Resolución Nº 1058-PE-ESSALUD-2023 de Seguro Social de Salud del Perú (ESSALUD), 20-11-2023

Número de resolución1058-PE-ESSALUD-2023
Fecha20 Noviembre 2023
EstatusVigente
Tipo de documentoReglamento
EmisorPresidencia Ejecutiva
~EsSalud
"Decenio de lo lguold
od
de
Oportunidodes
po
ro Mujeres y Hombres"
"
Año
de lo unidod, lo poz y el desorrollo"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA -PE-ESSALUD-2023
Li
ma, 2 O
NOV
.
2023
VISTOS:
Los Memorandos Nºs 4662 y 5601-GCGP-ESSALUD-2023 e Informes Nºs 124 y 159-SGGI-
GPORH-GCGP-ESSALUD-2023 de la Gerencia Central de Gestión de las Personas; y , la
Nota 2267-GCAJ-ESSALUD-2023 e Informe 859-GNAA-GCAJ-ESSALUD-2023
de
la
Gerencia Central de Asesoría Jurídica, y;
CONSIDERANDO:
Que, de conformidad con
el
artículo 1 de la Ley 27056, Ley de Creación del Segu
ro
Social
de Salud (ESSAL U
D)
, concordado con el artículo 39 de la Ley 29158, Ley Orgánica del
Poder Ejecutivo; ESSALUD es una entidad administradora de fondos intangibles de la
seguridad social adscrita al Sector Trabajo y Promoción del Empleo, cuya finalidad principal
es dar cobertura a los asegurados y sus derechohabientes, a través del otorgamiento de
pr
estaciones de prevención, promoción, recuperación , rehabilitaci
ón
, prestaciones
económicas, y prestaciones sociales que corresponden
al
Régimen Contributivo de
la
Segu
ri
dad Social
en
Salud, así como otros seguros de riesgos humanos;
Que,
en
el literal e) del artículo 2 de la Ley 27056, se establece que, para el cumplimiento
de su finalidad y objetivos, ESSALUD formula y aprueba sus reglamentos internos, así como
otras normas que le permitan ofrecer sus servicios de manera ética, eficiente y competitiva;
Que, el Principio de Mérito, señalado en
el
literal d) del artículo
11
1 del Título Preliminar de la
Ley 30057 , Ley del Servicio Civil, dispone que el régimen del Servicio Civ
il
, incluyendo el
acceso, la permanencia, progresión, mejora en las compensaciones y movilidad, se basa en
la aptitud, actitud, desempeño, capacidad y evaluación permanente para el puesto de los
postulantes y servidores civiles;
Que,
el
artículo 19 del Decreto Legislativo 559, Ley de Trabajo Médico, señala que las
Jefaturas y Direcciones serán cubiertas únicamente por concurso; su desempeño deberá
ser sometido a ratificación periódica y su ejercicio es a tiempo completo;
Que, el literal
b)
d
el
artículo 7 de la Ley 28173, Ley del Trabajo del Químico Farmacéu
ti
co
del Perú, establece que son derechos del Químico Farmacéutico, entre otros, acceder a
cargos de jerarquía, alta dirección y/o dirección ejecutiva y gerencia en igualdad de
condiciones que el resto de profesiones médicas;
Que, en el literal b) del artículo 7 de la Ley 27878, Ley del Trabajo del Cirujano Dentista,
se dispone que, son derechos de los Cirujanos Dentistas , acceder a cargos administrativos
compatibles con su formación profesional,
en
igualdad de condiciones
en
las instituciones
de los sectores público y privado;
Que, mediante
el
Decreto Supremo 011-2002-SA, se aprobó
el
Reglamento
de
Concurso
para el cargo de Jefaturas de Departamentos y Servicios de los Institutos Especializados,
Hospitales y Centros de Salud,
el
cual tiene por
fi
nalidad establecer los procedimientos que
orienten las acciones referentes al proceso de concurso para asignar los cargos de Jefes de
Departamentos y Servicios de los Hospitales e Institutos Especializados y Jefaturas de los
Centros de Salud del Sector Salud;
www.essalud.gob
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Cueto
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Ma
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Lima
11
-Perú
Tel.:
265-6000
/
265
-
7000
!A.EsSalud
"Decenio de lo Igualdad
de
Oportunidades poro Mujeres y Hombres"
"Año de lo unidad, lo paz y
el
desar
rollo"
RESOLUCIÓN DE PRESIDENCIA EJECUTIVA 1
0S%
-PE-ESSALUD-2023
Que, asimismo,
en
el sub numeral 10.4 del numeral 10 del citado Reglamento ·se dispuso
que, el ESSALUD, en el marco de su autonomía administrativa, emitirá las resoluciones para
regular el proceso de concursos de las Jefaturas de Departamentos y Servicios, rigiéndose
por lo dispuesto
en
el
referido Reglamento en lo que fuere aplicable y el régimen laboral
vigente para dicha institución;
Que, a través de la Resolución de Presidencia Ejecutiva 237-PE-ESSALUD-2012 de
fecha 06 de marzo de 2012, se aprobó el "Reglamento de Concurso para los cargos de
Jefaturas de Departamento y Servicios Asistencial en los Centros Asistenciales del Seguro
Social de Salud (ESSALUD}",
el
cual fue posteriormente modificado por las Resoluciones
de Presidencia Ejecutiva Nº s 156-PE-ESSALUD-2013 y 520-PE-ESSALUD-2014;
Que, de conformidad con lo dispuesto en
el
literal
b)
del artículo 68 del Texto Actualizado y
Concordado del Reglamento de Organización y Funciones (ROF) del Seguro Social de
Salud -ESSALUD , aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva 767-PE-
ESSALUD-2015 y sus modificatorias, la Gerencia Central de Gestión de las Personas tiene
entre sus funciones, formular, proponer, supervisar, monitorear y evaluar la aplicación de las
políticas, estrategias, normas, planes y programas relacionados con la planificación de
recursos humanos, organización del trabajo y su distribución y la gestión del empleo (gestión
de
la
incorporación y administración de personas), rendimiento, de la compensación ,
desarrollo y capacitación, así como de las relaciones humanas y sociales, para el óptimo
funcionamiento del sistema de gestión de recursos humanos, conforme a las normas
vigentes;
Que, con Memorandos de vistos, la Gerencia Central de Gestión de las Personas, en el
ámbito de sus competencias , propone el proyecto de "Reglamento de Concurso para la
Asignación de los Cargos de Jefatura de Departamento y Servicio Asistencial en los centros
asistenciales del Seguro Social de Salud -ESSALUD", el cual tiene por objetivo constituirse
como en el documento técnico normativo para la ejecución del concurso de los
profesionales: Médico Cirujano, Cirujano Dentista y Químico Farmacéutico con especialidad
que accederán a los cargos a convocar;
Que, con Informes de vistos, la citada Gerencia Central sustenta que, el proyecto propuesto
una vez aprobado: (i) mostrará en forma clara las mejoras
en
la consecución de las
actividades que comprende
el
desarrollo del Concurso de Jefaturas de Departamento y
Servicio Asistencial
en
los Centros Asistenciales de ESSALUD, (ii) posibilitará la ejecución
de acciones prácticas, concretas y objetivas, tanto en la implementación como
el
desarrollo
secuencial de las actividades correspondientes,
(i
ii) fomentará
la
meritocracia que se
enmarca dentro de la política institucional
en
materia de gestión de las personas, implicando
con ello que los profesionales Médicos Cirujano, Cirujanos Dentista y Químicos
Farmacéuticos con especialidad puedan participar de manera libre y abier
ta
accediendo a
los cargos jefaturales asistenciales, guardando relación directa con la competitividad y
accesibilidad para concursar a los cargos. En consecuencia, se señala que la propuesta
presenta cambios que constituyen una mejora respecto del dispositivo vigente aprobado
Resolución de Presidencia Ejecutiva 237-PE-ESSALUD-2012 y sus modificatorias;
Que, con Memorando e Informe de vistos, la Gerencia Central de Asesoría Jurídica señala
que considera viable la aprobación del "Reglamento de Concurso para la Asignación de los
Cargos de Jefatura de Departamento y Servicio Asistencial en los centros asistencia/es del
Seguro Social de Salud -ESSALUD
",
por encontrarse conforme al literal
d)
del artículo
111
del Título preliminar de
la
Ley 30057, Ley del Servicio Civil, al artículo 19 del Decreto
www.essalud.gob.pe
Jr.
Domingo
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Lima
11
-Perú
Tel.:
265-6000
/
265-7000
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RESOLUCIÓN
DE
PRESIDENCIA
EJECUTIVA
-PE-ESSALUD-2023
Legislativo 559, Ley de Trabajo Médico, al literal
b)
del artículo 7 de la Ley Nº 28173, Ley
del Trabajo del Qu
ím
ico Farmacéutico del Perú,
al
literal b) del artículo 7 de la Ley 27878,
Ley del Traba
jo
del Cirujano Dentista, y al Decreto Supremo
01
1-2002-SA, Reglamento
de Concurso para el cargo de Jefaturas de Departamentos y Servicios de los
In
stitutos
Especializados, Hospitales y Centros de Salud;
Que, conforme a lo señalado en el literal d) del artículo 8 de la Ley 27056, Ley de Creación
del Seguro Social de Salud (ESSALUD}, el Presidente Ejecutivo es la más alta autoridad
ejecutiva del ESSALUD y titular del pliego presupuesta! y le compete, entre otros, aprobar
el Reglamento de Organización y
Fu
nciones del ESSALUD y los demás reglamentos
internos;
Con los vistos de la Gerencia Central de Gestión de las Personas, de la Gerencia Central
de Asesoría Jurídica, de la Gerencia General, y;
Estando a lo expuesto, y en uso de las atribuciones conferidas;
SE RESUELVE:
Art
ículo
01
.- DEJAR SIN EFECTO el "Reglamento de Concurso para los cargos de
Jefaturas de Departamento y Servicios Asistencial en los Centros Asistenciales del Segu
ro
Social de Salud (ESSALUD
)"
aprobado por Resolución de Presidencia Ejecutiva 237-PE-
ESSALUD-2012, así como sus modificatorias establecidas mediante las Resoluciones de
Presidencia Ejec
ut
iva Nºs 156-PE-ESSALUD-2013 y 520-PE-ESSALUD-2014.
Artículo 02.- APROBAR el "Reglamento de Concurso para la Asignacn de
lo
s Cargos
de Jefatura de Departamento y Servic
io
Asistencial en los centros asistenciales del Seguro
Social de Sa l
ud
-ESSALUD", que como anexo forma parte integrante de la presente
Resolución.
Artículo
03
.- DISPONER que la Gerencia Central de Gestión de las Personas gestione
la difusión e implementación respecto al Reglamento aprobado mediante la presente
esolución.
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J rtículo 04.- DISPONER que la Secretaría General efectúe la publicación de la presente
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Resolución en el Portal Institucional del Seguro Social de Salud -ESSALUD,
en
la Intranet,
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ALIJO
· en el Compendio Normativo
In
stitucional de ESSALUD.
REGISTRESE Y COMUNIQUESE .
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.essalud.gob.pe
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