Resolución Nº 103-2022-SUSALUD/PSE de Superintendencia de Salud, 2022

Número de resolución103-2022-SUSALUD/PSE
Año2022
Número de expediente069-2022/TRI (Expediente PAS N° 1518-2019).
EmisorSuperintendencia de Salud (Perú)
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TRIBUNAL DE LA SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE SALUD - SUSALUD
RESOLUCIÓN N° 103-2022-SUSALUD/TRI-PSE
EXPEDIENTE N° : 069-2022/TRI (Expediente PAS N° 1518-2019).
PROCEDENCIA : Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización -
SAREFIS.
IMPUGNANTE :
PROCEDIMIENTO : Recurso de Apelación interpuesto contra la Resolución N°
CINCO, de fecha 13 de agosto de 2021.
SUMILLA: Se declara FUNDADO el recurso de apelación i nterpuesto por la señora
, contra la Resolución N° CINCO, de fecha 13 de agosto de 2021, la
cual resolvió declarar IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideración interpuesto por la
señora contra la Resolución Final en Procedimiento
Trilateral Sancionador Resolución N° CUATRO emitida por la Superintendencia Adjunta
de Regulación y Fiscalización - SAREFIS, respecto a la existencia de un vicio que acarree la
nulidad de la Resolución Final en Procedimiento Administrativo Trilateral Sancionador -
Resolución N° CUATRO, y, respecto a si la misma se encuentra debidamente motivada.
En consecuencia, se declara la NULIDAD de la Resolución N° CINCO de fecha 13 de agosto
de 2021, así como la NULIDAD de la Resolución Final en Procedimiento Trilateral
Sancionador - Resolución N° CUATRO, de fecha 27 de julio de 2021, resoluciones emitidas
por la Superintendencia Adjunta d e Regulación y Fiscalización SAREFIS; y, por ende,
retrotraer el procedimiento a la etapa de realización de la vista de la causa de fecha 26 de
julio de 2021.
Lima, 25 de mayo de 2022
En Lima, a los dieciséis días del mes de mayo de 2022, en Sesión de Tercera Sala N° 032-
2022, Especializada en casos de Defensa de los Derechos en Salud de los Usuarios; se
acordó lo siguiente:
I. ASUNTO
1. Recurso de Apelación interpuesto por la señora contra
la Resolución N° CINCO de fecha 13 de agosto de 2021, mediante la cual la
Superintendencia Adjunta de Regulación y Fiscalización - SAREFIS dispuso declarar
IMPROCEDENTE el Recurso de Reconsideración interpuesto por la señora
contra la Resolución Final en Procedimiento Trilateral Sancionador
Resolución N° CUATRO de fecha 27 de julio de 2021.
RESOLUCIÓN N° 103-2022-SUSALUD/TRI-PSE
EXPEDIENTE N° 069-2022/TRI
(EXPEDIENTE PAS N° 1518-2019)
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II. DELIMITACIÓN DE LAS IMPUGNACIONES FORMULADAS
1. Determinar si la Resolución Final en Procedimiento Trilateral Sancionador
Resolución N° CUATRO de fecha 27 de julio de 2021 adolece de un vicio que acarrea
nulidad.
2. Determinar si la Resolución Final en Procedimiento Trilateral Sancionador
Resolución N° CUATRO de fecha 27 de julio de 2021 causa agravio a la señora
por motivos de debida motivación, falta de objetividad en la
fundamentación, y por no haberse tomado en cuenta y no haberse contradicho los
alegatos de defensa presentados.
III. ANTECEDENTES
1. Mediante Ficha de Intervención N° 210655-2019, presentada el 12 de agosto de 2019
(a foja N° 52 del expediente PAS N° 1518-2019), la señora
interpuso una queja en contra de la IPRESS Clínica Stella Maris por una
presunta inadecuada atención médica brindada durante los meses de abril y mayo de
2019, en tanto se le habría postergado el acceso a las prestaciones de salud al no
haberle realizado la intervención quirúrgica de legrado uterino el 25 de abril de 2019,
sino el 29 de abril de 2019, y en tanto dicho servicio no habría sido brindado
idóneamente por la IPRESS Clínica Stella Maris.
2. Por Memorándum N° 04655-2019-SUSALUD/IPROT de fecha 30 de diciembre de 2019
(a foja N° 297 del expediente PAS N° 1518 -2019), la Intendencia de Protección de
Derechos en Salud IPROT remite a la Intendencia de Fiscalización y Sanción IFIS el
Informe de Intervención N° 04727-2019/IPROT de fecha 15 de noviembre de 2019 (a
fojas N° 287 a 294 del expediente PAS N° 1518-2019), con todos los actuados, a fin de
que se evalúe el inicio del procedimiento sancionador respectivo contra la IPRESS
Clínica Stella Maris.
3. Mediante Resolución de Sustento de Inicio de Procedimiento Trilateral Sancionador
Resolución N° UNO, de fecha 0 6 de marzo de 2020 (a fojas N° 319 a 322 del
expediente PAS N° 1518-2019), notificada a la señora
mediante Acta de Notificación Personal (a foja N° 332324 del expediente P AS N°
1518-2019), y a la IPRESS Clínica Stella Maris mediante Carta 00215 -
2020.SUSALUD/IFIS de fecha 1 0 de marzo de 2020 (a foja N° 332 del expediente PAS
N° 1518-2019), se dispuso INICIAR el Procedimiento Trilateral Sancionador seguido
por la señora contra la IPRESS Clínica Stella Maris, por
la presunta postergación injustificada de la atención médica y la presunta inadecuada
atención médica, infracciones tipificadas en el numeral 1 del Anexo III: Infracciones
aplicables a las IPRESS, Anexo III-A: Infracciones de Carácter General, Infracciones
Graves, del Reglamento de Infracciones y Sanciones de SUSALUD-RIS, aprobado por

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