES. El valor referencial del referido proceso ascendía a S/.
1’152,000.00 (Un millón ciento cincuenta y dos mil con 00/100 Nuevos Soles),
incluido el Impuesto General a las Ventas (IGV).
2.
2.
El 27 de mayo de mayo de 2008 se llevó a cabo el acto de presentación de
propuestas y el otorgamiento de la buena pro, resultando ganadores la Asociación
Zapatera Chapica Centro Poblado Zapatera, y La Asociación Productores San
Sebastián Alto Piura. No obstante ello, las mencionadas asociaciones no se
acercaron a suscribir el contrato respectivo, razón por la cual, mediante Acta Nº 04-
2008-CAPANOA2 de fecha 02 de junio de 2008 se invitó a los postores que ocuparon
los siguientes lugares en el orden de prelación para suscribir contrato.
1 Ley del Programa Nacional Complementario de Asistencia Complementaria.
2 Documento obrante a fojas Nº 008 del expediente.
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