Resolución Nº 1080-2022-TCE-S5, Tribunal de Contrataciones del Estado, 12 de abril de 2022

Número de resolución1080-2022-TCE-S5
Fecha12 Abril 2022
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
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Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 01080-2022-TCE-S5
Sumilla: “(…) en el presente caso, de la verificación de la documentación que
obra en el expediente, no se advierte algún elemento que, de modo
fehaciente, permita identificar que el contrato fue perfeccionado a través de
la Orden de Servicio, al no obrar copia del mencionado documento, ni la
constancia de recepción de dicha orden por parte del Contratista ni otra
documentación que permita acreditar el vínculo contractual, no habiendo
brindado la Entidad información adicional que sea relevante para el análisis
del presente extremo, pese a los requerimientos formulados por este Tribunal
(…)”.
Lima, 12 de abril de 2022.
VISTO en sesión de fecha 12 de abril de 2022 de la Quinta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 1089/2021.TCE, el procedimiento
administrativo sancionador instaurado contra la empresa ENTEL PERU S.A. (RUC
20106897914), por su supuesta responsabilidad al haber contratado con el Estado
estando impedido para ello, de acuerdo a lo previsto en el literal s) del numeral 11.1 del
artículo 11 del Texto Único Ordenado de la Ley N° 30225, Ley de Contrataciones del
Estado, aprobada por Decreto Supremo N° 082-2019-EF; y, atendiendo a los siguientes:
I. ANTECEDENTES:
1. El 7 de diciembre de 2020, la DIRECCIÓN REGIONAL DE SALUD CAJAMARCA en
adelante la Entidad, emitió la Orden de Servicio N° 1950-2020 a favor de la
empresa ENTEL PERÚ S.A., en adelante el Contratista, por el importe de S/
1430.00 (Mil cuatrocientos treinta con 00/100 soles), en adelante la Orden de
Servicio1.
2. Mediante Formulario de Solicitud de Aplicación de Sanción Entidad/Tercero2 y
Escrito N° 13, presentado el 23 de febrero de 2021 ante la Mesa de Partes Digital
del Tribunal de Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el Tribunal, la empresa
AMÉRICA MÓVIL PERU S.A.C., en adelante el Denunciante, puso en conocimiento
que el Contratista habría incurrido en causal de infracción, al contratar con el
Estado estando impedido conforme a Ley.
A fin de sustentar lo manifestado, señaló lo siguiente:
i. De acuerdo con la relación de proveedores con sanción vigente,
mediante Resolución N° 2038-2020-TCE-S14 del 21 de setiembre de
1 Documento obrante a folio 1087 del expediente administrativo.
2 Documento obrante a folio 3 al 4 del expediente administrativo.
3 Documento obrante a folio 5 al 46 del expediente administrativo.
4 Documento obrante a folio 48 al 75 del expediente administrativo.
Firmado digitalmente por RAMOS
CABEZUDO Danny William FAU
20419026809 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 12.04.2022 15:41:00 -05:00
Firmado digitalmente por CHAVEZ
SUELDO Olga Evelyn FAU
20419026809 hard
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 12.04.2022 16:13:52 -05:00
Firmado digitalmente por FLORES
OLIVERA Steven Anibal FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 12.04.2022 19:36:16 -05:00

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