Resolución Nº 1118-2020-TCE-S4, Tribunal de Contrataciones del Estado, 8 de junio de 2020

Número de resolución1118-2020-TCE-S4
Fecha08 Junio 2020
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1118-2020-TCE-S4
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Sumilla: En el presente caso, se debe tener en cuenta que el
incumplimiento de las obligaciones contractuales por parte
del Contratista, generó que la Entidad no contara con las
condiciones óptimas del servicio de alquiler de Auditorio,
Aula y Sala equipadas, conforme fue contratado.”
Lima, 8 de junio de 2020
VISTO en sesión del 8 de junio de 2020 de la Cuarta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 3298/2019.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador seguido contra el señor MANUEL ALBERTO OTINIANO
SAAVEDRA, por haber ocasionado que la Entidad resuelva parcialmente el Contrato
referida a la Adjudicación Simplificada N° 267-2016/MINEDU/UE 026 para prestar el
Servicio de alquiler de local que incluya equipos para el I Taller de Fortalecimiento de
capacidades pedagógicas y en gestión de acompañamiento dirigido a acompañantes
pedagógicos 2017-sede Chiclayo, ante el PROGRAMA EDUCACION BASICA PARA TODOS
- UNIDAD EJECUTORA 026; infracción que estuvo tipificada en el literal f) del numeral
50.1 del artículo 50 de la Ley de Contrataciones del Estado, Ley N° 30225, modificada
por Decreto Legislativo N° 1341; y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Según la información registrada en el Sistema Electrónico de Contrataciones del
Estado SEACE
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, el 9 de noviembre de 2016, el PROGRAMA EDUCACION BASICA
PARA TODOS - UNIDAD EJECUTORA 026, en adelante la Entidad, convocó la
Adjudicación Simplificada N° 267-2016/MINEDU/UE 026, para el “Servicio de
alquiler de local que incluya equipos para el I Taller de Fortalecimiento de
capacidades pedagógicas y en gestión de acompañamiento dirigido a
acompañantes pedagógicos 2017-sede Chiclayo”, con un valor estimado de
S/ 261, 600.00 (Doscientos sesenta y un mil seiscientos con 00/100 soles), en
adelante el procedimiento de selección.
Cabe señalar que el procedimiento de selección fue convocado bajo la vigencia de
la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del Estado, en adelante la Ley; y, su
1
Obrante a folio 133 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por
VILLANUEVA SANDOVAL Victor
Manuel FAU 20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 08.06.2020 21:47:35 -05:00
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 08.06.2020 21:48:18 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 08.06.2020 21:56:04 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
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Reglamento, aprobado por el Decreto Supremo N° 350-2015-EF, en adelante el
Reglamento.
El 22 de noviembre de 2016, se llevó a cabo el acto de presentación de ofertas, y
el 23 del mismo mes y año, se otorgó la buena pro al señor MANUEL ALBERTO
OTINIANO SAAVEDRA, en lo sucesivo el Contratista, por el monto ofertado
ascendente a S/ 138, 100.00 (Ciento treinta y ocho mil cien con 00/100 soles).
En mérito a ello, el 9 de diciembre de 2016
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, la Entidad y el Contratista suscribieron
el Contrato de “Servicio de alquiler de local que incluya equipos para el I Taller de
Fortalecimiento de capacidades pedagógicas y en gestión de acompañamiento
dirigido a acompañantes pedagógicos 2017-sede Chiclayo”, en adelante el
Contrato, por el monto ofertado.
2. Mediante Oficio N° 01634-2019-MINEDU/SG-OGA del 10 de setiembre de 2019
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presentado ante Mesa de Partes del Tribunal de Contrataciones del Estado, en lo
sucesivo El Tribunal, la Entidad denunció que el Contratista incurrió en infracción
al haber ocasionado la resolución del Contrato.
Como parte de los documentos que acompañaron la denuncia, se remitió el
Informe N° 672-2019-MINEDU/SG-OGA-OL-AEC del 3 de setiembre de 2019
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, en el
cual señaló lo siguiente:
i. El 23 de noviembre de 2016 el Comité de Selección otorgó la buena pro
del procedimiento de selección a favor del Contratista.
ii. El 9 de diciembre de 2016, la Entidad y el Contratista suscribieron el
Contrato N° 284-2016-MINEDU/SG-OGA-OL.
iii. Sin embargo, la Entidad señaló que el Contratista incumplió con sus
obligaciones contractuales, respecto a los servicios de alquiler de
auditorio equipado, taller de aula, sala para reuniones y acopio logístico,
indicando lo siguiente:
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Obrante a folios 96 a 98 del expediente sancionador.
3
Obrante en los folios 1 al 3 del expediente administrativo.
4
Obrante en los folios 28 al 30 del expediente administrativo.

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