Resolución Nº 1279-2020-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 30 de junio de 2020

Número de resolución1279-2020-TCE-S4
Fecha30 Junio 2020
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1279-2020-TCE-S4
Página 1 de 56
Sumilla: "Debe tenerse en cuenta que la infracción consistente en
presentar documentos falsos, en la que han incurrido los
integrantes del Consorcio vulneran el principio de
presunción de veracidad e integridad, los cuales deben
regir a to dos los actos vinculados a las contratacione s
públicas; dichos principios, junto a la fe pública,
constituyen bienes jurídicos merecedores de protección
especial, pues constituyen los pilares de las relacion es
suscitadas entre la Administración Pública y los
administrados.”
Lima, 30 de junio de 2020.
VISTO en sesión del 30 de junio de 2020 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 1707/2019.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador seguido contra el CONSORCIO CONSTRUCTORA E
INVERSIONES Y SERVICIOS MULTIPLES ROMAH S.A.C. - REPRESENTACIONES MAZAGUI
S.A.C. conformado por las empresas Constructora e Inversiones y Servicios Múltiples
Romah S.A.C. y Representaciones Mazagui S.A.C., por haber presentado documentos
falsos ante el MINISTERIO DE SALUD - MINSA, en el marco de la Adjudicación Directa
Selectiva N° 040-2014-MINSA Primera Convocatoria; infracción que estuvo tipificada
en el literal j) del numeral 51.1 del artículo 51 del Decreto Legislativo N° 1017,
modificada por la Ley N° 29873, Ley de Contrataciones del Estado; y, atendiendo a los
siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. El 24 de setiembre de 2014, el Ministerio de Salud MINSA, en adelante la
Entidad, convocó la Adjudicación Directa Selectiva N° 040-2014-MINSA Primera
Convocatoria, para la Contratación del servicio de mantenimiento integral del
sistema de tratamiento de filtración de agua estéril Tipo II del Instituto de Salud
del Niño-Sede Breña en el marco del Decreto de Urgencia N° 001-2014”, con un
valor referencial ascendente a S/ 77,244.22 (Setenta y siete mil doscientos
cuarenta y cuatro con 22/100 soles), en adelante el proceso de selección.
Dicho proceso de selección fue convocado bajo la vigencia de la Ley de
Contrataciones del Estado, aprobada mediante el Decreto Legislativo N° 1017,
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.06.2020 18:54:06 -05:00
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.06.2020 19:52:47 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 30.06.2020 21:05:02 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1279-2020-TCE-S4
Página 2 de 56
modificado mediante la Ley N° 29873, en adelante la Ley, y su Reglamento,
aprobado por el Decreto Supremo N° 184-2008-EF y sus modificatorias, en
adelante el Reglamento.
El 16 de octubre de 2014, se llevó a cabo el acto de presentación de propuestas y
el 21 del mismo mes y año se otorgó la buena pro a favor del CONSORCIO
CONSTRUCTORA E INVERSIONES Y SERVICIOS MULTIPLES ROMAH S.A.C. -
REPRESENTACIONES MAZAGUI S.A.C. conformado por las empresas Constructora
e Inversiones y Servicios Múltiples Romah S.A.C. y Representaciones Mazagui
S.A.C., en adelante el Consorcio, por el monto de S/ 77,000.00 (Setenta y siete
mil con 00/100 soles).
El 6 de noviembre de 2014, la Entidad y el Consorcio suscribieron el Contrato N°
377-2014-MINSA, en lo sucesivo el Contrato.
2. Mediante Carta N° 00013-2019-APT
1
, presentada el 30 de abril de 2019 ante la
Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el
Tribunal, la empresa Air Perú Travels S.A.C. denunció que la empresa
Constructora e Inversiones y Servicios Múltiples Romah S.A.C., presentó
documentación falsa en el proceso de selección, específicamente al haber
presentado un contrato de locación de servicio de mantenimiento de
infraestructura y mantenimiento de edificaciones en general (Contrato N° 005-
2010), el cual en realidad no habría suscrito.
3. A través del Decreto del 15 de mayo de 2019
2
, se admitió a trámite la solicitud de
aplicación de sanción y se requirió a la Entidad que, previamente, remita un
informe técnico legal elaborado por su área legal, en el que se pronuncie sobre la
responsabilidad administrativa del Consorcio, adjuntando copia legible y
completa de los supuestos documentos falsos y/o información inexacta,
debiendo indicar si la supuesta falsedad o inexactitud generó un perjuicio y/o
daño a la Entidad.
1
Obrante a folio 1 del expediente administrativo
2
Obrante a folio 2 del expediente administrativo
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1279-2020-TCE-S4
Página 3 de 56
4. Mediante el Oficio N° 360-2019-OGA/MINSA
3
del 21 de junio de 2019, la Entidad
remitió la información que le fue requerida, adjuntando el Informe N° 365-2019-
OGAJ/MINSA del 20 del mismo mes y año emitido por la Dirección de Asesoría
Jurídica, en el que señaló lo siguiente:
i) En mérito de la Carta N° 13-2019-APT, la empresa Air Perú Travels S.A.C.
comunicó al Tribunal que el Consorcio presentó documentos falsos
como parte de su oferta en el marco del proceso de selección,
precisando que el Contrato N° 005-2010 no fue suscrito por dicha
empresa.
ii) Atendiendo a ello, la Entidad requirió información a la empresa Air Perú
Travels S.A.C., para que informe sobre la veracidad de los siguientes
documentos:
- Contrato 005-2010, sobre locación de servicio de
mantenimiento de infraestructura y mantenimiento de
edificaciones en general para la empresa Air Perú Travels S.A.C.,
suscrito entre esta última y la Constructora e Inversiones y Servicio
Múltiples Romah S.A.C.
- Acta de Entrega y Conformidad N° 0003 del 28 de marzo de 2011
suscrito por el Gerente General de Air Perú Travels S.A.C. a favor
de la Constructora e Inversiones y Servicios Múltiples Romah
S.A.C., relativa al Contrato N° 005-2010.
- Constancia de Prestación N° 0007-2011-APT-ADM suscrita por el
Gerente General de Air Perú Travels S.A.C. a favor de la empresa
Constructora e Inversiones y Servicios Múltiples Romah S.A.C.,
derivada del Contrato N° 005-2010.
3
Obrante a folio 17 del expediente administrativo.

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR