Resolución Nº 117-2016 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Intralot de Perú S.A., disponen la inscripción de las acciones comunes con derecho a voto representativas del capital social en el Registro Público del Mercado de Valores, a cargo de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV)

Fecha28 Octubre 2016
Número de resolución117-2016
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELACONSOLIDACIÓNDELMARDEGRAU
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Resolución de Intendencia General SMV
117-2016-SMV/11.1
Lima, 28 de octubre de 2016
El Intendente General de Supervisión de Conductas
VISTOS:
El expediente Nº 2016024585, así como el Informe
Interno N° 869-2016-SMV/11.1 del 27 de octubre de 2016 de la Intendencia General
de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de
Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, mediante escritos presentados el 22 de junio y el 06
de julio de 2016, Intralot de Perú S.A. solicitó a la Superintendencia del Mercado de
Valores – SMV, a través del sistema de Ventanilla Única, la inscripción de las acciones
comunes con derecho a voto representativas de su capital social en el Registro
Público del Mercado de Valores a cargo de la Superintendencia del Mercado de
Valores – SMV y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima S.A.A.;
Que, de la revisión efectuada a la información y
documentación presentada, se ha verificado que en Junta General de Accionistas de
Intralot de Perú S.A. del 16 de junio de 2016, se acordó la inscripción de la totalidad de
las acciones emitidas por la referida sociedad en el Registro Público del Mercado de
Valores y en el Registro de Valores de la Bolsa de Valores de Lima, a fin de incorporar
dichos valores a la negociación bursátil;
Que, de conformidad con lo dispuesto por el artículo 7,
numeral 7.3, del Reglamento de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el
Registro Público del Mercado de Valores y en la Rueda de Bolsa, aprobado por
Resolución Nº 031-2012-SMV/01 y sus normas modificatorias, la Bolsa de Valores de
Lima, mediante Carta GC-T-262/2016 del 30 de junio de 2016, remitió a la SMV las
conclusiones de su evaluación a la documentación e información presentada por
Intralot de Perú S.A. para efectos del trámite;
Que, el 21 de octubre de 2016, Intralot de Perú S.A.
culminó con subsanar las observaciones formuladas por la SMV, completando los
requisitos de documentación e información exigidos por el artículo 8 del Reglamento
de Inscripción y Exclusión de Valores Mobiliarios en el Registro Público del Mercado
de Valores y en la Rueda de Bolsa;
Que, de acuerdo con lo establecido en los artículos 3 y
215 de la Ley del Mercado de Valores, Decreto Legislativo N° 861 y sus normas
modificatorias, carece de efectos jurídicos cualquier limitación a la libre transmisibilidad
de los valores contenida en el estatuto, así como una vez inscritos los valores en el
Registro Público del Mercado de Valores, prevalecerá el registro contable de la
institución de compensación y liquidación de valores, respecto de cualquier otro
registro de la sociedad emisora de dichos valores;

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