Resolución Nº 113-2016 de Superintendencia de Mercados y Valores. ( Maestro Perú S.A., disponen la exclusión del Registro Público del Mercado de Valores a cargo de la Superintendencia del Mercado de Valores - SMV, de los valores mobiliarios denominados "6.75% Senior Notes due 2019")

Fecha24 Octubre 2016
Número de resolución113-2016
EmisorSuperintendencia del Mercado de Valores (Perú)
PERÚ
Ministerio
deEconomíayFinanzas

SMV
SuperintendenciadelMercado
deValores
DECENIODELASPERSONASCONDISCAPACIDADENELPERÚ‐AÑODELACONSOLIDACIÓNDELMARDEGRAU
1
Resolución de Intendencia General
113-2016-SMV/11.1
Lima, 24 de octubre de 2016
El Intendente General de Supervisión de Conductas;
VISTOS:
El Expediente N° 2016036531, así como el Informe
Interno N° 842-2016-SMV/11.1 del 20 de octubre de 2016, de la Intendencia General
de Supervisión de Conductas de la Superintendencia Adjunta de Supervisión de
Conductas de Mercados;
CONSIDERANDO:
Que, el 26 de septiembre del 2016, Maestro Perú S.A.,
debidamente representada, solicitó a la Superintendencia del Mercado de Valores –
SMV la exclusión de los valores denominados “6.75% Senior Notes due 2019” del
Registro Público del Mercado de Valores;
Que, al respecto se ha verificado que el 14 de septiembre
del 2012, se inscribieron bajo procedimiento automático, los valores denominados
“6.75% Senior Notes due 2019”, por un monto de US$ 200 000 000,00 (Doscientos
Millones de Dólares de los Estados Unidos de América), o su equivalente en Soles, y
se dispuso el registro del Offering Memorandum (documento equivalente al prospecto
informativo) correspondiente, en el Registro Público del Mercado de Valores, al
amparo de lo establecido en el Reglamento de Oferta Pública Primaria Dirigida
Exclusivamente a Inversionistas Acreditados, aprobado por Resolución CONASEV Nº
079-2008-EF/94.01.1 y sus normas modificatorias;
Que, el 21 de septiembre del 2012, Maestro Perú S.A.
realizó una oferta pública primaria de los mencionados valores en el marco de una
oferta internacional al amparo de la Regla 144A de la U.S. Securities and Exchange
Commission – SEC y Regulación S, emitidas bajo la United States Securities Act de
1933, por un monto de US$ 200 000 000,00 (Doscientos Millones de Dólares de los
Estados Unidos de América), que al mismo tiempo comprendió un tramo de colocación
concurrente dentro del territorio nacional, dirigido exclusivamente a inversionistas
institucionales;
Que, respecto de los valores señalados en el
considerando precedente se observa que los mismos han sido materia de rescate total
por parte del emisor;
Que, el artículo 11 de la Resolución SMV Nº 024-2013-
SMV/01 dispuso que los valores que se hayan emitido al amparo del Reglamento de
Oferta Pública Primaria Dirigida Exclusivamente a Inversionistas Acreditados,
aprobado mediante Resolución CONASEV Nº 079-2008-EF-94.01.1, continuarán
rigiéndose por lo establecido en las referidas disposiciones hasta que culmine el plazo
de vigencia de la inscripción de los programas o hasta el vencimiento de los valores,

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