RESOLUCION Nº 129-2015/SGOPCYCU/MDB - Aprueban habilitación urbana nueva de terreno ubicado en el distrito

Fecha de disposición20 Agosto 2015
Fecha de publicación20 Agosto 2015
559595
NORMAS LEGALES
Jueves 20 de agosto de 2015
El Peruano
/
MUNICIPALIDAD DE BARRANCO
Aprueban habilitación urbana nueva de
terreno ubicado en el distrito
SUBGERENCIA DE OBRAS PRIVADAS,
CATASTRO Y CONTROL URBANO
RESOLUCION DE SUB GERENCIA
Nº 129-2015/SGOPCYCU/MDB
Barranco, 21 de julio de 2015
VISTOS: La solicitud presentada por la empresa
CIUDARIS CONSULTORES INMOBILIARIOS S.A.
debidamente representada por don Ricardo Javier
Arbulú Soto, identif‌i cado con DNI Nº 09534473, en
calidad Gerente General, signado mediante expediente
Nº 7395-C-2014; solicita la aprobación del proyecto de
Habilitación Urbana Nueva del Lote acumulado para uso
Residencial de Densidad Media (RDM) ubicado en la
Av. República de Panamá Nº 308 esquina con la Av. El
Sol, Urbanización Fundo Tejada, del distrito de Barranco
provincia y departamento de Lima, con un área de terreno
de 2,870.952 m2, inscrito en la Partida Electrónica Nº
13020260 del registro de predios de la Zona Registral IX
- Sede Lima; y,
CONSIDERANDO:
Que, según lo dispuesto en los artículos 194º y 195
de la Constitución Política del Perú, las municipalidades
provinciales y distritales son órganos de gobierno local,
tienen autonomía política, económica y administrativa
en los asuntos de su competencia; asimismo promueven
el desarrollo y la economía local, y la prestación de los
servicios públicos de su responsabilidad, en armonía
con las políticas y planes nacionales y regionales de
desarrollo y son competentes para desarrollar y regular
Ios servicios en materia de educación, salud, vivienda,
medio ambiente, entre otros;
Que la Ley 27972 Ley Orgánica de Municipalidades
señala en su artículo 1 del Título Preliminar señala
que los gobiernos locales son entidades, básicas de la
organización territorial del Estado y canales inmediatos
de participación vecinal en los asuntos públicos, que
institucionalizan y gestionan con autonomía los intereses
propios de las correspondientes colectividades; siendo
elementos esenciales del gobierno local, el territorio, la
población y la organización, además las municipalidades
provinciales y distritales son los órganos de gobierno
promotores del desarrollo local, con personería jurídica de
derecho público y plena capacidad para el cumplimiento
de sus f‌i nes.
Que la Ley 29090, en el artículo 3º -def‌i niciones-
def‌i ne la habilitación urbana como “el proceso de convertir
un terreno rústico o eriazo mediante la ejecución de obras
de accesibilidad, asimismo en el Decreto Supremo Nº
008-2013-Vivienda señala el proceso y el procedimiento
de las habilitaciones urbanas en los artículos 16°, 17º,
25º y el artículo 33º para la obtención de la licencia de
Habilitación Urbana Modalidad C con evaluación previa
del proyecto por Comisión Técnica;
Que, el administrado ha cumplido con acreditar
la propiedad e inscripción del terreno objeto de la
Habilitación Urbana, el mismo que corre inscrito en la
Partida Nº 13020260 del registro de predios de la Zona
Registral IX - Sede Lima de la Superintendencia Nacional
de los Registros Públicos - SUNARP, según lo señalado
en la Ley 29090 y sus modif‌i catorias y complementarias
concordando con el Decreto Supremo Nº 008-2013-
Vivienda, el presente procedimiento de Habilitación
Urbana se encuentra bajo la modalidad C, por lo cual,
su calif‌i cación, evaluación y aprobación corresponde
a la Municipalidad Distrital; asimismo se establece un
f‌i cit de aportes según los planos y memoria descriptiva
presentado, correspondiente a recreación pública 70.35
m2, así como un déf‌i cit correspondiente a Ministerio de
Educación de 20.10 m2, los cuales serán redimidos en
dinero, de acuerdo con lo establecido en los artículos 8° y
10º de la Ordenanza Nº 836-MML.
Que mediante Acta de Verif‌i cación y Dictamen fecha
06 de Octubre del 2014, la Comisión Técnica dictaminó
CONFORME la presente habilitación del predio constituido
por el lote acumulado de la parcelación del Fundo Tejada,
distrito de Barranco, con frente a la Av. República de
Panamá Nº 308 y esquina Av. Prolongación El Sol con un
área de terreno de 2,870.952 m2 e inscrito en la Partida
Electrónica Nº 13020260 del registro de predios de la
Zona Registral IX - Sede Lima, estableciéndose el déf‌i cit
de aportes obligatorios para zonif‌i cación comercio zonal
en Parques Zonales (5%) 90.31m2 , Renovación Urbana
(3%) 55.98 m2 y para el aporte de Servicios Públicos
complementarios (2%) 37.32 m2, los cuales serán
redimidos en dinero de conformidad con la ordenanza N°
836-MML y sus modif‌i catorias Ordenanza Nº 996-MML y
Ordenanza Nº 1236-MML.
Que, mediante Liquidación 001-2015-SGOPYCU-
GDU-MBA se calculó el déf‌i cit de Aportes por Servicios
Públicos Complementarios y Aportes por otros Fines del
2% de otros usos del Área Bruta y de acuerdo al Peritaje
N°0001-2015-SGOPCYCU-GDU-MDB por un área de
57.42 m2, se estableció la suma de S/. 24,862.86 Nuevos
Soles, acreditando el pago mediante recibo de caja
N°0000680152 de fecha 15 de Julio del 2015.
Que la Empresa recurrente ha cumplido con
presentar la documentación pertinente y acreditar los
pagos estipulados por el Texto Único de Procedimientos
Administrativos - TUPA y;
De acuerdo a las consideraciones expuestas y en
uso de las facultades conferidas en el Artículo 194º y
195º de la Constitución Política del Perú, de conformidad
con lo previsto en la Ley Nº 29792 - Ley Orgánica
de Municipalidades, Ley 27444 y Reglamento de
Organizaciones y Funciones de la Municipalidad Distrital
de Barranco.
SE RESUELVE:
Primero.- APROBAR la Habilitación Urbana Nueva -
Modalidad C - para uso Residencial de Densidad Media
(RDM) del área de terreno 2,870.952 m2, del predio
ubicado en la Av. República de Panamá Nº 308 esquina
con la Av. El Sol, Urbanización Fundo Tejada, del distrito
de Barranco, inscrito en la Partida Nº 13020260 del
registro de predios de la Zona Registral IX - Sede Lima,
de conformidad con los planos aprobados (Lámina U-01,
Lámina HU-01, Lámina HU-02) que forman parte del
presente expediente.
Segundo.- AUTORIZAR a la empresa CIUDARIS
CONSULTORES INMOBILIARIOS S.A. a ejecutar en un
plazo de 36 meses a partir de la recepción de la presente
resolución, las obras de Habilitación Urbana del terreno
de 2,870.952 m2, cuyos proyectos se aprueban, debiendo
sujetarse a los planos f‌i rmados y sellados por la Gerencia
de Desarrollo Urbano de acuerdo a las especif‌i caciones
siguientes:
Cuadro de áreas.-
Area bruta total 2,870.952m2
Area de Afectación Cedida a vías 0.00m2
Area Afecta de la Av. República de Panamá 24. 14m2
Area afecta de la Av. Prolongación El Sol 0.00m2
Area útil 2,846.81m2
Aportes reglamentarios. - El área afectada a aportes
es igual al área bruta de 2,870.952k m2 de conformidad
con la Ordenanza N° 836-MML, para una Habilitación
Urbana con Zonif‌i cación Comercio Zonal (CZ) los aportes
son los siguientes:
Aporte Reglamentario % Área Proyecto f‌i cit de
Aporte
Parques Zonales 5% 90.31 m2 - 90.31 m2
Renovación urbana 3% 55.98 m2 - 55.98 m2
Servicio Público Complementario 2% 37.32 m2 - 37.32 m2
Total 10% 186.61 m2 - 186.61 m2
Aporte Reglamentario % Área Proyecto f‌i cit de
Aporte
Recreación pública 7% 70.35 m2 - 70.35 m2m2
NL20150820.pdf 49 8/20/2015 8:13:22 AM

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