Resolución Nº 1069-2023-TCE-S6, Tribunal de Contrataciones del Estado, 27 de febrero de 2023

Número de resolución1069-2023-TCE-S6
Fecha27 Febrero 2023
EmisorTribunal de Contrataciones del Estado
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1069-2023-TCE-S6
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Sumilla: “(…) para acreditar la existencia de una causal
justificada, debe probarse fehacientemente que
concurrieron circunstancias que hicieron
imposible física o jurídicamente la formalización
del Acuerdo Marco o que, no obstante haber
actuado con la diligencia ordinaria, le fue
imposible al Adjudicatario formalizar el mismo
debido a factores ajenos a su voluntad. (…)”.
Lima, 27 de febrero de 2023
VISTO en sesión del 27 de febrero de 2023, de la Sexta Sala del Tribunal de
Contrataciones del Estado, el Expediente N° 5070/2021.TCE, sobre el procedimiento
administrativo sancionador seguido contra la señora TEOFILA CANDIA QUINTANILLA,
por su presunta responsabilidad al haber incumplido con su obligación de perfeccionar
el Acuerdo Marco IM-CE-2018-2; atendiendo a lo siguiente:
I. ANTECEDENTES:
1. A través de la Resolución Jefatural N° 015-2016-PERÚ COMPRAS, se estableció el
18 de marzo de 2016 como fecha de inicio de las operaciones y funciones de la
Central de Compras Públicas - Perú Compras.
El 28 de marzo de 2019, la Central de Compras Públicas - Perú Compras, en lo
sucesivo la Entidad, convocó el Procedimiento para la Incorporación de Nuevos
Proveedores a los Catálogos Electrónicos de Acuerdos Marco IM-CE-2018-2, en
adelante el procedimiento de incorporación, aplicable para los siguientes
catálogos:
En la misma fecha, Perú Compras publicó en su portal web
(www.perucompras.gob.pe), el siguiente documento asociado a la convocatoria:
Parámetros y condiciones del procedimiento para la Incorporación de Nuevos
Proveedores, en adelante, los Parámetros.
Firmado digitalmente por PONCE
COSME Cecilia Berenise FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.02.2023 10:17:27 -05:00
Firmado digitalmente por ALVAREZ
CHUQUILLANQUI Roy Nick FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.02.2023 10:22:57 -05:00
Firmado digitalmente por SIFUENTES
HUAMAN Mariela Nereida FAU
20419026809 soft
Motivo: Soy el autor del documento
Fecha: 27.02.2023 10:25:12 -05:00
Tribunal de Contrataciones del Estado
Resolución Nº 1069-2023-TCE-S6
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Debe tenerse presente que el Procedimiento de Incorporación de nuevos
proveedores se sujetó a lo establecido en el Texto Único Ordenado de la Ley N°
30225, aprobado mediante Decreto Supremo N° 082-2019-EF
1
, en adelante el
TUO de la Ley y su Reglamento aprobado con Decreto Supremo N° 344-2018-EF,
en adelante, el Reglamento.
Desde el 29 de marzo al 22 de abril de 2019, se llevó a cabo el registro de
participantes y presentación de ofertas; asimismo, el 23 y 24 de abril de 2019 se
llevó a cabo la admisión y evaluación de ofertas, respectivamente. El 30 de abril
de 2019 se publicaron los resultados de la evaluación de ofertas presentadas en el
procedimiento de incorporación, en la plataforma del SEACE y en el portal web de
la Central de Compras Públicas - Perú Compras.
El 13 de mayo de 2019, la Entidad efectuó la suscripción automática de los
Acuerdos Marco adjudicados, en virtud de la aceptación efectuada en la
declaración jurada realizada por los mismos en la fase de registro y presentación
de ofertas.
2. Mediante Oficio N° 000187-2021-PERÚ COMPRAS-GG
2
del 3 de agosto de 2021,
presentado en la misma fecha a través de la Mesa de Partes Virtual del OSCE, la
Central de Compras Públicas-Perú Compras, en adelante la Entidad, puso en
conocimiento del Tribunal de Contrataciones del Estado, en lo sucesivo el
Tribunal, que la señora TEOFILA CANDIA QUINTANILLA (con R.U.C.
10250193616), en adelante el Adjudicatario, habría incurrido en causal de
infracción al incumplir con su obligación de formalizar acuerdo marco, en el marco
del procedimiento de incorporación al Acuerdo Marco IM-CE-2018-2
correspondiente a los Catálogos Electrónicos para la adquisición de “i) útiles de
escritorio y ii) papeles y cartones.
Es así que, adjuntó el Informe N° 000286-2021-PERÚ COMPRAS-OAJ
3
del 27 de
julio de 2021, mediante el cual la Entidad señaló lo siguiente:
Mediante las Reglas del método especial de contratación a través del Catálogo
Electrónico IM-CE-2018-2, se señaló las consideraciones que debieron tener
en cuenta los proveedores adjudicatarios del referido Acuerdo para efectuar
el depósito de la Garantía de Fiel Cumplimiento, precisando además que, de
1
Recoge las modificatorias aprobadas mediante Decreto Legislativo N° 1341 y N° 1444.
2
Obrante a folio 3 del expediente administrativo sancionador en formato PDF.
3
Obrante a folios 4 al 10 del expediente administrativo sancionador en formato PDF.

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