Resolución Nº 1219-2020-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 22 de junio de 2020

Número de resolución1219-2020-TCE-S4
Fecha22 Junio 2020
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1219-2020-TCE-S4
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Sumilla: Debe tenerse en consideración que las infracciones
consistentes en presentar d ocumentos falsos e información
inexacta, en las que han incurrido los integrantes del
consorcio, vulnera los principios de presunción de veracidad
e integ ridad, los cu ales deben regir a todos los actos
vinculados a las contrataciones públicas; dichos principios,
junto a la fe pública, constituyen bienes jurídicos
merecedores de protección especial, pues constituyen los
pilares de las relaciones suscitadas entre la Administración
Pública y los administrados.”
Lima, 22 de junio de 2020
VISTO en sesión del 22 de junio de 2020 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 614/2019.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador seguido contra el CONSORCIO RAMADILLA integrado por
las empresas M&L SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES S.A.C., MEGACONSTRUCCIONES
E.I.R.L., MANCOLLKA S.A.C. y el señor CARLOS OVIDIO SALAS HURTADO, por haber
presentado documentación falsa e información inexacta ante el GOBIERNO REGIONAL
DE HUANCAVELICA- sede central, en el marco de la Licitación Pública Nº 008-2018-
GOB.REG.HCA/CS - Primera Convocatoria, para la contratación del Creación y
mejoramiento del camino vecinal entre Santa Rosa de Acora - San José de Challaca -
Ramadilla, de los distritos de San Francisco de Sangayaico, Santiago de Chocorvos, Ayavi
y Huaytara, provincia de Huaytara - Huancavelica; infracciones que estuvo tipificadas
en los literales “j” y “i” del numeral 50.1 del artículo 50 de la Ley de Contrataciones del
Estado, Ley N° 30225, modificada mediante Decreto Legislativo N° 1341; y, atendiendo
a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. El 12 de octubre de 2018, el GOBIERNO REGIONAL DE HUANCAVELICA - Sede
Central, en adelante la Entidad, convocó la Licitación Pública Nº 008-2018-
GOB.REG.HCA/CS - Primera Convocatoria, para la Creación y mejoramiento del
camino vecinal entre Santa Rosa de Acora - San José de Challaca - Ramadilla, de
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 22.06.2020 22:54:52 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 22.06.2020 22:56:04 -05:00
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 22.06.2020 22:57:59 -05:00
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los distritos de San Francisco de Sangayaico, Santiago de Chocorvos, Ayavi y
Huaytara, provincia de Huaytara - Huancavelica, por un valor referencial de S/ 15
711,219.08 (Quince millones setecientos once mil doscientos diecinueve con
08/100 soles), en adelante el procedimiento de selección.
Dicho procedimiento de selección fue convocado bajo la vigencia de la Ley de
Contrataciones del Estado, aprobada mediante la Ley N° 30225, modificada por el
Decreto Legislativo N° 1341, en adelante la Ley; y, su Reglamento, aprobado por
el Decreto Supremo 350-2015-EF, modificado por el Decreto Supremo
N° 056-2017-EF, en adelante el Reglamento.
El 7 de diciembre de 2018, se llevó a cabo el acto de presentación de ofertas, y el
12 del mismo mes y año, se otorgó la buena pro a favor del CONSORCIO
RAMADILLA conformado por las empresas M&L SERVICIOS Y CONSTRUCCIONES
S.A.C., MEGACONSTRUCCIONES E.I.R.L., MANCOLLKA S.A.C. y el señor CARLOS
OVIDIO SALAS HURTADO, en adelante El Consorcio, por el monto de S/ 15
710,219.08 (Quince millones setecientos diez mil doscientos diecinueve con
08/100 soles).
El 18 de enero de 2019, la Entidad y el Consorcio, suscribieron el Contrato N° 06-
2019/ORA, por la suma adjudicada.
2. El 15 de febrero de 2019, la Entidad presentó el formulario de “Solicitud de
aplicación de sanción Entidad/Tercero ante la Oficina Desconcentrada del OSCE
ubicada en la ciudad de Huancavelica, ingresado el 19 del mismo mes y año ante
la Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en adelante el
Tribunal, denunciando que el Consorcio presentó documentación falsa o
adulterada en el marco del procedimiento de selección.
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A efectos de argumentar su posición, adjuntó el Informe 001-
2019/GOB.REG.HVCA/ORA-avqc del 14 del mismo mes y año
1
, en el cual indicó lo
siguiente:
Señaló que el 12 de diciembre de 2018 se otorgó la Buena Pro a favor del
Consorcio.
El 25 de enero de 2019 el Consorcio presentó ante mesa de partes de la
Entidad la solicitud de Adelanto Directo del 10% del monto contratado (S/
1`571,021.91), sustentándolo mediante una Carta Fianza Nº E0067-00-2019
emitida por la compañía SECREX CESCE.
En el marco de la fiscalización posterior, el 5 de febrero de 2019 la Entidad
remitió el Oficio Nº 022-2019/GOB.REG-HVCA/GGR-ORA-OE a la compañía
SECREX CESCE a fin de verificar la emisión y la vigencia de la Carta Fianza Nº
E0067-00-2019.
El 6 de febrero de 2019, la compañía SECREX CESCE respondió a su consulta
mediante carta “DL 016-2019”, refiriendo que no emitió la referida carta
fianza.
Por ello, considera que dicha Carta Fianza es un documento falso.
3. Con decreto del 28 de febrero de 2019, se dispuso iniciar procedimiento
administrativo sancionador contra los integrantes del Consorcio, por su presunta
responsabilidad en la comisión de la infracción tipificada en el literal j) del numeral
50.1 del artículo 50 de la Ley, al haber presentado, como parte de la ejecución
contractual, supuesta documentación falsa o adulterada consistente y/o
contenida en:
1
Obrante en los folios 5 del expediente administrativo.

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