Resolucion N° 123-2023-CG. Aprueban la Directiva N° 004-2023-CG/PREVI “Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”

Fecha de publicación06 Abril 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 5 de abril de 2023

VISTOS:

La Hoja Informativa N° 000055-2023-CG/PREVI, de la Subgerencia de Prevención e Integridad; el Memorando N° 000036-2023-CG/GPREADES, de la Gerencia de Prevención y Auditoría de Desempeño; la Hoja Informativa N° 000079-2023-CG/NORM, de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental; el Memorando N° 000317-2023-CG/GJNC, de la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental de la Contraloría General de la República;

CONSIDERANDO:

Que, conforme a lo previsto en el artículo 82 de la Constitución Política del Perú, la Contraloría General de la República es una entidad descentralizada de Derecho Público que goza de autonomía conforme a su Ley Orgánica; asimismo, es el órgano superior del Sistema Nacional de Control, que tiene como atribución supervisar la legalidad de la ejecución del presupuesto del Estado, de las operaciones de la deuda pública y de los actos de las instituciones sujetas a control;

Que, el artículo 6 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, precisa que el control gubernamental consiste en la supervisión, vigilancia y verificación de los actos y resultados de la gestión pública, en atención al grado de eficiencia, eficacia, transparencia y economía en el uso y destino de los recursos y bienes del Estado, así como del cumplimiento de las normas legales y lineamientos de política y planes de acción, evaluando los sistemas de administración, gerencia y control, con fines de su mejoramiento a través de la adopción de acciones preventivas y correctivas pertinentes; siendo que el control gubernamental es interno y externo y su desarrollo constituye un proceso integral y permanente;

Que, en los literales t) y u) del artículo 22 de la Ley
N° 27785, se señala que es atribución de la Contraloría General de la República la emisión de disposiciones y/o procedimientos para implementar operativamente medidas y acciones contra la corrupción administrativa, a través del control gubernamental, promoviendo una cultura de honestidad y probidad de la gestión pública, así como la adopción de mecanismos de transparencia e integridad al interior de las entidades, considerándose el concurso de la ciudadanía y organizaciones de la sociedad civil; y, establecer los procedimientos necesarios para que los titulares de las entidades rindan cuenta oportuna ante el Órgano Rector, por los fondos o bienes del Estado a su cargo, así como de los resultados de su gestión;


Que, conforme a los artículos 1 y 3 de la Ley N° 31559, Ley que crea el Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado, ésta tiene por finalidad impulsar la transparencia y la rendición de cuentas en las entidades del Estado; teniendo como ámbito de aplicación a todas las entidades sujetas a control por el Sistema Nacional de Control, de conformidad con lo establecido en el artículo 3 de la Ley N° 27785; estableciendo para tal efecto que, la Contraloría General de la República crea, administra, da acceso a las entidades, capacita al personal responsable de alimentar el indicado Registro, publica en su portal web institucional, y supervisa y controla el Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado, así como el cumplimiento de la referida ley;

Que, con Resolución de Contraloría N° 310-2022-CG, de fecha 27 de setiembre de 2022, se aprobó la Directiva N° 022-2022-CG/ANDAT “Disposiciones sobre el Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”, a mérito de la Única Disposición Complementaria Final de la Ley N° 31559, documento normativo que reguló el proceso de registro de información, estructura del contenido, responsabilidades, actividades y publicidad sobre contratos de consultoría, asesoría, estudios técnicos, supervisiones, proyectos, investigaciones, auditorías, diseños, inspecciones y similares, para las entidades sujetas a control, realizadas por personas naturales o jurídicas, independientemente de la modalidad de contratación;

Que, de acuerdo al literal a) del artículo 105 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República aprobado mediante Resolución de Contraloría Nº 179-2021-CG y sus modificatorias, la Subgerencia de Prevención e Integridad es responsable de formular y proponer documentos normativos y demás instrumentos que promuevan y permitan, entre otros, el Registro de Información para el Control de Consultoría en el Estado, en las entidades sujetas al Sistema Nacional de Control:

Que, en dicho contexto, mediante Hoja Informativa N° 000055-2023-CG/PREVI, la Subgerencia de Prevención e Integridad propone y sustenta técnicamente la necesidad de emitir una Directiva denominada “Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”, a fin de dinamizar el proceso de Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado con el Sistema Informático administrado por la Contraloría General de la República, efectuando el reordenamiento de roles, responsabilidades y, estableciendo un nuevo cronograma para el registro de información de los contratos de consultorías; siendo que dicha propuesta cuenta con la conformidad de la Gerencia de Prevención y Auditoría de Desempeño y de la Vicecontraloría de Integridad y Control a través del Memorando N° 000036-2023-CG/GPREADES y el Proveído N° 000748-2023-CG/VCIC, respectivamente; asimismo, mediante Memorando N° 000139-2023-CG/MODER, la Subgerencia de Modernización ha otorgado la vialidad técnica al proyecto de documento normativo;

Que, conforme a lo señalado por la Gerencia de Asesoría Jurídica y Normatividad en Control Gubernamental, mediante Memorando N° 000317-2023-CG/GJNC, sustentada en los argumentos expuestos en la Hoja Informativa N° 000079-2023-CG/NORM, de la Subgerencia de Normatividad en Control Gubernamental, se considera jurídicamente viable la emisión de la Resolución de Contraloría que aprueba la Directiva denominada “Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”, y deja sin efecto la Resolución de Contraloría N° 310-2022-CG que aprobó la Directiva N° 022-2022-CG/ANDAT “Disposiciones sobre el Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”;

De conformidad con la normativa antes señalada, y en uso de las facultades previstas en el artículo 32 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, y sus modificatorias, así como lo dispuesto por el literal u) del artículo 7 del Reglamento de Organización y Funciones de la Contraloría General de la República, aprobado por Resolución de Contraloría N° 179-2021-CG, y sus modificatorias;

SE RESUELVE:

Artículo 1.- Aprobar la Directiva N° 004-2023-CG/PREVI “Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”, que en Anexo forma parte integrante de la presente Resolución.

Artículo 2.- Establecer que la Contraloría General de la República, a través de la Plataforma Digital Única del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloria), comunicará la habilitación del aplicativo informático, a fin de que las entidades que se encuentren en el alcance de la Directiva aprobada en el artículo 1 de la presente Resolución, realicen las actividades que correspondan a través del referido el aplicativo informático.

Artículo 3.- Dejar sin efecto la Resolución de Contraloría
N° 310-2022-CG que aprobó la Directiva N° 022-2022-CG/ANDAT “Disposiciones sobre el Registro para el Control de Contratos de Consultoría en el Estado”.

Artículo 4.- Publicar la presente Resolución y su Anexo en el Diario Oficial El Peruano, en el Portal del Estado Peruano (www.gob.pe/contraloría), y en la Intranet de la Contraloría General de la República.

Regístrese, comuníquese y publíquese.

NELSON SHACK YALTA

Contralor General de la República

ÍNDICE

1. FINALIDAD

2. OBJETIVOS

3. ALCANCE

4. SIGLAS Y REFERENCIAS

5. BASE NORMATIVA

6. DISPOSICIONES GENERALES

6.1 Competencia de la Contraloría

6.2 Principios

6.3 Sistema de Registro para el Control de Contratos de Consultoría del Estado - SIRICC

6.4 Acciones previas en el SIRICC

6.5 Obligaciones en el proceso de registro de contratos de consultoría

6.5.1 Del Titular de la entidad

6.5.2 Del responsable de la Oficina de Abastecimiento o la que haga sus veces

6.5.3 Del operador u operadores de la Oficina de Abastecimiento o la que haga sus veces

6.5.4 Del Funcionario Responsable de Transparencia

6.6 Responsabilidades en el proceso de registro de contratos de consultoría

6.7 De la intervención de la Contraloría

6.7.1 De la Contraloría

7. DISPOSICIONES ESPECÍFICAS

7.1 Proceso de registro para el control de contratos de consultoría

7.1.1 Generación de credenciales de acceso al SIRICC

7.1.2 Registro de los contratos de...

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