Resolución Nº 1091-2023-TCE-S3, Tribunal de Contrataciones del Estado, 27 de febrero de 2023

Número de resolución1091-2023-TCE-S3
Fecha27 Febrero 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1091-2023-TCE-S3
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Sumilla: Corresponde acoger la solicitud de aplicación del principio de
retroactividad benigna, toda vez que en la nueva Ley la aplicación
de la medida cautelar que suspende el derecho de participar en
cualquier procedimiento de selección resulta más favorable para
la recurrente.
Lima, 27 de febrero de 2023.
VISTO en sesión del 27 de febrero de 2023 de la Tercera Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 2246/2017.TCE, sobre la solicitud de
aplicación del principio de retroactividad benigna, formulada por la empresa
Constructora Maximiliana E.I.R.L., respecto de la sanción que se le impuso mediante
Resolución N° 956-2018-TCE-S3 del 18 de mayo de 2018, por su responsabilidad al haber
incumplido con su obligación de perfeccionar el contrato con el Gobierno Regional de
Huancavelica, en el marco de la Subasta Inversa Electrónica 08-2017-
GOB.REG.HVCA/OEC Primera Convocatoria; y atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. Mediante Resolución Nº 956-2018-TC-S3 del 18 de mayo de 2018, la Tercera Sala
del Tribunal de Contrataciones del Estado
1
, en adelante el Tribunal, sancionó a la
empresa Constructora Maximiliana E.I.R.L., con una multa ascendente a
S/ 37,516.00 (treinta y siete mil quinientos dieciséis con 00/100 soles) y dispuso
como medida cautelar la suspensión de sus derechos para participar en cualquier
procedimiento de selección, procedimiento para implementar o mantener
Catálogos Electrónicos de Acuerdo Marco y de contratar con el Estado, que se
mantendrá vigente en caso no cancelen la multa según el procedimiento
establecido en la Directiva N° 009-2017-OSCE/CD, al haberse determinado su
responsabilidad en incumplir con su obligación de perfeccionar el contrato con el
Gobierno Regional de Huancavelica, en lo sucesivo la Entidad, en el marco de la
Subasta Inversa Electrónica 08-2017-GOB.REG.HVCA/OEC Primera
1
Integrada por los Vocales Arteaga Zegarra, Corrales Gonzáles y Palomino Figueroa.
Firmado digitalmente por SAAVEDRA
ALBURQUEQUE Paola FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.02.2023 17:38:01 -05:00
Firmado digitalmente por INGA
HUAMAN Hector Marin FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.02.2023 17:46:46 -05:00
Firmado digitalmente por HERRERA
GUERRA Jorge Luis FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.02.2023 17:57:44 -05:00

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