Resolucion N° 122-2023-SUNARP/SN. Autorizan transferencia financiera a favor de la Contraloría General de la República

Fecha de publicación18 Julio 2023
SecciónSeparatas de Normas Legales
Lima, 17 de julio de 2023

VISTOS; el Oficio N° 000556-2023-CG/GAD del 31 de mayo de 2023, de la Gerencia de Administración de la Contraloría General de la República; el Memorándum N° 949-2023-SUNARP/OPPM del 11 de julio de 2023 y Memorándum N° 975-2023-SUNARP/OPPM e Informe Técnico N° 25-2023-SUNARP/OPPM/UP, ambos del 14 de julio de 2023, de la Oficina de Planeamiento, Presupuesto y Modernización; el Informe Técnico N° 129-2023-SUNARP/OA del 12 de julio de 2023, de la Oficina Administración; y, el Informe N° 651-2023-SUNARP/OAJ del 14 de julio de 2023, de la Oficina de Asesoría Jurídica; y,

CONSIDERANDO:

Que, mediante Resolución de la Superintendencia Nacional de los Registros Públicos N° 175-2022-SUNARP/SN del 30 de diciembre de 2022, se aprobaron los recursos que financian el Presupuesto Institucional de Apertura - PIA de Gastos correspondiente al Año Fiscal 2023, del Pliego 067: Superintendencia Nacional de los Registros Públicos – SUNARP, en el marco de la Ley N° 31638, Ley de Presupuesto del Sector Público para el Año Fiscal 2023;

Que, el artículo 20 de la Ley N° 27785, Ley Orgánica del Sistema Nacional de Control y de la Contraloría General de la República, modificado por el artículo 3 de la Ley N° 30742, Ley de Fortalecimiento de la Contraloría General de la República y del Sistema Nacional de Control, dispone que la designación de las Sociedades de Auditoría se efectúa previo concurso público de méritos, y son contratadas por la Contraloría General de la República para examinar las actividades y operaciones de las entidades, opinar sobre la razonabilidad de sus estados financieros, así como evaluar la gestión, captación y uso de los recursos asignados a las mismas;

Que, conforme al mencionado dispositivo legal, las entidades del Gobierno Nacional, los Gobiernos Regionales y los Gobiernos Locales quedan autorizados para realizar transferencias financieras con cargo a su presupuesto institucional a favor de la Contraloría General de la República para cubrir los gastos que se deriven de la contratación de las Sociedades de Auditoría (SOA), previa solicitud de la Contraloría General de la República, bajo exclusiva responsabilidad del Titular del pliego así como del jefe de la Oficina de Administración y del jefe de la Oficina de Presupuesto o las que hagan sus veces en el pliego;

Que, asimismo, el precitado artículo dispone que las transferencias financieras se aprueban mediante resolución del Titular del pliego en el caso del Gobierno Nacional, requiriéndose en todos los casos el informe previo favorable de la Oficina de Presupuesto o la que haga sus veces en la entidad; precisándose que la resolución del Titular del pliego se publica en el Diario Oficial El Peruano;

Que, mediante Resolución de Contraloría N° 237-2021-CG del 04 de...

Para continuar leyendo

Solicita tu prueba

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR