Resolución Nº 126-2021-SUNEDU/CD de Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria, 15-11-2021

Fecha15 Noviembre 2021
Número de resolución126-2021-SUNEDU/CD
Emisor Consejo Directivo (Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria de Perú)
PERÚ
Ministerio de Educación
Superintendencia Nacional de Educación
Superior Universitaria
Decenio de la Igualdad de Oportunidades para mujeres y hombres”
“Año del Bicentenario del Perú: 200 años de Independencia”
1
RESOLUCIÓN DEL CONSEJO DIRECTIVO N° 126-2021-SUNEDU/CD
Lima, 15 de noviembre de 2021
VISTOS:
La Solicitud de Modificación de Licencia Institucional (en adelante, SMLI) con Registro de Trámite
Documentario (en adelante, RTD) 034274-2021-SUNEDU-TD del 9 de julio de 2021, presentada por
la Universidad Peruana Cayetano Heredia (en adelante, la Universidad); y, el Informe Técnico de
Modificación de Licencia043-2021-SUNEDU-02-12 del 5 de noviembre de 2021 de la Dirección de
Licenciamiento (en adelante, la Dilic).
CONSIDERANDO:
1. Antecedentes
De acuerdo con el artículo 13 de la Ley N° 30220, Ley Universitaria (en adelante, la Ley
Universitaria), la Superintendencia Nacional de Educación Superior Universitaria (en adelante, Sunedu)
es responsable del licenciamiento para el servicio educativo superior universitario, entendiéndose al
licenciamiento como el procedimiento administrativo que tiene como objetivo verificar el cumplimiento
de las Condiciones Básicas de Calidad (en adelante, CBC) para ofrecer el servicio educativo superior
universitario y autorizar su funcionamiento.
El numeral 15.1 del artículo 15 de la Ley Universitaria, establece que la Sunedu es la autoridad
competente para aprobar o denegar las solicitudes de licenciamiento de universidades, filiales,
facultades, escuelas y programas de estudio conducentes a grado académico.
El Capítulo IV del “Reglamento del Procedimiento de Licenciamiento Institucional”, aprobado
mediante Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD
1
(en adelante, Reglamento de
Licenciamiento), establece el procedimiento de modificación de la licencia institucional que permite a
la Sunedu verificar y garantizar que la modificación solicitada no incida negativamente en las CBC que la
Universidad acreditó a nivel institucional.
Mediante Resolución del Consejo Directivo N° 029-2016-SUNEDU/CD del 25 de julio de 2016,
publicada el 27 de julio de 2016 en el Diario Oficial “El Peruano”, se otorgó a la Universidad la licencia
institucional para ofrecer el servicio educativo superior universitario en su sede y dos locales, con una
vigencia de diez (10) años, reconociéndose que su oferta educativa está compuesta por noventa y siete
(97) programas de estudios, de los cuales veinticuatro (24) conducen a grado académico de bachiller y
a título profesional, sesenta y tres (63) a grado académico de maestro, y diez (10) a grado académico de
doctor.
1
Aprobado por Resolución del Consejo Directivo N° 008-2017-SUNEDU/CD, publicada el 14 de marzo de 2017 en el Diario Oficial El
Peruano y modificada mediante Resoluciones del Consejo Directivo N° 048-2018-SUNEDU/CD, N° 063-2018-SUNEDU/CD, N° 096-
2019-SUNEDU/CD, N° 139-2019-SUNEDU/CD, N° 105-2020-SUNEDU/CD, N° 049-2021-SUNEDU/CD y 091-2021-SUNEDU/CD,
publicadas en el Diario Oficial “El Peruano” el 31 de mayo de 2018, el 29 de junio de 2018, el 23 de julio de 2019, el 31 de octubre
de 2019, el 25 de agosto de 2020, el 8 de mayo de 2021 y 3 de septiembre de 2021, respectivamente.

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